La realidad de los despachos de abogados es muy diversa, siendo una buena mayoría de los mismos los que funcionan individualmente o agrupados en pequeños despachos en los que se establece un regimen de compartir gastos sin que exista una sociedad profesional o un funcionamiento colectivo. Sin embargo, la percepción que se tiene desde los potenciales clientes es toda la contraria, incluso valorando positivamente la existencia de sociedades profesionales o que el abogado al que acuden está especializado en el asunto que quieren encargar, incluso con una perspectiva equivocada de la especialización llegando a extremos de concreción no ajustados con la propia realidad del mercado.
Es posible distinguir un punto, decir que de inflexión sería demasiado, pero sí de cambio, a raiz de la crisis de sistema en la que estamos viviendo, siendo habitual observar como abogados o despachos que hasta ese momento sí que estaban especializados, por necesidades de facturación, han empezado a llevar asuntos o temas no propios de su especialidad y que hasta ese momento derivaban a otros despachos o rechazaban.
Precisamente esa situación de incertidumbre derivada de la crisis, ha provocado debates en relación a que tipo de despacho sobrellevaría mejor o peor esta coyuntura, sin que exista una opinión clara o unánime al respecto.
Siempre he defendido las ventajas de una especialización en el abogado, que le posibilita tambien tener un mejor conocimiento de la materia en la que trabaja con un menor esfuerzo, pues evidentemente es mayor el esfuerzo de formacion y de puesta al dia que supone si atiendes desde una perspectiva pluridisciplinar que si solo te encargas de una materia específica. Considero tambien que la mejor opcion es funcionar en un despacho colectivo en el que entre varios compañeros se puedan cubrir diferentes areas de especializacion y de este modo lograr esa multidisciplinariedad que muchas veces agradece al cliente, que busca un sitio de confianza donde poder acudir sea cual sea el problema que tenga y recibir el mejor trato por parte de un abogado. Incluso la aplicacion de las nuevas tecnologías puede hacer superar el concepto tradicional del despacho, y en algunos casos, ni siquiera debería ser necesario que dichos abogados asociados compartan las mismas dependencias.
En este proceso va a incidir la propuesta de modificacion de los colegios profesionales, al establecerse tal y como se recoge en el proyecto una diferenciacion legal entre los abogados: aquellos que por intervenir en los juzgados deberan colegiarse obligatoriamente y aquellos que por no hacerlo, no. Esta división legal, generará indefectiblemente una diferenciación en la percepción por parte del consumidor. Hasta tal punto que en su día se debatía si incluso no supondría una diferenciación de nombres utilizados para ambos supuestos, el litigador o el que actuará ante los tribunales y el que no.
Esta visión por parte del cliente, hará complicado que por el cliente se entienda que se puedan ejercer por la misma persona dos tipos de trabajo que va a entender como diferentes, aunque hasta este momento sí que se realice sin problema alguno. Y me genera la duda en relación a si no afectará también a la compatibilización de la práctica de resolución alternativa de conflictos como la mediación.
viernes, 11 de enero de 2013
domingo, 6 de enero de 2013
EL PAPEL DE LOS COLEGIOS DE ABOGADOS
En plena vorágine derivada de la difusión de la intención de reformar los colegios profesionales en el marco de una ley de servicios profesionales, como explicaba en esta entrada, @josemuelas realizó este vídeo que se puede ver en youtube asociando la existencia de los mismos a la efectiva prestación de un sistema que garantizara que toda persona independientemente de su situación económica pueda contar con un abogado que le defienda ante un juzgado.
Los colegios de abogados son preexistentes a los que ahí se mencionan, dado que lo que ahí se menciona refleja la actual estructura y composición, digamos que su aspecto histórico más reciente. Los primeros datos documentados de un colegio de abogados, son del siglo XVI y precisamente del colegio de abogados de Zaragoza. Naturalmente su concepto y estructura no es el actual, dado que son sociedades y sistemas políticos distintos.
Es importante lo que se remarca en ese vídeo. Los Colegios de Abogados prestan un servicio a la ciudadanía. En el vídeo se vincula a un sistema organizativo que sirve en ese momento para prestar la denominada justicia de pobres. La misma ha evolucionado a lo que se regula como justicia gratuita y se conoce como turno de oficio, concepto distinto. Lo cierto es que existe un cierto desconocimiento social de esta labor, de lo que supone para el abogado que la presta, de como este la financia y de como se aporta a la sociedad, algo a lo que he dedicado otras entradas en este blog.
Siendo importante difundir este aspecto, y es algo que hay que agradecer en su medida a dicho vídeo, tampoco esa es la razón o necesidad de la existencia de los colegios profesionales. Casualmente me he encontrado estos días con este debate con amigos y conocidos. ¿que aporta un colegio a la sociedad? me cuestionaban. Como si en principio tuviera que aportar algo, pensaba yo, siendo un órgano que nada cuesta (nuevamente andamos en términos de identificar necesidades con costes, lamentablemente) dado que es sufragado de manera privada, y esencialmente por sus colegiados. Pero aun así como he dicho si que aporta a la sociedad.
