jueves, 1 de junio de 2017

CONGRESO SOBRE LEGALTECH Y START UPS JURIDICAS

El pasado 18 de mayo se celebró en Hernani el primer congreso sobre legal tech y start ups jurídicas. He de decir que conforme a mis propios criterios de valoración fue un gran congreso. Desde hace ya tiempo siento que he aprovechado el tiempo si al asistir a una ponencia me han dejado una o dos ideas nuevas dando vueltas por la cabeza. Esta sensación la tuve desde el primer momento hasta prácticamente el final (quizás la parte final fue la que menos me inquietó puede que fuera ya por la acumulación de cansancio, uno es viejuno oficial). Fueron múltiples las sensaciones, ideas y reflexiones que surgieron mientras asistía al mismo.

Cuando explicaba por qué mi voluntad de asistir a un Congreso de estas características y temática explicaba lo siguiente. Cuando yo empecé en la abogacía (ya lo digo, soy viejuno) los ordendadores del despacho donde entré de pasante eran antediluvianos siendo un 386 lo mejor en aquellos momentos, las bases de datos eran inexistentes y se buscaba la jurisprudencia manualmente en repertorios, había alguna que otra máquina de escribir que todavía tenía presencia aunque ya no uso y asistí a la primera presentación de una base de datos conectada a internet.

Lo que ahora nos parece normal en los despachos, sistemas de gestión (CRM que llama el que quiere parecer que sabe de lo que habla), bases de jurisprudencia, ordenadores conectados en red, conexiones con ADSL e internet de alta velocidad, programas informáticos específicos, etc, no existía. El funcionamiento de los juzgados también era distinto.

Entre aquellos años iniciales y los de ahora ha habido otros cambios y la abogacía, como tantas otras profesiones, estaba prohibida la "publicidad" (el desconocimiento del concepto de marketing era absoluto), tecnologías como trabajar en la nube o utilizar dispositivos móviles están plenamente incorporados y tenemos que sufrir al deficiente lexnet. Todo ello ha implicado mayores o menores cambios y adaptación.

El incipiente legal tech (recomiendo la lectura de este artículo de Jorge Morell uno de los organizadores del Congreso) es prácticamente inexistente (en el artículo se habla de 95 proyectos). Pero siendo siquiera la minúscula punta de un iceberg, el resto oculto irá surgiendo y apareciendo por el futuro muy cercano. Y esto implica que igual que pasar de la máquina de escribir al momento actual supuso una constante adaptación, ahora viene un importante paradigma para el sector legal y cuanto antes vayamos sintonizando nuestra frecuencia de pensamiento a ese nuevo modelo, más ventaja tendremos sobre la competencia . Por cierto, de aquí en adelante iran viendo a falsos expertos sobre el legaltech escribir sobre el tema (alguno ya lleva un tiempo pero es igual de falso), Jorge Morell SI sabe sobre el tema.



Otra razón por la que asistí es por el propio proyecto de despacho (Espacio Pangea y espero que la web este pronto terminada) que estamos ejecutando en Zaragoza. Un tipo de despacho innovador con una forma diferente de prestar los servicios juridicos. Y es que la innovación no es exclusiva de la recnología. La innovación es una manera de pensar y una cultura. Es querer hacer las cosas de una manera diferente. Y también tiene conexión con la tecnología con su area dirigida a empresas de innovación y tecnológicas.

Por último, por alguna que otra idea o proyecto de legaltech en la cabeza y con ganas de ejecutarla y ponerla en práctica. Lo del tiempo, ya no sé de donde saldrá.

En definitiva, adaptación, innovación y prestación de servicios jurídicos de una manera tecnológica, son razones más que suficientes, aunque solo sea una de ellas para acudir a un evento de estas carecterísticas donde sentirse como en casa al estar rodeado de profesionales que ya están sintonizado mentalmente con esa nueva manera de prestar servicios.

