viernes, 19 de abril de 2013

JUECES ¿MEROS APLICADORES DE LA LEY?

La sociedad española tiene una distorsión en relación a la realidad del funcionamiento de juzgados y tribunales. Como abogados observamos que muchos ciudadanos, contaminados por las películas y series americanas, tienen una idea imprecisa al respecto del día a día cotidiano en un juzgado. Supongo que debe generarles cierto shock ver que su juicio, un asunto importantísimo para cada cliente, se ventile en 15 minutos cuando en cualquier serie duraría semanas. Que decir de las figuras del jurado. Y muchos de ellos dirán vaya abogado más malo que en ningún momento se ha levantado de la silla y ha dicho "protesto" con grandes aspavientos.

Deduzco que la contaminación no es exclusivamente en relación a lo que han visualizado, sino también al propio concepto de Derecho. Y es que, lo que solemos ver en este tipo de películas y series (y en alguna española poco o nada documentada) es la exposición de lo que se conoce como derecho anglosajón, mientras que en nuestro país, el sistema es distinto, el denominado derecho continental.

Simplificadamente, la mayor diferencia ente ambos es que en el derecho anglosajón hay una creación más natural del derecho, generada en la resolución del caso concreto y sobre la base de precedentes se va extendiendo, dando una importante función a dicha creación a los jueces. Mientras que el derecho continental, más formal, tiene un sistema de creación de normas más rígido, siendo los jueces unos meros aplicadores de la ley, teniendo como limitada capacidad, la de la interpretación de la norma. Se puede decir por tanto, insisto que simplificadamente (este blog no pretende sentar doctrina sino aportar reflexiones para todos) en el derecho anglosajón los jueces son creadores y creativos y en el continental (el nuestro) aplicadores y estáticos.

En este periodo convulso, tenemos en estos momentos una extendida conciencia social sobre la injusta situación derivada de la normativa hipotecaria de este país. Durante muchos años se aplicaba, sin margen creativo alguno, la norma en todo su rigor, y el ejecutado estaba constreñido en el procedimiento de ejecución cual reo de la inquisición dentro de una "dama de hierro". La problemática social fue calando en algunos jueces como la gota china y se empezaron a ver algunos tímidos intentos de romper ese constreñimiento (vease esta entrada del 2011). Esos tímidos intentos fueron ampliandose, conforme en dicho colectivo de jueces se iba implantando la necesidad de hacer algo, dado que los poderes políticos, no lo hacian. Muy limitados por una normativa muy estricta, fueron apuntando soluciones, o dando pequeños pasos. El mayor de ellos lo dio un abogado, Dionisio Moreno, planteando una cuestión de conflicto con normativa comunitaria sobre la base del estudio de las clausulas abusivas, que ha dado al reciente pronunciamiento del Tribunal de Luxemburgo.

En mi opinión, en estos momentos y mientras se cubre el vacío o hueco legal dejado por dicha resolución con la futura norma que aprobarán las Cortes pervirtiendo el espíritu de la ILP (iniciativa legislativa popular) que llevó la PAH a las mismas, estamos en una situación de indefinición. Vemos acuerdos colectivos de jueces que difieren de unas localidades a otras. Veo que al adoptarse dichos acuerdos hay jueces más atrevidos frente a otros absolutamente estáticos. Temo que muchos de esos jueces piensen que en estos momentos ha finalizado esa labor que han desempeñado en los dos últimos años, en que muchos de ellos han ido de la mano de una sensibilidad social.

No se hasta que punto la judicatura es consciente de todo lo positivo que ha generado para ellos estas respuestas sensibles, constreñidas como digo, pero aperturistas, concienciadas, comprometidas. Los ciudadanos han cambiado su percepción sobre ellos a mejor. Considero un error que piensen ahora que su función ha finalizado, que han de volver a ser meros aplicadores de la ley y por tanto limitarse a esperar a ver cual es el desenlace de ese trámite parlamentario. Será un error que una vez dictada la norma, adopten esa habitual postura de "somos unos mandados" y esas motivaciones que giran alrededor del "si el legislador quisiera otra cosa lo habría hecho distinto".

Por que tú lector, como ciudadano, que prefieres? ¿esos jueces anglosajones creativos cuyo espíritu ha animado unas interpretaciones forzadas pero unidas a la sensibilidad social? ¿o esos jueces ramplones y estáticos que miran para otro lado?

Está claro, ¿verdad?

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