La realidad de los despachos de abogados es muy diversa, siendo una buena mayoría de los mismos los que funcionan individualmente o agrupados en pequeños despachos en los que se establece un regimen de compartir gastos sin que exista una sociedad profesional o un funcionamiento colectivo. Sin embargo, la percepción que se tiene desde los potenciales clientes es toda la contraria, incluso valorando positivamente la existencia de sociedades profesionales o que el abogado al que acuden está especializado en el asunto que quieren encargar, incluso con una perspectiva equivocada de la especialización llegando a extremos de concreción no ajustados con la propia realidad del mercado.
Es posible distinguir un punto, decir que de inflexión sería demasiado, pero sí de cambio, a raiz de la crisis de sistema en la que estamos viviendo, siendo habitual observar como abogados o despachos que hasta ese momento sí que estaban especializados, por necesidades de facturación, han empezado a llevar asuntos o temas no propios de su especialidad y que hasta ese momento derivaban a otros despachos o rechazaban.
Precisamente esa situación de incertidumbre derivada de la crisis, ha provocado debates en relación a que tipo de despacho sobrellevaría mejor o peor esta coyuntura, sin que exista una opinión clara o unánime al respecto.
Siempre he defendido las ventajas de una especialización en el abogado, que le posibilita tambien tener un mejor conocimiento de la materia en la que trabaja con un menor esfuerzo, pues evidentemente es mayor el esfuerzo de formacion y de puesta al dia que supone si atiendes desde una perspectiva pluridisciplinar que si solo te encargas de una materia específica. Considero tambien que la mejor opcion es funcionar en un despacho colectivo en el que entre varios compañeros se puedan cubrir diferentes areas de especializacion y de este modo lograr esa multidisciplinariedad que muchas veces agradece al cliente, que busca un sitio de confianza donde poder acudir sea cual sea el problema que tenga y recibir el mejor trato por parte de un abogado. Incluso la aplicacion de las nuevas tecnologías puede hacer superar el concepto tradicional del despacho, y en algunos casos, ni siquiera debería ser necesario que dichos abogados asociados compartan las mismas dependencias.
En este proceso va a incidir la propuesta de modificacion de los colegios profesionales, al establecerse tal y como se recoge en el proyecto una diferenciacion legal entre los abogados: aquellos que por intervenir en los juzgados deberan colegiarse obligatoriamente y aquellos que por no hacerlo, no. Esta división legal, generará indefectiblemente una diferenciación en la percepción por parte del consumidor. Hasta tal punto que en su día se debatía si incluso no supondría una diferenciación de nombres utilizados para ambos supuestos, el litigador o el que actuará ante los tribunales y el que no.
Esta visión por parte del cliente, hará complicado que por el cliente se entienda que se puedan ejercer por la misma persona dos tipos de trabajo que va a entender como diferentes, aunque hasta este momento sí que se realice sin problema alguno. Y me genera la duda en relación a si no afectará también a la compatibilización de la práctica de resolución alternativa de conflictos como la mediación.
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