Como la entrada se extiende, en otras entradas hablaré sobre el desarrrollo del Congreso, sobre qué es legal tech y su futuro y reflexiones sobre cómo puede afectar a la abogacía. De hecho el próximo día 14 en Espacio Pangea queremos reunir a profesionales con esa mentalidad para debatir y reflexionar conjuntamente sobre estas cuestiones.

Como punto final pero en verdad el más importante, la oportunidad de compartir un espacio con amigos y personas queridas, Algunos querrán hacer netoworking, yo me quedo con el compartir conversaciones con camaradas y muchas risas.

Eso es mucho mejor que el networking. Y mucho más productivo y enriquecedor. Aunque muchos idiotas no se den cuenta.

OTRAS ENTRADAS DEL BLOG RELACIONADAS CON ESTA

¿Qué es eso del legaltech?

martes, 30 de mayo de 2017

JUSTICIA HIPOTECADA

El ministro de Justicia Catala con la unión del Consejo General del Poder Perjudicial (hasta ahora conocido como Consejo General del Poder Judicial) ha tomado la decisión de apoyar sin fisuras los intereses de los poderosos miembros de la Banca en contra de los consumidores bancarios.

Hagamos un poco de memoria. En enero, el prestidigitador Catalá se sacó de la mano un procedimiento extrajudicial para la devolución de lo indebidamente cobrado por las cláusulas suelo. Este procedimiento fue apoyado por el PSOE y Ciudadanos (Margarita Robles llegó a asimilar a buitres a los abogados que criticamos el procedimiento). No puede quedar en el olvido que ante la sorpresa de muchos abogados también fue apoyado por el Consejo General de la Abogacía en su habitual tendencia al lameculismo del ministro.

Algunas voces criticamos abiertamente el procedimiento por ineficaz, perjudicial al consumidor y denunciamos que no iba a servir de nada y que lo único que pretendía es dar unos meses de respiro a los bancos para evitarles juicios durante ese tiempo.

Pasados los tres meses iniciales de plazo y ante la mayoritaria respuesta negativa a la devolución por las entidades bancarias, se demuestra que efectivamente se buscaba ganar tiempo. Y ahora vemos que el plan tenía una baza oculta, que se ha destapado ahora. El Consejo General del Poder Perjudicial acuerda que los temas relacionados con las clausulas abusivas de las hipotecas sean resueltos por 54 juzgados provinciales, sin crear nuevos juzgados y del siguiente modo:

- Son provinciales lo cual supone vulnerar el foro del consumidor según el cual cuando un consumidor demanda, el juzgado competente es el de su domicilio. Esto se hace por la desigualdad de las partes entre consumidor y empresa y para que los consumidores no se vean desincentivados a ejercer sus derechos. De este todo modo, TODA la población española que no vive en una capital de provincia deberá desplazarse si quiere reclamar sus derechos. El banco, no.

- no se crean nuevos juzgados, sino que se "trasladan" funcionarios de juzgados y se usan la figura del juez JAT (jueces de adscripcion territorial).

- Se utiliza a los jueces recién escudillados de la escuela judicial sin experiencia previa en juicios. No critico su preparación, pero sin lugar a dudas es bastante más difícil que un juez recién escudillado se distancie de lo indicado "desde arriba" como sí sucedió con los bragados que ante la barbaridad de la sentencia del TS tumbada por el TJUE en relación a la retroactividad de las clausulas suelo, se distanciaron de dicha aberración y llegaron a interponer cuestiones prejudiciales ante el TJUE.

- Las propias asociaciones profesionales de los jueces han criticado que se asigne esta cuestión a estos jueces y además la existencia de un curso "formativo", dirigido a dichos jueces en los que incluso se les ordena a que no admitan pruebas testificales. Esto ha sido considerado por las propias asociaciones profesionales como un ataque a la independencia judicial hablando alguna de que lo que se busca son jueces autómatas que hagan lo que se les dice desde el Consejo General del Poder Perjudicial.

