domingo, 29 de septiembre de 2019

RELACION LABORAL DE LOS RIDERS DE GLOVO

Aprovechando que mañana intervengo en el juicio en Zaragoza contra Glovo y defenderé la existencia de relación laboral de los riders de Glovo, expongo aquí algunas de las notas más importantes que a mi juicio destacan la relación laboral de los mismos frente al hecho de alegado por Glovo de que se tratan de trabajadores autónomos o más especialmente los conocidos como TRADE.

Los principales elementos que se destacan en las demandas planteadas por la Inspección de Trabajo de oficio y en las sentencias en que se recoge la postura de la misma, que los riders son trabajadores por cuenta ajena de Glovo y no autónomos son:

1. NEGOCIACION CON PARTNERS. La negociación de las condiciones de prestación del servicio de reparto a los partners (MacDonalds y otros restaurantes o empresas) son negociadas directamente por estas con Glovo fijando las condiciones del reparto, el precio, la responsabilidad que se asume y finalmente es Glovo quien asume directamente la obligación del reparto. No existe ninguna intervención en esa negogiación de los riders ni de ninguna agrupación o asociación de estos.

Glovo emite ella misma la factura siendo quien recibe el pago del servicio y retribuyendo posteriormente a los riders.

2. ¿TRADEs?. En relación a su consideración como TRADEs no existe ninguna relevancia de los medios aportados por los riders (transporte y smartphones son de uso particular) y no existe negociación contractual con Glovo sino adhesión.

3. RIDERS. Los riders son formados por Glovo y no tienen una verdadera capacidad auto organizativa.

La contratación del usuario se realiza con Glovo y no con los riders.



4. PLATAFORMA. La App / Plataforma Glovo es el medio esencial para el funcionamiento del reparto. El encargo es recoger u entregar un pedido. Al recoger el pedido encargado por el usuario, se paga con una tarjeta glover no asociada a ninguna cuenta bancaria del repartidor siendo recargada por Glovo. Glovo también control la geolocalizacón del glover mientras está logeado. Aunque se expresa que el rider tiene liberad para rechazar pedidos, en la práctica se ha de tener la opción de asignación autonática para poder gestionar pedidos pues la práctica totalidad de ellos son gestionados y asignados de esta manera. De rechazar pedidos la valoración del rider se ve afectada y consecuentemente ve descartadas las mejores horas de reparto. La plataforma no es un mero marketplace de gestión y puesta en contacto de repartidores con clientes.

La Jurisprudencia destaca la importancia de un algoritno como sistema de decisión de atribución de pedidos entre los riders utilizando para ello las valoraciones. Las franjas temporales que se habilitan para que puedan elegir cuando atender pedidos dependen de la valoración de los mismos ,utilizando diversos parámetros siendo uno de ellos la valoración.

Esto hace que exista dependencia pues no hay real libertad de elección de los riders siendo penalizados de facto si no aceptan pedidos u operan conforme entiende Glovo que han de hacer.

El sistema hace competir a unos riders contra otros ya que el sistema de puntuación y el algoritmo empresarial les hace competir para logar las mejores horas, que ya no son las más compatibles con su vida personal, sino las que la empresa considera las más rentables o de alta demanda. La eficiencia empresarial se convierte en un elemento determinante de su poder de dirección y organización de la actividad empresarial, por cuanto que de acuerdo a las reglas anteriormente citadas existe un control de la realización del trabajo por los repartidores, no directo, sino a través de la propia aplicación y de sistemas de geolocalización.

5. MATERIAL. Los riders llevan la imagen y el logo de glovo y no disponen de infraestructura empresarial.

La prestación de servicios sería posible sin vehículo pero no sin la aplicación. El elemento determinante y esencial para poder realizar la prestación es la app que facilita Glovo.

Es impensable que el rider pueda desempeñar su trabajo transportando comidas entre los restaurantes y los eventuales clientes, en calidad de trabajador autónomo, al margen de la plataforma y con sus solos medios (con su vehículo y con su móvil), ya que el éxito de este tipo de plataformas, se debe precisamente al soporte técnico proporcionado por las TIC que emplean para su desarrollo y a la explotación de una marca, en este caso Glovo, que se publicita en redes sociales, sitio al que acuden los clientes cuando necesitan la compra y entrega de comida y los productos que Glovo suministra.