Como digo la necesidad de su existencia también ha de afrontarse desde la perspectiva de sus colegiados. Los colegios son y serán necesarios en tanto en cuanto exista un aporte o generen un beneficio a sus propios colegiados. Es un planteamiento razonable. Y vigente. De hecho la errónea gestión de los mismos en los últimos años (es mi opinión personal) ha generado una fuerte división entre los colegiados existiendo un importante numero de los mismos que los ven como un enemigo, como algo que no se preocupa de sus necesidades, como un reducto de privilegiados y como una institución a extinguir.
En mi opinión, están equivocados al defender la innecesariedad de los mismos. Los colegios de abogados han de liderar, aglutinar y movilizar las justas reivindicaciones del colectivo. Han de configurarse como órganos eficientes de gestión que favorezcan la prestación de servicios y de acciones de interés para el colectivo. No se puede confundir innecesariedad con mala gestión, aunque como digo comparta algunas de las críticas que estos compañeros hacen.
La cuestión crucial en este momento es doble: quienes dirigen los colegios profesionales han de hacer lo que no han hecho en todo este tiempo, acercarse a ese colectivo critico de colegiados, escucharles, empatizar con ellos y hacerles entender que la batalla es la misma, lograr mantener unos colegios independientes, autogestionados, sin limitaciones impuestas (como la territorialidad) precisamente para ser útiles para los colegiados y para la ciudadanía.
Los colegios de abogados son preexistentes a los que ahí se mencionan, dado que lo que ahí se menciona refleja la actual estructura y composición, digamos que su aspecto histórico más reciente. Los primeros datos documentados de un colegio de abogados, son del siglo XVI y precisamente del colegio de abogados de Zaragoza. Naturalmente su concepto y estructura no es el actual, dado que son sociedades y sistemas políticos distintos.
Es importante lo que se remarca en ese vídeo. Los Colegios de Abogados prestan un servicio a la ciudadanía. En el vídeo se vincula a un sistema organizativo que sirve en ese momento para prestar la denominada justicia de pobres. La misma ha evolucionado a lo que se regula como justicia gratuita y se conoce como turno de oficio, concepto distinto. Lo cierto es que existe un cierto desconocimiento social de esta labor, de lo que supone para el abogado que la presta, de como este la financia y de como se aporta a la sociedad, algo a lo que he dedicado otras entradas en este blog.
Siendo importante difundir este aspecto, y es algo que hay que agradecer en su medida a dicho vídeo, tampoco esa es la razón o necesidad de la existencia de los colegios profesionales. Casualmente me he encontrado estos días con este debate con amigos y conocidos. ¿que aporta un colegio a la sociedad? me cuestionaban. Como si en principio tuviera que aportar algo, pensaba yo, siendo un órgano que nada cuesta (nuevamente andamos en términos de identificar necesidades con costes, lamentablemente) dado que es sufragado de manera privada, y esencialmente por sus colegiados. Pero aun así como he dicho si que aporta a la sociedad.
Como digo la necesidad de su existencia también ha de afrontarse desde la perspectiva de sus colegiados. Los colegios son y serán necesarios en tanto en cuanto exista un aporte o generen un beneficio a sus propios colegiados. Es un planteamiento razonable. Y vigente. De hecho la errónea gestión de los mismos en los últimos años (es mi opinión personal) ha generado una fuerte división entre los colegiados existiendo un importante numero de los mismos que los ven como un enemigo, como algo que no se preocupa de sus necesidades, como un reducto de privilegiados y como una institución a extinguir.
En mi opinión, están equivocados al defender la innecesariedad de los mismos. Los colegios de abogados han de liderar, aglutinar y movilizar las justas reivindicaciones del colectivo. Han de configurarse como órganos eficientes de gestión que favorezcan la prestación de servicios y de acciones de interés para el colectivo. No se puede confundir innecesariedad con mala gestión, aunque como digo comparta algunas de las críticas que estos compañeros hacen.
La cuestión crucial en este momento es doble: quienes dirigen los colegios profesionales han de hacer lo que no han hecho en todo este tiempo, acercarse a ese colectivo critico de colegiados, escucharles, empatizar con ellos y hacerles entender que la batalla es la misma, lograr mantener unos colegios independientes, autogestionados, sin limitaciones impuestas (como la territorialidad) precisamente para ser útiles para los colegiados y para la ciudadanía.
jueves, 3 de enero de 2013
POSIBLES EFECTOS DE LA COMPATIBILIDAD DEL EJERCICIO DE ABOGADO Y PROCURADOR
Ayer iniciaba en el blog una serie de entradas conteniendo reflexiones sobre el anuncio de la ley de servicios profesionales. Siguiendo el orden secuencial en la misma, voy a dedicar esta entrada a los posibles efectos de la compatibilidad del desempeño de las tareas de abogado y procurador. Se tratará de una entrada atipica, por volcar una serie de reflexiones, poco ordenadas, y con el objeto de poder luego acudir a ellas en su momento y estructurarlas.
Este volcado poco ordenado se debe tanto a la no debida sosegada reflexión, como al hecho de que el cambio legislativo, de producirse, abrirá nuevas posibilidades de negocio, y una cosa es compartir reflexiones y lanzar ideas y otra muy distinta, alumbrar explícitamente oportunidades de negocio. Al fin y al cabo, "la pela es la pela".