- Si todas las demandas en esta materia se han de ver en un juzgado provincial, lo que se avecina es el colapso de los mismos, un enorme retraso en la resolución que solo beneficia a la banca al retrasar el pago de lo debido o darle una posición negociadora por la cual sabe que los reclamantes aceptaran ofertas a la baja con tal de cobrar cuanto antes.




Pero lo peor, es que viendo lo que se es capaz de hacer y la maldad intrínseca de Catalá y Lesmes (vean el caso del fiscal anticorrupción Moix) lo que se viene encima es un cambio del sistema judicial buscando jueces sumisos, una justicia ineficaz y tardía y un aplastamiento de las voces discrepantes e irredentas.

Y tu? vas a quedarte parado ante esto?

Notas complementarias





lunes, 22 de mayo de 2017

IMPASSE

Me gusta esta palabra y define el periodo en el que había entrado mi vida blogger.

La excusa fácil es la falta de tiempo, que no es mentira. La puesta en marcha del proyecto de nuevo despacho, el diseño y ejecución de la misma y atender el trabajo habitual puede conmigo y desgasta mis ganas de aplicarme a otras cosas.

Pero lo cierto es que cuando se quiere hacer algo se saca el tiempo para ello, así que probablemente las razones de esa falta de alimentación de los blogs sean otras y así mismo mi productividad como articulista había entrado en barrena incluso dejando de escribir para Law and Trends.



El jueves pasado estuve en el primer congreso internacional sobre legal tech y start ups jurídicas y salí con el cerebro totalmente revolucionado, con la sensación de tener un gran producto (espacio pangea) entre las manos y con grandes posibilidades, un diseño de despacho innovador y nuevamente con ganas de jugar y crear en el espacio después de unos meses con la creatividad por los suelos.

Estos días toca recoger las reflexiones tras el congreso, ordenar las ideas ejecutarlas y nuevamente siento las ganas de compartir con vosotros a través del blog.

Nos vemos

martes, 9 de mayo de 2017

PRESENTACION NUEVO DESPACHO

Este jueves toca presentar el despacho "Espacio Pangea Abogados" materializando el proyecto creado durante estos meses e inaugurando una exposición de arte en el mismo. Estais invitados a venir a ver la exposición y estaré encantado de enseñaros personalmente el espacio y explicaros el proyecto.

EXPOSICION “COMO UN TODO”

¿DE DONDE VENIMOS?
ESPACIO PANGEA surge de la confluencia de tres abogados que entendemos que queremos hacer las cosas de una manera distinta sin encerrarnos en los servicios jurídicos y buscando otra relación con los clientes dando espacio a sus emociones y con la comunidad donde radicamos habilitando un local donde se puedan hacer acciones formativas, expositivas, eventos, etc.
¿QUE ES ESPACIO PANGEA?
Utilizamos el concepto ESPACIO porque en nuestro centro no solo se dan servicios jurídicos. La oferta de servicios jurídicos se amplía con otras acciones como Talleres Formativos, Eventos, área de Innovación y Coworking porque entendemos el espacio como un todo dirigido a que pueda ser usado por nuestros clientes de una variedad de perspectivas de satisfacción de sus intereses. Además queremos que a la hora de sentir ese espacio, nuestros clientes lo sientan de una manera colectiva y grupal sintiéndose a la vez agentes y partícipes del mismo.
Queremos que nuestros clientes se sientan parte de una COMUNIDAD con capacidad de decisión y de ser oídos en las decisiones que tomemos y que sientan un espacio acogedor y propio en el que se sientan seguros y acompañados.
Como profesionales queremos que el ESPACIO sea construcción y cambio, huyendo de lo estático que impide la mejora y la evolución. Un ESPACIO que se construye sobre nuestra manera de ser y dar cimentado en la especial unión entre los profesionales del mismo.
LA EXPOSICION: COMO UN TODO
Como un todo surge del proceso creativo de adaptación del local donde está ESPACIO PANGEA a nuestro proyecto y del propio proceso creativo del mismo y de la especial simbiosis con el artista Yendris Patterson durante su ejecución.