Lecturas recomendadas para ampliar esta cuestión:



lunes, 9 de septiembre de 2019

RECLAMACION POR TARJETA REVOLVING

¿QUE ES UNA TARJETA REVOLVING?

Muchas personas tienen una tarjeta revolving y no lo saben. Una tarjeta revolving es parecido a una línea de crédito por la cual se tiene un límite máximo de disposición de dinero que se va reduciendo conforme se dispone de él y que volvería a aumentar hasta un límite fijado, conforme se devuelve el dinero dispuesto.

El peligro de la tarjeta revolving es que se establece una cuota más o menos fija a pagar cada mes e incluso puede haber un máximo a esa devolución mensual. Esto hace que tarde mucho tiempo en devolverse el dinero dispuesto dado que además suelen tener un elevado tipo de interés que oscila entre el 20% y el 30% TAE. Muchas personas se ven engañadas pues se quedan con una referencia de un interés del 2% (más o menos) mensual. pero realmente el interés anual es muy elevado. Además de esto, hay que tener en cuenta las elevadas comisiones bancarias que pueden ir asociadas a la misma.

PROBLEMAS

Los problemas más habituales asociados a una tarjeta revolving son:

- Un alto tipo de interés. Las tarjetas revolving suelen tener una TAE de entre el 20% y el 30%

- Deudas a perpetuidad. En función de la cuota predefinida que se haya marcado, puede que sea matemáticamente posible que nunca se llegue a pagar la deuda

- Las comisiones



RECLAME GRATIS

¿Son las tarjetas revolving las nuevas cláusulas suelo? Si usted busca en google verá que para muchos despachos de abogados sí que lo son. Verá anunciarse como abogado especializado en derecho bancario, prometer que no hay ningún coste, que todo lo pagará el banco y que no le costará ningún dinero.

Habrá que leer la letra pequeña de esas ofertas, pues muchos abogados que le dicen que van a llevar su tema gratis sí que le van a cobrar elevados porcentajes sobre el dinero recuperado en caso de ganar el juicio y no puedan cobrar del banco.

Cobrar es legítimo y normal. Lo que no me parece correcto de esta situación es lo que estoy viendo en mi intervención como abogado en juicios sobre tarjeta revolving, las demandas presentadas por esos abogados especializados son malas técnicamente y no se han individualizado ni se ajustan al caso concreto del cliente. Piensan que el caso se va a ganar sin hacer nada y esto no siempre pasa.

En mi opinión, no hay un éxito seguro de una reclamación por tarjeta revolving sin un estudio individualizado del caso concreto, valorando el mismo y viendo si hay probabilidades de ganar. Además este tipo de reclamaciones son recientes y todavía se está perfilando la posición de los juzgados al respecto y hay variaciones según cada ciudad. Es más, hay casos en que las tarjetas revolving pueden ser consideradas válidas y no se acordará la nulidad, y se perderá el juicio. Sin embargo la mayoría de esas webs trasladan un mensaje de que se gana seguro. No es así.

ESTUDIO GRATIS PERSONALIZADO DE SU CASO

Si está pensando en reclamar, exija un estudio individualizado de su caso. Puede confiar en mi conocimiento de la materia y en la experiencia positiva ante abusos bancarios. Para ello puede contactar preferentemente por mail (en la columna de la derecha del blog están mis datos) y en la actualidad puede encontrarme aquí en Espacio Pangea Abogados. Realizaré gratis el estudio de su caso y si el mismo es viable le garantizaremos en contrato que cobraremos directamente del banco.

Aunque estemos en Zaragoza podemos llevar su caso en cualquier parte de España.

OTROS ABUSOS BANCARIOS

Si tiene una reclamación por microcréditos como puede ser el caso de Vivus y otras entidades o ha recibido una demanda de una empresa que desconoce como Limite 24 horas u otra también podemos ayudarle, como explicamos en esta otra entrada que puede leer.

viernes, 2 de agosto de 2019

CAMBIO DE RUMBO

Hace tres años se iniciaba la andadura de lo que acabó siendo Espacio Pangea Abogados, y en donde he tratado de plasmar un despacho con una relación con el cliente diferente a la habitual en otros despachos. Un despacho con enfoque a las personas: miembros, clientes, amigos, otros profesionales.