Hay otra motivación. Una sincera voluntad de compartir contigo, procurador que lees esto, algunas claves. Con el exclusivo objeto de ayudarte ante lo que se vislumbra como ennegrecido futuro para tu negocio. Si eres capaz de leer entre lineas lo que dejo intuir, y muestro pero no expreso explícitamente, ponte en contacto conmigo. Tendremos cosas de las que hablar. Espero también me permitas ciertos comentarios irónicos, nada más lejos de querer ser ofensivo, sino en todo caso provocar en ese eterno juego de bromas y rivalidad entre procuradores y abogados. Ya que lo vamos a perder, aprovecharé las ultimas oportunidades para ello.
Parto en principio de que la compatibilización llevara aparejada la supresión de los aranceles, y que por tanto se instaurará la libertad de fijación de precios. Es lo lógico, no vamos a someternos los abogados a unos aranceles que no nos son propios, además cuadra con el objeto de la ley. Ante esta situación, compañero procurador, lo primero que debes hacer es (ya se que estoy pidiendo mucho) empatizar con el abogado; pues este, va a ser un duro competidor contigo. Le va en la sangre. No en vano, de décadas a esta parte, es el letrado el que se encarga con mayor o menor acierto de conseguir los clientes, empleando más o menos elaboradas técnicas de marketing. Te supera ampliamente en esto.
En ese ejercicio de empatía, piensa, ¿por que debería el abogado seguir encargandome la representación? Es más ¿en que supuestos claramente no lo va a hacer? Esto te dará algunos por qués de lo que previsiblemente va a ocurrir, entre otras cosas, que difícilmente vas a llevar la representación en una pluralidad de asuntos. Muy previsiblemente el abogado no tendrá mayor dificultad en asumir la representación en procesos penales y contenciosos (ya existía en primera instancia), así como la lleva habitualmente en el laboral. En materia civil, muy probablemente también lo decida en los procesos de familia.
Cada despacho de letrado es diferente, pero tiene notas comunes. En estos momentos de descenso de facturación y con la entrada en juego de las tasas judiciales, el cliente querrá reducir costes, y el abogado incrementar sus honorarios. Si trabajas con macrodespachos o despachos importantes, puedes pensar que estás tranquilo, pero ¿qué le impide a un despacho con numerosos integrantes "especializar" a uno o varios de ellos en estas tareas?. Sobre todo cuando un procurador pretende cobrar cuantiosas minutas, en algunos casos superiores a lo que piensa cobrar el propio letrado. Ya lo sabes. Muchos abogados piensan que algunas minutas de procurador son claramente desproporcionadas (no te enfades, no digo que lo sean, digo que lo piensan, y si no sabes por qué, estás cometiendo un error).
¿Qué debemos hacer los profesionales en un sistema de competencia? Vender un hecho diferencial, algo que nos distinga y que haga que nos elijan a nosotros. Estoy sinceramente cansado de oír a procuradores hablar de dicho hecho diferencial en relación a las ejecuciones. ¿De verdad pensais que lo es? Creo que estais enormemente equivocados. Pero quizás lo esté yo.
Os voy a indicar un hecho diferencial que sí que puede aportar un abogado. La pluridisciplinariedad. Esta palabra que muy probablemente me acabo de inventar supone que el abogado, va a poder dedicar parte de tiempo a las tareas relacionadas con la procura y parte de tiempo a las especificas de abogado. ¿Podrán hacer lo mismo los procuradores? en mi opinión no. Y no se trata de que quiera minusvalorar a dichos profesionales. Es que aparte de tener determinadas cualidades para el ejercicio de la profesion, hay que tener determinados conocimientos, y el abogado, por aplicacion y/o obligacion está al día en las modificaciones legislativas, incluidas las de carácter procesal. Esto no ocurre en el sentido contrario.
En el anterior párrafo he aportado una cuestión clave. El tiempo. ¿Podrán los abogados compatibilizar desde esta perspectiva? Pues muchos no. Pero serán capaces de suplir esto organizandose colectivamente. Va a resultar más rentable contratar a un licenciado en derecho que pueda compatibilizar ambas tareas y cobrar como asalariado por ellas (o como autónomo) que no afrontar las costosas minutas heredadas de los aranceles. ¿Piensas que no habrá despachos que harán estos cálculos?
Nos queda otro (me resisto a decir ultimo) handicap. La falta del don de la ubicuidad. Si llevamos un asunto en otra localidad, dificilmente podremos llevar la representacion. Salvo que de una vez por todas la administración de justicia se dote de los medios tecnológicos y voluntad necesaria para la utilización de las nuevas tecnologías. Existiendo lex net (notificaciones vía correo electrónico) y la posibilidad de presentar escritos con certificado digital, si es preciso, quien necesita un procurador?. Y no olvides que quien más quien menos, ha construido su propia relación de contactos y se pueden facilitar acuerdos entre despachos para estas y otras cuestiones.
En definitiva, comienza un necesario y definitivo periodo de adaptación. Es cierto, para todos.