Ese proceso se ve reflejado en la exposición del mismo nombre con las obras de Yendris Patterson que pueden ser visitadas hasta el 15 de julio de 10:00 a 13:30 o de 17:00 a 20:00 de lunes a viernes.

EL ARTISTA: YENDRIS PATTERSON
Nacido en isla de la Juventud (Cuba) en 1978, la obra de Patterson, coherente y comprometida con la sociedad que le envuelve. constituye una crónica antropológica evolutiva que el artista va absorbiendo de los distintos contextos que ha habitado, para transformarla en su propia obra, la religión, las ideología, la existencia, la permanencia, el riesgo, el poder y las razas, nutren cada uno de los proyectos en un lenguaje multidisciplinar que discursa desde lo más efímero hasta lo imperecedero. La transformación se ofrece en su obra pues la mayoría de las mismas son creadas desde objetos preexistentes interviniendo sobre los mismos y creando nuevos objetos dentro de una obra multidisciplinar.

Conoce más sobre su obra en su web


miércoles, 19 de abril de 2017

ODISEA EN EL HIPERESPACIO LEXNET

Tras dos días sin poder enviar escritos de trámite por Lexnet, sistema obligatorio para cumplir con los plazos procesales y enormes dificultades para poder descargar las notificaciones, lo cual me está haciendo no dedicar el tiempo que debo a otros menesteres y obligaciones, retrasos en el trabajo y en atender a mis clientes además del estrés añadido por acercarse el fin de plazo sin poder cumplir con enviar el escrito, el canal técnico de Lexnet me da como unica solución que ponga una incidencia así que aquí os copio la incidencia.

Lo cierto es que periodicamente se hacen modificaciones en la aplicación. Cada vez que se hacen hay abogados y procuradores que sufren problemas de acceso, no todos, pero si muchos y no siempre los mismos. Entonces se abre un periodo en el cual cada uno se pelea como puede con el sistema. Quien debería de saber lo que pasa no sabe por qué pasa ni a quien le pasa, te van dando 'soluciones? tipo prueba esto o prueba a lo otro a ver si por casualidad funciona o porque a mengano vete a saber por qué le ha funcionado.

Esto pasa y los sufrimos los abogados de a pie con la complacencia de nuestros representantes, Colegios, Consejo General de la Abogacía y Ministerio de Justicia NO HACEN ABSOLUTAMENTE NADA.

Mientras el abogado de a pie no duerme pensando en si va a poder enviar el escrito o no, se agobia y estresa, se vuelve un informático modificando aquí y allá, sufre y se desespera ante al oprobio de que quien debería velar por nuestro ejercicio, que tengamos los medios adecuados y que no se afecten derechos de los ciudadanos no lo haga.

Mi desesperación y mi queja:

"No puedo enviar escritos de trámite dado que el menu desplegable obligatorio para seleccionar el tipo de escrito no funciona, así como otros menús desplegables. Me está impidiendo enviar escritos cumpliendo con los plazos procesales con los perjuicios que ello puede conllevar en el procedimiento en cuestión.

Además, tengo enormes problemas para descargar las notificaciones por lexnet y para aceptarlas lo que me ha ocasionado ya la reprimenda de algún juzgado por ello.

He probado desde cuatro ordenadores distintos, he seguido todas las indicaciones que me han facilitado los técnicos como volver a instalar los drivers del certificado, cambiar la configuración en internet explorer. Usar otro navegador como mozilla firefox que me da identicos o similares problemas, actualizar java. He comprobado desde la propia aplicación de la web de lexnet si mi ordenador está correctamente configurado y lo está

Es inaceptable trabajar en estas condiciones, que de repente un día funcione y otro no, que no te sepan responder por qué se produce ese problema en tu ordenador, por qué otros compañeros no tienen el problema y otros sí. Que no haya una solución sino chapuzas tipo prueba esto o lo otro porque a fulano le ha funcionado.