Han sido unos años con experiencias gratificantes, haciendo cosas distintas y diferenciadas en un despacho de abogados.Generando y ampliando una comunidad con otros profesionales donde no nos sentíamos como competencia sino como colaboradores. Haciendo crecer los clientes que confiaban en el despacho. Con ideas creativas e innovadoras (según valoraciones externas), o siendo más modesto simplemente diferentes. Pero también han sido años duros, de mucho esfuerzo, de desgaste personal, de poca materialización y ejecución de muchas de esas ideas, de desesperación ante la lentitud del progreso de otras y en definitiva de sentirme Sísifo subiendo una piedra colina arriba una y otra vez, impidiendome progresar y llegando a un punto de bloqueo personal y profesional.

Así que Espacio Pangea como tal tiene un fin. Y una continuación. Mi camino profesional continua y me reubico. Manteniendo de manera indisoluble los valores que aporté a esta experiencia: profesionalidad, responsabilidad, creatividad, ganas de hacer las cosas de una manera diferente, trabajo colaborativo, dinamismo, y tantas otras cosas. Y sobre todo adaptabilidad.

Adaptabilidad es lo que procede en este momento. El proyecto sufre una transformación y una concreción. Desaparece un envoltorio bonito y atrayente y queda la esencia .. Se mantiene la misma prestación de servicios jurídicos y la vocación de hacerlo colaborativamente con algunos de los mejores profesionales de este país con quienes ya he venido trabajando.

Toca repensar y rescatar esas ideas creativas por ejecutar, seleccionar algunas y realizarlas nuevamente con ilusión, diversión y alegría. Hora de calzarse las botas y continuar el camino.

Clientes y amigos podeis estar tranquilos. El trabajo y atención continua y, de momento, seguimos encontrandonos en el mismo lugar y nos localizareis del mismo modo que hasta ahora

jueves, 1 de agosto de 2019

¿VACACIONES O AGOSTICIDAD EN LOS DESPACHOS PEQUEÑOS?

En Juzgados y Tribunales existe lo que se llama el año judicial que en la práctica suele ser "jodicial", que va del 1 de septiembre al 31 de julio. En agosto, los días son inhábiles salvo en determinadas excepciones (instruccion penal, despidos, etc.) lo que viene a significar que en los despachos pequeños seguimos asociando vacaciones con agosto. Además desde la implantación de las notificaciones electrónicas es más complicado el desconectar en otras fechas pues vas a ser notificado telemáticamente sí o sí, estés o no estés conectado. El fin del año judicial suele implicar (por motivos de cerrar estadísticas y otros psicológicos) el que se notifiquen muchas sentencias o se impulsen procedimientos parados, amen de una extraña tendencia a que queden iniciados muchos procedimientos antes del 31 de julio (paradójico pues como digo en Agosto no se producirá movimiento). Por alguna extraña razón, esto también preocupa a los clientes que tienen la necesidad de saber que su asunto está vivo antes del 1 de agosto.

Así que Julio suele ser un mes agotador que se suma a otros meses agotadores, estresantes y desgastadores, donde el habitante del pequeño despacho finaliza con la reserva pensando en unos más que merecidos días de desconexión y descanso. Sobre todo de desconexión mental. pero, ¿consigue esa desconexión?

Si tomamos twitter como semáforo o medición de esto hemos tenido un mes de julio donde se trasladaba ese agotamiento y ganas de llegar al 1 de agosto con la otra realidad, la de los clientes para los cuales da igual que sea 20 de septiembre, 31 de julio o 1 de agosto. Ayer mismo 31 de julio por la tarde tuve dos reuniones y llamadas hasta casi las 21:00. Hoy 1 de agosto he tenido llamadas por la mañana. ¿como reaccionar ante esto?

El agotamiento personal nos lleva a digerir con esfuerzo esta situación, a enfadarnos ante que no se nos respeten las vacaciones y nuestro descanso. A no entender que haya clientes que busquen otros abogados que le presten servicios mientras  nosotros no estamos operativos. ¿pero tenemos razón?