He escrito una entrada actualizada sobre esta cuestión, ampliando la misma, que puedes leer aqui
He escrito una entrada actualizada sobre esta cuestión, ampliando la misma, que puedes leer aqui
LA REFORMA DE LOS COLEGIOS PROFESIONALES
Ayer mi TL de twitter sufrió una leve sacudida al conocerse datos de la pretensión del gobierno de reformar la legislación sobre colegios profesionales (nueva ley de servicios profesionales), y en particular con @josemuelas y @lucasblanque. El tema daría para diversas entradas y cuestiones y en particular en lo que afecta a las profesiones jurídicas sobre todo la amenaza que se cierne sobre los procuradores de compatibilizarse libremente el ejercicio de dicha acción por los propios abogados. Si fuera procurador, yo estaría seriamente preocupado y valorando que elemento diferencial ofrezco para mantener mi negocio frente a la tentación (y necesidad) que esto puede suponer para muchos despachos de abogados. Pero como digo mi intención de esta entrada era hablar sobre el futuro de los colegios profesionales. En su caso, lo trataré en otra entrada.
Otra cuestión a tratar es la que se refleja en el video creado y difundido por el "decano de tuiter", el gran @josemuelas sobre la realidad social en el S XIX, la justicia para pobres y el importante papel de los colegios de abogados, con la creación de los mismos a tal efecto en aquellas ciudades o poblaciones que contaban con mas de 20 abogados. También da para otra entrada.
En estos momentos carecemos de un texto de borrador, proyecto, etc. Lo que ayer se manejaba era esta presentación. De lo que ella se deduce en relación a los colegios de abogados, es que se va a abrir un abanico de no colegiación obligatoria, o mejor dicho, de una colegiación obligatoria solo para aquellos abogados que actúen ante los tribunales. Esta diferenciación y lo que deberá suponer en una especialización en la abogacía, también da para otra entrada.
Y ya nos centramos en esta entrada. No te preocupes si has llegado hasta aquí, ya no divago más. ¿que va a suponer esto para los Colegios de Abogados? Un cambio. Parece una respuesta insustancial o indeterminada. Todo lo contrario.
Independientemente de que la realidad de cada colegio (de los 83 que menciona el video realizado por José Muelas Decano del Ilustre Colegio de Cartagena) es muy diferenciada, tanto por tamaño, estructura, etc., dependiendo de su numero de colegiados así como del territorio en el que tienen competencia; y que por tanto cada colegio deberá adaptarse de una manera diferente; lo cierto es que se reducirá el numero de colegiados, y por tanto se reducirá el numero de ingresos derivados de las cuotas de los mismos, o para mantener determinadas estructuras la tentación será subir las cuotas, algo que generará un importante rechazo en los colegiados.
Cambiar el concepto de colegio, y de la necesidad u obligación de colegiación, hará que los colegios en ese proceso de adaptación, deban venderse a sus colegiados como necesarios, y para ello, deberán adaptar las prestaciones de servicios, pues los colegiados demandarán contraprestaciones efectivas y eficientes con mayor ahinco. Si además se suprime como parece indicarse la actividad de vigilancia y control desde los órganos de deontología; todavía con mayor razón pasarán a ser vistos por los colegiados como una especie de cooperativas que faciliten cuestiones a los colegiados, a cambio del pago de sus cuotas. Nuevamente, y partiendo del Colegio que conozco, el mio, debo dejar concreciones para otra entrada.
Este proceso de cambio es algo lógico e incluso positivo; pero ello no debe hacer perder de vista a los abogados la importancia del colegio como órgano aglutinador de la defensa de sus intereses, capaz de liderar las justas reivindicaciones del colectivo y de favorecer una necesaria unión ante aquellas acciones que supongan un ataque a sus derechos. No un mero prestador de servicios. Exigirá un plus a los que integren las juntas, la de saber hacer ver esta necesidad para lo cual no deben escatimar esfuerzos en comunicación, tanto a los colegiados como al resto de la sociedad. Exigirá un plus tambien a los propios abogados, con las filas plagadas de personas inmovilistas e individualistas.
Un duro reto el que se nos presenta.
Otra cuestión a tratar es la que se refleja en el video creado y difundido por el "decano de tuiter", el gran @josemuelas sobre la realidad social en el S XIX, la justicia para pobres y el importante papel de los colegios de abogados, con la creación de los mismos a tal efecto en aquellas ciudades o poblaciones que contaban con mas de 20 abogados. También da para otra entrada.
En estos momentos carecemos de un texto de borrador, proyecto, etc. Lo que ayer se manejaba era esta presentación. De lo que ella se deduce en relación a los colegios de abogados, es que se va a abrir un abanico de no colegiación obligatoria, o mejor dicho, de una colegiación obligatoria solo para aquellos abogados que actúen ante los tribunales. Esta diferenciación y lo que deberá suponer en una especialización en la abogacía, también da para otra entrada.
Y ya nos centramos en esta entrada. No te preocupes si has llegado hasta aquí, ya no divago más. ¿que va a suponer esto para los Colegios de Abogados? Un cambio. Parece una respuesta insustancial o indeterminada. Todo lo contrario.