Están en juego derechos de los ciudadanos y responsabilidades profesionales

ESTOY HARTO"

jueves, 30 de marzo de 2017

CHISTES DE CARRERO BLANCO: EL FALSO DEBATE

En unos días de especial sensibilización por sentencias condenatorias de tuiteros que han hecho (entre otras cosas) chistes de carrero blanco he tratado este tema desde un perfil técnico en mi blog sobre derecho penal y nuevas tecnologías, así que aconsejo ampliar la lectura de esta entrada con estas otras específicas que dan mayor profundidad y rigor:


En esta sobre la condena del Tribunal Supremo a Strawberry explico la posición del Tribunal Supremo sobre esta cuestión

Y en esta otra entrada hago un pequeño estudio de las sentencias existentes sobre enaltecimiento al terrorismo en internet

Centrada la cuestión técnica vamos a pasar a una cuestión ética (este blog es para eso) y a la alarma social que se está generando. Y a dónde está el verdadero debate oculto que pocos se atreven a apuntar y desde luego no los políticos, que son quienes deben solucionar esta cuestión como indico en la primera de mis entradas que he citado

En primer lugar hay quien enfoca esta cuestión desde una lesión de la libertad de expresión. Error. No tiene nada que ver. La libertad de expresión tiene unos límites, que han sido definidos por el Tribunal Constitucional y por resoluciones de otras instancias internacionales. Y claramente y dificilmente discutible, uno de dichos límites es en abstracto lesionar el honor y la dignidad, sobre todo de aquellas personas o situaciones que entendemos especialmente protegidas. Nuestra sociedad entendió, que se debía proteger especialmente la dignidad de las víctimas del terrorismo y de ahí surge en el año 2000 (en un determinado contexto) el delito por el que son condenados quienes hacen chistes sobre Carrero Blanco. Luego en definitiva, hablar de lesión de la libertad de expresión no tiene sentido. Prohibir ofender (a cualquiera) no lesiona la libertad de expresión. Otra cosa es que esa prohibición sea delito, recientemente se han despenalizado las injurias dejando solo las graves.



Sentado lo anterior, llegamos al núcleo de la cuestión, la consideración de víctima del terrorismo. A Carrero Blanco lo mató ETA y si aplicamos la sencilla ecuación Carrero es una víctima de ETA. Y en el caso de Carrero Blanco se suscita por tanto una controversia digamos moral o ética fruto de la profunda hipocresía de la sociedad española (probablemente de otras muchas, pero esta es la que conozco). ¿debemos ver igual la acción de eliminar a figuras históricas reprochables? ¿Si (no voy a hacer un auto efecto godwin) un tirano homicida y asesino es objeto de un magnicidio, estamos ante otro asesino o ante un heroe? No damos socialmente respuestas unívocas sino sesgadas, un mismo acto podemos considerarlo moralmente correcto y justificado y no justificado según nuestros sesgos. En el fondo todos están de acuerdo con Maquiavelo con lo de que el fin justifica los medios, cuando el fin coincide con el que consideran correcto, pero pocos afirmamos y defendemos esta cuestión en público. El discurso socialmente correcto es negar lo positivo de la violencia y criminalizar a quien diga algo parecido.

Me estoy dispersando. Vuelvo a la cuestión. Si los chistes se hicieran sobre otra víctima del terrorismo (recuerdo especialmente a los niños muertos en el atentado a la Casa Cuartel de Zaragoza) nos repugnaría en mayor medida que lo que nos repugna (a mi nada) los chistes de Carrero Blanco. Incluso los mayores indignados con estas condenas y que hablan de libertad de expresión obvian que Carrero no fue la única víctima de ese atentado y por lo visto esas personas ya ni existen ni son consideradas, son un mal menor. Los mismos que pondrán el grito en el cielo ante muertes de civiles inocentes en países en conflicto actualmente, dependiendo de quien lance el misil claro.

