Me comentaba un procurador el otro día mientras esperabamos para una audiencia previa la sensación de que se estaban presentando muchos juicios de desahucio. Similar percepción vi a otros abogados. A mi me estaba dando una sensación parecida, y quería compartir aquí una reflexión al respecto de su gestión política y de los problemas que ello supone. Esto es un blog y evidentemente hablo desde mi percepción subjetiva y por ello puede estar equivocada, pero la reflexión puede ser útil. Habrá a quien algunas cosas que voy a expresar no les van a gustar pero a estas alturas de mi vida y tras un año de pandemia la verdad es que me da igual.
Al menos en mi ciudad, Zaragoza, desde la perspectiva del propietario que interpone un desahucio por falta de pago, el más común de las situaciones (aunque quiero extender la reflexión a otras situaciones que habitualmente cobijamos bajo el paragüas de la okupación), la Justicia es lenta. El propietario suele tardar en actuar y ya lleva unos meses sin cobrar, y el procedimiento judicial implica al admitir la demanda el fijar una fecha de juicio por si hay oposición y un lanzamiento. Esto puede hacer que si estamos en marzo el juicio sea en mayo y el lanzamiento en septiembre. Todos esos meses no los cobrará y tiene que gastarse el dinero en abogado y procurador.
Desde la perspectiva de un inquilino que no puede pagar (no hablo de quien no quiere pagar) un desahucio es un drama, no solo es perder tu vivienda sino que si no puedes pagar ¿donde te vas a reubicar? Y así como suelen desconocer como poder pedir la suspensión del lanzamiento y lo que tienen que realizar al respecto creo que les es fácil acceder a una información que les aconseja solicitar abogado del turno de oficio como una manera de dilatar el procedimiento. Así, si se solicita con proximidad a la fecha del juicio, el procedimiento se suspenderá y puede que haya que volver a recolocar las fechas de juicio y lanzamiento con lo cual se retrasará este y el propietario aún se enfadará más con el sistema.
En un procedimiento de desahucio por falta de pago el debate jurídico es mínimo por no decir inexistente. O has pagado o no has pagado. Solo en un porcentaje muy pequeño de estos procedimientos podrá haber un debate jurídico. ¿Qué aporta ahí un abogado de oficio? Pues bien, ha de estar pues por la ley procesal ha de intervenir un abogado y un procurador, pero su aportación y valor jurídico es nimia. No podrá (por lo general) oponerse y lo que aportará será informar y ayudar a gestionar la posibilidad de que el lanzamiento se suspenda en este caso por vulnerabilidad (la normativa actual en relación al estado de alarma la explico en esta entrada del blog). La designación del abogado y procurador es directa sin que se reconozca el derecho a justicia gratuita. Así que el abogado y procurador cobrarán una mierda en el mejor de los casos.
Así que en resumen nos encontramos con un juicio que será lento a los ojos del propietario, que el inquilino retrasará todo lo que pueda pero que al final acabará en la calle, que los profesionales que intervienen de oficio no desarrollan su valor jurídico y cobrarán una mierda. Y que en definitiva todo se solucionaría en el momento en que el inquilino tuviera una alternativa de vivienda social.
Y aquí hemos llegado a la cuestión que a mi me interesa destacar. Se trata de un conflicto que no se va a resolver jurídicamente en los tribunales, nadie va a salir satisfecho y que se podría solucionar en otro ámbito. ¿Y quien tiene la responsabilidad en ese otro ámbito? La Administración.
Así que imaginense una alternativa donde existiera una oficina de la Administración en la que:
- el propietario manifestara la necesidad de que el contrato termine pues no se le está pagando (o se está viendo perjudicado por la ocupación de una vivienda)
- se contactara con el inquilino y se le ofreciera un trámite para que pudiera estar el tiempo mínimo imprescindible mientras se le busca una alternativa de vivienda
- haya una alternativa de vivienda social rápida
¿Acaso esa alternativa no sería más beneficiosa para las partes en el conflicto y además implicaría menos recursos de gestión? Solo se derivarían a los Tribunales aquellos conflictos con una conflicto jurídico real.
Sin embargo, Gobiernos y Administración no enfocan esta cuestión sino que remiten la "solución" (que no es tal) a los procedimientos judiciales. El ejemplo lo tenemos con la propagandista acción de paralizar los desahucios cuya eficacia se remite al ámbito de las controversias y procedimientos judiciales, paralizando los mismos, exigiendo a los intervinientes a que realicen unos actos que deberían hacer los servicios sociales o de vivienda en una "subcontratación" de las competencias y lavado de manos.
Al final, todo esto genera una percepción en muchos de que la Justicia no funciona (las expectativas de las partes no se van a cumplir), se incrementa el trabajo de tribunales ya saturados en procedimientos que la mayoría de los cuales no exigen un examen judicial y no solucionamos el problema de vivienda del desfavorecido sino que congelamos el mismo sobre las espaldas de propietarios.
Y esto probablemente, no esté pasando solo con la vivienda.
Gran artículo. Gracias por compartir
ResponderEliminar