Independientemente de que la realidad de cada colegio (de los 83 que menciona el video realizado por José Muelas Decano del Ilustre Colegio de Cartagena) es muy diferenciada, tanto por tamaño, estructura, etc., dependiendo de su numero de colegiados así como del territorio en el que tienen competencia; y que por tanto cada colegio deberá adaptarse de una manera diferente; lo cierto es que se reducirá el numero de colegiados, y por tanto se reducirá el numero de ingresos derivados de las cuotas de los mismos, o para mantener determinadas estructuras la tentación será subir las cuotas, algo que generará un importante rechazo en los colegiados.
Cambiar el concepto de colegio, y de la necesidad u obligación de colegiación, hará que los colegios en ese proceso de adaptación, deban venderse a sus colegiados como necesarios, y para ello, deberán adaptar las prestaciones de servicios, pues los colegiados demandarán contraprestaciones efectivas y eficientes con mayor ahinco. Si además se suprime como parece indicarse la actividad de vigilancia y control desde los órganos de deontología; todavía con mayor razón pasarán a ser vistos por los colegiados como una especie de cooperativas que faciliten cuestiones a los colegiados, a cambio del pago de sus cuotas. Nuevamente, y partiendo del Colegio que conozco, el mio, debo dejar concreciones para otra entrada.
Este proceso de cambio es algo lógico e incluso positivo; pero ello no debe hacer perder de vista a los abogados la importancia del colegio como órgano aglutinador de la defensa de sus intereses, capaz de liderar las justas reivindicaciones del colectivo y de favorecer una necesaria unión ante aquellas acciones que supongan un ataque a sus derechos. No un mero prestador de servicios. Exigirá un plus a los que integren las juntas, la de saber hacer ver esta necesidad para lo cual no deben escatimar esfuerzos en comunicación, tanto a los colegiados como al resto de la sociedad. Exigirá un plus tambien a los propios abogados, con las filas plagadas de personas inmovilistas e individualistas.
Un duro reto el que se nos presenta.
domingo, 9 de diciembre de 2012
EL DELIBERADO ATAQUE CONTRA LOS DERECHOS
Rompo hoy con la linea habitual del blog y escribo una entrada completamente desde la perspectiva de opinión, mi opinión. Hoy reflexionaba sobre una apreciación desbordante de la política gubernamental (y seguidista autonomica y local) contra los derechos constitucionales de los ciudadanos. La palabra ajustada es esa, desbordante, porque prácticamente no hay ministerio que no se dedique a lapidar a los ciudadanos de a pie y a laminar sus derechos. Tan unánime es la actuación que he caído en la cuenta que no puede ser por torpeza o convencimiento individual de cada ministro. Ha de ser deliberada y estratégica.
En estos días son pocos los colectivos que no se ven inmersos en una lucha por la defensa de los derechos, tenemos a la sanidad movilizada; la educación desde hace tiempo, por mucho que ahora se anuncie la ley de reforma, también los abogados, jueces, fiscales, etc., con el ataque a la administración de justicia y contra su punta de lanza, la ley de tasas; la administración publica; muchas otras. Bromeo habitualmente con que como hombre se me han acabo los colores para tanta marea (ya sabeis que los hombres no solemos distinguir colores que lleven dos palabras como el blanco roto) de protesta. Y pensaba ¿que gobierno no consideraría un error político enfrentar a todos y cada uno de los ciudadanos contra su política? Porque me cuesta en estos momentos identificar un terreno virgen a los ataques de estos sucedáneos de Atila.
Si la respuesta objetiva nos indicaría que es un error enfrentarse a todos los ciudadanos la incognita por tanto se redobla ¿por qué lo están haciendo? Por torpeza, por chapuza, responderán algunos. Lo siento, no puedo compartir tales respuestas. El principio de Ockham dice que en igualdad de condiciones, la explicación más sencilla suele ser la correcta. Es un principio que utilizo en innumerables ocasiones en mi ejercicio profesional y soy firme defensor del mismo. ¿Soy incoherente en estos momentos? No, para mi la explicación más sencilla, aunque pueda resultar paradójico, es otra.
Niego la sencillez de la torpeza o la chapuza. Quienes llegan a ministros o a presidentes del Gobierno no lo hacen a través de la torpeza o la chapuza, al menos no por medio de la propia, sino de la ajena. La respuesta ha de ser necesariamente otra. En estos momentos políticos interesa desviar la atención de lo realmente procedente, un paso más del "rescate" europeo tantas veces negado por nuestros políticos. Estos días España recibirá 40000 millones del rescate bancario . Ello se enmarca en la creación del denominado Banco Malo, el Sareb, y la opción por defender una determinada acción en el marco inmobiliario en vez de optar por la que pedirían los ciudadanos, una verdadera depuración de responsabilidades de todos los implicados: banqueros, promotores, constructores, y políticos que se beneficiaron del vendaval inmobiliario durante los óltimos años a nuestra costa.