Y es que en un sentir mayoritario, hay unas acciones correctas y justificadas moralmente que se realizaron por ETA durante el franquismo frente a las realizadas después de la muerte de Franco, y lo que nos indigna socialmente de estas condenas es que se proteja la memoria de una pieza esencial del régimen franquista.

Ese y no otro es el debate. No el de la pretendida defensa de la libertad de expresion. Un ejercicio colectivo de enorme hipocresía social. 

Que ya hay narices de estar haciendo chistecitos sobre algo pasado hace 40 años, en vez de dar la cara por cuestiones más actuales. Y ya hay narices de meter a gente en prisión por chistes.

sábado, 18 de marzo de 2017

AMPLIACION DEL PLAZO DE SUSPENSION DEL LANZAMIENTO EN EJECUCIONES HIPOTECARIAS

El gobierno de Mariano Rajoy sigue con su desmedida (e inconstitucional) afición a gobernar mediante decreto ley. Hoy sábado 18 de marzo tenemos una buena noticia para los deudores hipotecarios. Como explicaba en esta entrada del blog (es un tema del que suelo informar en el blog) por Real Decreto Ley 27/12 posteriormente validado por la ley 1/13 se establecieron unas medidas de protección de los deudores hipotecarios (insuficientes, todo hay que decirlo). La más importante de ella es la posibilidad de que cumpliendo unos requisitos el deudor pueda pedir la suspensión del lanzamiento, algo que se puede realizar hasta el mismo momento del lanzamiento de la vivienda, es decir, incluso con posterioridad de la subasta y adjudicación de la vivienda al banco ejecutante u otra persona o entidad. En esa norma se establecía un plazo de duración de esta suspensión de dos años desde la fecha de entrada en vigor de esa norma, es decir hasta el 15 de mayo de 2015. El 15 de mayo de 2015 persistía esta grave problemática social y dicho límite fue modificado por el Decreto Ley 1/15 introduciendo la modificación en el artículo 1 de la ley 1/13 por la cual se ampliaba por dos años más dicho límite es decir hasta el 15 de mayo de 2017.

Muchos nos temíamos que llegada esta fecha se acabaría esta situación. Bien, por Real Decreto Ley 5/17 se amplia dicho plazo de suspensión hasta el 2020.

Por otra parte se faculta al ejecutado que esté en dicha situación de suspensión a poder solicitar y obtener un arrendamiento de la vivienda en las condiciones que se recogen en el citado Real Decreto. La redacción de la norma es defectuosa, como es habitual con este gobierno, y puede generar confusión. Así si bien en el artículo 1 parece entenderse que puede pedirse en cualquier momento de dicho plazo de suspensión (hasta el 2010), la lectura del nuevo artículo 4 precisa que hay un plazo de seis meses para pedirlo que se computará:

- para aquellos que ya tienen dicha suspensión, desde la entrada en vigor del Decreto Ley (que como nos acostumbra la deficiente práctica legislativa de este gobierno, es desde el domingo 19 de marzo, al día siguiente de la publicación en el BOE hoy sábado)

- para el resto, desde que se acuerde la suspensión

Respecto a la renta, el modo de cálculo es confuso nuevamente al hablar por un lado del 3% anual del valor de la vivienda en el momento del remate y a su vez hablar de tasación aportada por el ejecutado. Nos llevará a controversias.

El texto literal del Real Decreto habla de "el alquiler de la misma por una renta anual máxima del 3 por cien de su valor al tiempo de la aprobación del remate, determinado según tasación, aportada por el ejecutado y certificada por un tasador homologado de conformidad con lo previsto en la Ley 2/1981, de 25 de marzo de Regulación del Mercado Hipotecario"

El hecho de que se introduzca la novedad de la posibilidad del alquiler debe entenderse necesariamente como que no va a haber más prórrogas, y cada deudor hipotecario deberá valorar la posibilidad de asegurarse un contrato de alquiler que le estabilizara en el uso de la que fue su vivienda habitual.