miércoles, 3 de octubre de 2012

SOBRE EL 25-S Y EL DELITO CONTRA ALTAS INSTITUCIONES DEL ESTADO

Un nuevo ejemplo estos días de lo mejor y lo peor de la sociedad. Sin entrar en mayores detalles sobre el 25-S, pues considero que adoleció de algunos errores, es de agradecer una nueva muestra de ciudadanos disconformes con la deriva de este país y contra la estrategia de aprovechar una situación económica para imponer una reducción u eliminación de derechos que ha costado mucho conseguir.

Del otro lado, de lo peor, en lo que a este blog esencialmente me preocupa, cuestiones relacionadas con el derecho y la Justicia, el Auto por el que el Juzgado de Instrucción 8 remite los hechos a la Audiencia Nacional

En la audiencia nacional, con antelación a la manifestación del 25-S, se abrieron diligencias penales contra los promotores de la misma, por entenderlos autores de un delito del 494. Su apertura es sorprendente, dado que se trata de un delito de resultado, por lo que difícilmente podemos entender una comisión previa, sin tal resultado. Con posterioridad, en la manifestación, se producen incidentes en los cuales es detenida una pluralidad de personas, 34, debiendo señalarse que las imágenes profusamente difundidas reflejan que no había unidad o concierto entre las mismas. Son detenidas en diferentes momentos, en diferentes lugares, en diferentes acciones y parecen ser desconocidos unos con otros, con excepciones.

El gobierno plantea lo contrario, una unidad de acto con idéntico fin u objetivo y así plantea el atestado que remite a los juzgados. Lo primero que he de decir es que si tal era el convencimiento de la policía, la de un concierto previo de todos los manifestantes, por que no se ponen los medios adecuados para ello? Si verdaderamente  pensaban que miles de personas iban a invadir el congreso poniendo en peligro a los parlamentarios, porque no ponen tanques y cañones para protegerlos, y en vez de eso solo ponen un puñado de policías? El argumento cae por su propio peso ante la falta de coherencia del propio Gobierno.

Después asistimos a un sensato rechazo del atestado y de los detenidos por parte de la Audiencia Nacional, que son remitidos al juzgado de instrucción de guardia, que se descuelga con el Auto anteriormente mencionado y reenvia las diligencias a la Audiencia Nacional (edito que el Auto de la Audiencia Nacional por el que archiva ese anterior procedimiento señala que no se rechazo la competencia pues ni siquiera le fue remitido dicho atestado, sino que simplemente se le puso en conocimiento detenciones por delitos que no eran competencia de dicho juzgado).

Parte dicho Auto de insistir en que son diligencias ampliatorias de las previas que dan origen a ese procedimiento que menciono contra los promotores. Pero eso no es justificación suficiente, dado que quien califica y determina es el juez, y no la policía, por mucho que esta pretenda que todo vaya al mismo saco.

Y luego coge lo que le interesa de aqui, omite lo de allá, en relación a la convocatoria de la plataforma en pie: ocupa el Congreso (se puede leer aqui) y da a entender que la manifestación pretendía subvertir el orden constitucional, y en un salto mortal, entiende que el delito cometido no es ya el del 494 sino el del 493 y habla de invasión del Congreso identificandola con el intento de saltar el perimetro de vallas que realizó algún energúmeno. A todas luces parece desproporcionado identificar tal acción con una invasión del Congreso, pues tal es el verbo utilizado por el código penal y no otro "invadir".

La lectura de dicho Auto me planteó seriamente la duda de si verdaderamente el juez que lo dicta esta convencido de tal desvarío o si meramente es una manera de intentar quitarse un muerto de encima y mandarlo todo a la Audiencia Nacional, con la agravante de que da una respuesta general a 34 situaciones individualizadas, las de los detenidos, que insisto, todo ciudadano que haya visto algo en televisión sobre lo ocurrido ha podido comprobar donde y haciendo qué fueron detenidos muchos de ellos. Y no precisamente asaltando vaya alguna. Tal consideración llevaría a la paradoja de que entonces la totalidad, sí TODOS, de los manifestantes serían autores de tal delito y todos ellos deberían haber sido detenidos sin contemplaciones, cosa que evidentemente (por lo absurdo) no ocurrió.

Ambos supuestos, dar por valida tal majadería jurídica o inventarsela para tratar de darle la competencia a la Audiencia Nacional, son graves. Muy graves. Y esta señoría seguro es de los que querían ir a la huelga. Para mejorar la justicia, claro.

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