En el altar hipotecario y para evitar esas responsabilidades se están efectuando muchos sacrificios. Las cifras del paro se disparan y las maquilladas rondan los 5.000.000 de desempleados, con trágicas historias personales detrás de los números, los EREs se multiplican destrozando los tejidos empresariales y productivos de nuestro país; cae cualquier inversión en investigación y se destroza el sistema educativo. La respuesta política es que hemos consumido demasiado, algo insultante tanto por los ejemplos utilizados (televisores de plasma) como por el hecho de que fue el propio sistema financiero y político el que incentivo un sistema económico "productivo" sustentado sobre un exceso de consumo privado. La solución ofertada es que un gran porcentaje de los ciudadanos seamos abocados a un futuro de supervivencia y malvivir, frente a unos pocos privilegiados. Y encima sin quejarnos y dando las gracias.
Que harían los ciudadanos ante esta situación? Pues con mayor o menor énfasis rebelarse ante ella. ¿Como evitar esa rebelión? La mejor defensa es un buen ataque así como utlizar el siempre efectivo divide y vencerás. La estrategia política ha conducido a que cada ciudadano se vea atacado en diversos frentes, y que disperse su lucha y su respuesta en varios de ellos. Yo mismo en diversas ocasiones me encuentro agotado, en mi trinchera de abogado, en la trinchera de la defensa de la educacion publica, en acciones ciudadanas de barrio. Que cada lector examine en cuantas trincheras combate. Y cuantas más trincheras tengamos abiertas más difícil será (que no imposible) combatir las macrodecisiones politicas que implican la destrucción del Estado de Bienestar y además que no se depuren las expresadas responsabilidades por todo lo ocurrido. La guerra de desgaste no se inventó ayer. Y mientras yo estoy en mis trincheras estoy imposibilitado de apoyar otras.
Por eso es tan importante redoblar esfuerzos y sobre todo apoyar en la medida de lo posible las justas reivindicaciones de otros colectivos en defensa de derechos como la educación, sanidad, el sector publico, etc.
Y por eso es tan importante que la sociedad entienda la importancia de la lucha que como abogados (y otros profesionales del derecho) hacemos en estos momentos, pues lo que defendemos en esencia es la defensa de la totalidad de los derechos amenazados, de su ejercicio y disfrute, así como la del terreno de juego donde han de ser defendidos, una administración de justicia eficiente, eficaz e independiente.
En estos días son pocos los colectivos que no se ven inmersos en una lucha por la defensa de los derechos, tenemos a la sanidad movilizada; la educación desde hace tiempo, por mucho que ahora se anuncie la ley de reforma, también los abogados, jueces, fiscales, etc., con el ataque a la administración de justicia y contra su punta de lanza, la ley de tasas; la administración publica; muchas otras. Bromeo habitualmente con que como hombre se me han acabo los colores para tanta marea (ya sabeis que los hombres no solemos distinguir colores que lleven dos palabras como el blanco roto) de protesta. Y pensaba ¿que gobierno no consideraría un error político enfrentar a todos y cada uno de los ciudadanos contra su política? Porque me cuesta en estos momentos identificar un terreno virgen a los ataques de estos sucedáneos de Atila.
Si la respuesta objetiva nos indicaría que es un error enfrentarse a todos los ciudadanos la incognita por tanto se redobla ¿por qué lo están haciendo? Por torpeza, por chapuza, responderán algunos. Lo siento, no puedo compartir tales respuestas. El principio de Ockham dice que en igualdad de condiciones, la explicación más sencilla suele ser la correcta. Es un principio que utilizo en innumerables ocasiones en mi ejercicio profesional y soy firme defensor del mismo. ¿Soy incoherente en estos momentos? No, para mi la explicación más sencilla, aunque pueda resultar paradójico, es otra.
Niego la sencillez de la torpeza o la chapuza. Quienes llegan a ministros o a presidentes del Gobierno no lo hacen a través de la torpeza o la chapuza, al menos no por medio de la propia, sino de la ajena. La respuesta ha de ser necesariamente otra. En estos momentos políticos interesa desviar la atención de lo realmente procedente, un paso más del "rescate" europeo tantas veces negado por nuestros políticos. Estos días España recibirá 40000 millones del rescate bancario . Ello se enmarca en la creación del denominado Banco Malo, el Sareb, y la opción por defender una determinada acción en el marco inmobiliario en vez de optar por la que pedirían los ciudadanos, una verdadera depuración de responsabilidades de todos los implicados: banqueros, promotores, constructores, y políticos que se beneficiaron del vendaval inmobiliario durante los óltimos años a nuestra costa.
En el altar hipotecario y para evitar esas responsabilidades se están efectuando muchos sacrificios. Las cifras del paro se disparan y las maquilladas rondan los 5.000.000 de desempleados, con trágicas historias personales detrás de los números, los EREs se multiplican destrozando los tejidos empresariales y productivos de nuestro país; cae cualquier inversión en investigación y se destroza el sistema educativo. La respuesta política es que hemos consumido demasiado, algo insultante tanto por los ejemplos utilizados (televisores de plasma) como por el hecho de que fue el propio sistema financiero y político el que incentivo un sistema económico "productivo" sustentado sobre un exceso de consumo privado. La solución ofertada es que un gran porcentaje de los ciudadanos seamos abocados a un futuro de supervivencia y malvivir, frente a unos pocos privilegiados. Y encima sin quejarnos y dando las gracias.