- El primer error parte de nuestra consideración de individualidad y nuestra necesidad individual de descanso. Es cierto que tenemos derecho a descansar pero el cliente está pensando en una necesidad de prestación de un servicio y no en la individualización en esa prestación. Ciertamente tiende a identificar con un abogado en concreto (hablo de despachos pequeños) y esa necesidad de prestación de un servicio no tiene vacaciones ni periodos de desconexion.

- El cliente no tiene por qué ser conocedor de lo que he explicado en el primer párrafo y ya no es como hace décadas donde las vacaciones eran esencialmente en agosto. No tiene por qué identificar agosto con el hecho de que estemos de vacaciones o de desconexión. Se lo tendremos que explicar y dar a conocer.

- Los servicios legales en muchos despachos y las necesidades del cliente exceden del mundo de los Juzgados y Tribunales. Las relaciones con la administración o acciones extrajudiciales no paran en agosto así que el cliente no tiene por qué aceptar sin más que agosto sea un mes de parón para atender sus necesidades.

Creo que los despachos pequeños deben ir asumiendo este progresivo cambio, la percepción de los clientes y sus necesidades y dar respuesta a las mismas, y la única manera de poder adaptarnos a esto en los despachos pequeños pasa por el trabajo colaborativo, el dejar de ser pequeños y sumar, asociar y realizar alianzas que permitan el conciliar el trabajo continuo y de calidad, la prestación ininterrumpida y satisfacción de las demandas del cliente y el más que merecido descanso.

Así que salvo en aquellos despachos muy especializados y capaces con sus propios recursos de garantizar el equilibrio entre descanso y mantener la prestación de servicios, avanzar en el trabajo colaborativo y en las alianzas de despachos pequeños supondrá dejar de asociar vacaciones a agosticidad y no se producirán las anuales discordancias entre clientes y despachos pequeños.


El amigo Alberto Joven también ha escrito sobre esto en su blog y lo puedes leer aquí

martes, 30 de julio de 2019

UN DIA DE FURIA

Retomo el blog tras un mes absorbido en la defensa de un caso muy concreto, sin poner título a la entrada (lo haré al final) pues no sé muy bien de que voy a acabar escribiendo. Sé lo que me motiva a escribir pero no lo que acabaré compartiendo.

Si julio de por sí es un mal mes en los despachos por el fin del año judicial, en este me he visto en un tsunami sorpresivo por el rápido señalamiento de un juicio en la Audiencia Provincial donde al cliente (además de conocido y compañero de militancia en una asociación hace años) le pedían 12 años de prisión, la más que rápida sentencia (condena a 4 años) y realización del recurso que acababa hoy. El tema es socialmente contovertido y añadimos que estoy plenamente convencido de la inocencia de mi defendido. En resumen, días de convivir con la habitual vorágine del despacho, la sobre responsabilidad de esta defensa que me ha generado mucha ansiedad, muchas horas destinadas a la preparación y defensa y la dificultad en definitiva de luchar contra un prejuicio social muy arraigado (el mes se completaba con otra historia que contaré mañana o pasado, pero no vamos a saturar el tema).

El asunto enjuiciado es el típico tema de interés noticiable, si por noticiable entendemos morboso, vamos un delito sexual. Socialmente consideramos como repulsivos estos delitos pero los consumimos en prensa, televisión, etc sin pudor y con avaricia. Panda de hipócritas

El asunto había permanecido oculto durante toda la investigación y juicio. Perfectamente podía haber filtrado la noticia y haber buscado que mi nombre saliera en los periódicos. Hay abogados que lo hacen. Pero no es un tema para una exposición pública que daña a denunciante y denunciado. La presunción de inocencia no existe y conocido el caso aunque haya sentencia absolutoria siempre habrá quien siga pensando que verdaderamente el acusado es culpable. Que algo habrá hecho y que si se ha escapado será por una argucia legal. El pueblo dicta justicia rápidamente.

Como he adelantado hubo una sentencia condenatoria y una pésima noticia (por la bazofia de artículo) en el medio más influyente de Zaragón y en la mitad del plazo para formalizar el recurso, llegó el Tsunami. El jueves pasado la noticia, hasta ese momento sin identificar al condenado (como debe ser) se actualiza y no solo aparecen el nombre y apellidos de mi cliente, sino su cargo, su puesto de trabajo y organizaciones con las que ha colaborado en el pasado. Y comienza la odisea.