Que harían los ciudadanos ante esta situación? Pues con mayor o menor énfasis rebelarse ante ella. ¿Como evitar esa rebelión? La mejor defensa es un buen ataque así como utlizar el siempre efectivo divide y vencerás. La estrategia política ha conducido a que cada ciudadano se vea atacado en diversos frentes, y que disperse su lucha y su respuesta en varios de ellos. Yo mismo en diversas ocasiones me encuentro agotado, en mi trinchera de abogado, en la trinchera de la defensa de la educacion publica, en acciones ciudadanas de barrio. Que cada lector examine en cuantas trincheras combate. Y cuantas más trincheras tengamos abiertas más difícil será (que no imposible) combatir las macrodecisiones politicas que implican la destrucción del Estado de Bienestar y además que no se depuren las expresadas responsabilidades por todo lo ocurrido. La guerra de desgaste no se inventó ayer. Y mientras yo estoy en mis trincheras estoy imposibilitado de apoyar otras.
Por eso es tan importante redoblar esfuerzos y sobre todo apoyar en la medida de lo posible las justas reivindicaciones de otros colectivos en defensa de derechos como la educación, sanidad, el sector publico, etc.
Y por eso es tan importante que la sociedad entienda la importancia de la lucha que como abogados (y otros profesionales del derecho) hacemos en estos momentos, pues lo que defendemos en esencia es la defensa de la totalidad de los derechos amenazados, de su ejercicio y disfrute, así como la del terreno de juego donde han de ser defendidos, una administración de justicia eficiente, eficaz e independiente.
martes, 4 de diciembre de 2012
RESTRINGIR DERECHOS SIEMPRE PERJUDICA AL MAS DEBIL
Las decisiones políticas suelen justificarse con números macro. Se habla de numero de afectados, de millones de ahorro, de grandes extensiones territoriales. Poco se habla de la incidencia individual, en nuestra pequeña comunidad que es donde verdaderamente se ve como afecta a los derechos de cada cual.
Un caso real. Extranjero en situación irregular, que sufre un accidente de tráfico. Se inicia todo el protocolo habitual, se levanta un atestado, se abre un procedimiento judicial que acabará en un juicio. Como cualquier otra persona tratará de que se satisfaga una indemnización, que de por sí ya no cubrirá totalmente el daño causado sino que se ajustará a unos baremos que no atienden a la verdadera reparación.
Pasará por un médico forense, donde la actuación de este se verá afectada al principio por características propias e intrínsecas a muchos extranjeros en situación irregular, el desconocimiento de sus derechos, la falta de herramientas culturales con las que se desenvolverse adecuadamente, un déficit en el uso de idioma. Todo ello conducirá a que en un buen número de ocasiones, el informe forense recoja unas valoraciones a la baja respecto a la realidad de las lesiones y secuelas.
Le añadimos que el extranjero se ha visto privado de tarjeta sanitaria. El mismo tiene dolores y secuelas evidentes, la más notable su cojera al andar. Sin ser médico se aprecia. ¿por qué no lo apreció el forense? porque decidió funcionar automáticamente sin el apoyo de informes médicos. ¿por qué no existen esos informes médicos? porque cuando el extranjero acudió al centro de salud se le dijo que solo podía ser asistido si firmaba un compromiso de pago de la asistencia sanitaria. A pesar de explicarle que luego el pago no sería efectivo (ya veremos), el extranjero tiene miedo y decide no ser atendido. Tampoco comprende adecuadamente lo que tiene firmar, ni lo que pone en dicho documento, pues a duras penas habla castellano y no lo sabe leer. Todo ello conduce a la inexistencia de un tratamiento y la inexistencia de unos informes que sustenten correctamente el informe forense.
Ello conduce a que la indemnización que podrá obtener en el procedimiento penal será inferior a la que podría obtener de no concurrir esos condicionantes. Se le explica, la posibilidad de acudir a otro procedimiento y de no aceptar el informe forense. ¿que habrá que hacer en ese caso? un informe pericial privado, que le costará aproximadamente 700 euros. ¿de donde los va a sacar si está en situación irregular? ¿y qué informes médicos sustentarán el mismo? Aunque los consiga ahora pasados varios meses del accidente, el abogado de la compañía de seguros se agarrará al informe forense, alegará que los informes se han emitido con mucha posterioridad y que pueden obedecer a lesiones producidas en otro accidente o de otro modo. El juez podrá sucumbir fácilmente a estos argumentos. Si además lo hacemos en otro procedimiento, en uno civil, por ejemplo, el extranjero tendrá que pagar las nuevas tasas.
La teoría siempre es clara. La práctica no es tan sencilla. Lo que habría que hacer en teoría, fácil de aconsejar. Lo que ocurre en la práctica? que aquellas personas en situación más vulnerable se ven enormemente afectados por las decisiones tomadas en despachos por personas que nunca sufrirán la falta de libertad derivada de no tener el dinero suficiente para ejercer adecuadamente sus derechos.
Y ahora que vengan cínicos como Gallardon a decir que los abogados luchamos contra estas cosas para mantener nuestros status privilegiados o por nuestro propio interés.
sábado, 1 de diciembre de 2012
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR CONTRA EL DERECHO DE MANIFESTACION
Es preocupante la proliferación de expedientes administrativos sancionadores dirigidos contra ciudadanos que libremente ejercitan un derecho fundamental como es el de manifestación. En diversas ciudades así como relacionadas con manifestaciones de diversas fechas, parece instaurarse un patrón comun policial cual es la de abrir expedientes sancionadores a manifestantes que fueron identificados en las mismas. Muchos de esos ciudadanos manifiestan no haber cometido ningun hecho ilegal o sancionable, más allá de la participación en la manifestación.
Hoy es noticia y sirve de ejemplo a esta entrada la existencia de procedimientos sancionadores contra 300 personas que intervinieron en las protestas del dia 27 de septiembre. La propia participación en una manifestación no es sancionable, así que dichos expedientes deberán concretar imputaciones individualizadas contra cada uno de los ciudadanos y que supongan que atentan contra algun tipo sancionable, como puede ser una alteración del orden público.
De tratarse de una estrategia gubernamental dirigida a generar miedo, a amedrentar a los ciudadanos para que no ejerzan un derecho fundamental, supondría derogar de facto el ejercicio de los derechos constitucionales. Este tipo de conductas debería ser revisada por el orden jurisdiccional, por los jueces, pero para ello, y debido a reformas ya pasadas y futuras, tal revisión se complica.
En primer lugar, los ciudadanos desconocen aspectos básicos para articular su defensa en un procedimiento sancionador. Funciona alguna buena guia como la de legal sol pero que adolece de algun que otro consejo práctico. Luego además ha de ser el propio ciudadano quien con dicha carencia se hace sus alegaciones o descargos.
Lo peor viene con posterioridad. Ante la imposición de una sanción el ciudadano deberá acudir al juzgado de lo contencioso administrativo buscando el amparo judicial y aqui se encontrará con unos importantes obstáculos.
1. El coste del procedimiento al tener que contar con un abogado
2. Las recientemente impuestas tasas judiciales de Gallardon, 200 euros mínimo por demanda en procedimiento abreviado.
3. El riesgo de la imposicion de las costas si se pierde el procedimiento tras la última reforma al respecto como puede verse en esta entrada escrita hace un año
4. Las dificultades inherentes al propio procedimiento dado el principio de presunción de veracidad de que gozará la denuncia formulada por un policía exigiendo un notable esfuerzo probatorio al ciudadano recurrente para probar que no hizo lo que en dicha denuncia dice que hizo.
En este entorno, no resulta casual, ni la expresada proliferación de expedientes sancionadores ni el incremento de los obstáculos (tasas y otros) para que el ciudadano pueda defenderse ante lo que entiende que es una desviación de poder de la Administración.
Esperemos que los jueces sepan cumplir su papel ante tan sospechoso aumento de este tipo de sanciones contra lo que recordemos, no deja de ser el ejercicio de un derecho fundamental.
Hoy es noticia y sirve de ejemplo a esta entrada la existencia de procedimientos sancionadores contra 300 personas que intervinieron en las protestas del dia 27 de septiembre. La propia participación en una manifestación no es sancionable, así que dichos expedientes deberán concretar imputaciones individualizadas contra cada uno de los ciudadanos y que supongan que atentan contra algun tipo sancionable, como puede ser una alteración del orden público.
De tratarse de una estrategia gubernamental dirigida a generar miedo, a amedrentar a los ciudadanos para que no ejerzan un derecho fundamental, supondría derogar de facto el ejercicio de los derechos constitucionales. Este tipo de conductas debería ser revisada por el orden jurisdiccional, por los jueces, pero para ello, y debido a reformas ya pasadas y futuras, tal revisión se complica.
En primer lugar, los ciudadanos desconocen aspectos básicos para articular su defensa en un procedimiento sancionador. Funciona alguna buena guia como la de legal sol pero que adolece de algun que otro consejo práctico. Luego además ha de ser el propio ciudadano quien con dicha carencia se hace sus alegaciones o descargos.
Lo peor viene con posterioridad. Ante la imposición de una sanción el ciudadano deberá acudir al juzgado de lo contencioso administrativo buscando el amparo judicial y aqui se encontrará con unos importantes obstáculos.
1. El coste del procedimiento al tener que contar con un abogado
2. Las recientemente impuestas tasas judiciales de Gallardon, 200 euros mínimo por demanda en procedimiento abreviado.
3. El riesgo de la imposicion de las costas si se pierde el procedimiento tras la última reforma al respecto como puede verse en esta entrada escrita hace un año
4. Las dificultades inherentes al propio procedimiento dado el principio de presunción de veracidad de que gozará la denuncia formulada por un policía exigiendo un notable esfuerzo probatorio al ciudadano recurrente para probar que no hizo lo que en dicha denuncia dice que hizo.
En este entorno, no resulta casual, ni la expresada proliferación de expedientes sancionadores ni el incremento de los obstáculos (tasas y otros) para que el ciudadano pueda defenderse ante lo que entiende que es una desviación de poder de la Administración.
Esperemos que los jueces sepan cumplir su papel ante tan sospechoso aumento de este tipo de sanciones contra lo que recordemos, no deja de ser el ejercicio de un derecho fundamental.
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