No solo una persona no condenada firme, y por tanto todavía inocente en aplicación de la presunción de inocencia, es sometida a un linchamiento sino que al dar unos datos de dudoso o nulo carácter noticiable (para im no lo tienen) es expuesto a la desmedida reacción de organizaciones. Es muy desagradable comprobar de manera tan cercana lo que ya se ve, como la acuasción penal (sobre todo con determinados delitos) supone convertirte en un leproso del que todo el mundo se aparta, pone distancia y se lapidaría cual apestado. Me corrijo, se le lapida, en la distancia, frialdad, alevosía y ensañamiento que generan y facilitan las redes sociales. 



Es difícil explicar lo que se siente cuando ves la reacción, por eso utilizo la palabra Tsunami porque la veo la más ajustada. Personas cercanas sabían de la preocupación y responsabilidad en que estaba los días pasados con la defensa de este caso. Sabían a grandes rasgos el delito y desde luego desconocían datos identificativos del cliente. En el momento en que la noticia empezó a moverse, me la hicieron llegar por privado. Comprobé como les había llegado por diferentes medios, fundamentalmente wahtsapp y como al leerla ubicaron que era el caso que defendía. Me quedé con la preocupante reflexión de la velocidad que adquiere la información cuando se mueve a través de grupos mediante los avances tecnológicos que tenemos en nuestros días. Nada que ver con lo que ocurría hace unos años. Ya no es necesario querer estar enterado de algo. Te enterarás de lo que quiera la masa aunque no quieras.

Y tú que estás al lado contemplas asombrado la fuerza del movimiento de la información, como cuando desde la distancia segura ves caer un alud, sientes también por empatía el aplastamiento y la pérdida de control que ha de sentir quien de repente se ve en el ojo de un huracán, absolutamente expuesto a la negatividad y agresividad de quienes automáticamente te etiquetan, se apartan de ti, te dan la espalda y afloran su rabia y odio contra ti, aunque la mayoría no te conozca de nada.

Y como abogado te sientes solo, pocas personas entienden como estás viendo lo ocurrido. Cómo el mundo no es blanco ni negro sino que hay muchos matices y grises. Cómo hay sentencias que pueden decir que ha ocurrido una cosa pero perfectamente ha podido ocurrir otra. Y que la mayoría de las personas que te rodean no son capaces de ver eso, prefiriendose arrojar en manos del odio interesado. Sí interesado. El que te hace dormir mejor por la noche pensando que estás en el equipo bueno. 

Alguna vez he reflexionado sobe la posibilidad de que las comunidades sobre todo en redes sociales, se autoregulen mediante el reproche social colectivo. E incluso una vez escribí al respecto como complemento del reproche penal. Hoy no puedo estar más en desacuerdo.

Así que disfruten del linchamiento. Sean crueles. Juzguen, señlaen al apestado. Apartenlo y machaquenlo. Hundan y destrocen su vida.

Y dejenme pensar que el ser humano es repugnante.

domingo, 7 de julio de 2019

SENTENCIA DE LA MANADA Y JUICIOS MEDIATICOS PARALELOS

El primer motivo de recurso que se plantea y resuelve la sentencia del Tribunal Supremo popularmente conocida como "la manada" es en relación a si los mismos han tenido un juicio justo al haberse producido un juicio paralelo publico donde los acusados han aparecido como culpables y esto haber presionado a los Tribunales a la hora de decidir.

Se plantea por tanto un tema interesante y que cada vez será más frecuente, sobre todo el el ámbito de enjuiciamiento contra los delitos sexuales. Yo mismo tengo que defender en la Audiencia este martes, tras esta sentencia y una convocatoria de manifestación en las puertas de los ayuntamientos para la tarde - noche del lunes por estos motivos. Y creanme que cuando se está en esta situación sobrevuela la duda de la inferencia de estas situaciones en el caso que uno defiende por mucho que no se parezca nada, sino solo en el delito por el que se acusa.

El Tribunal Supremo se ve en la tesitura de resolver algo con notable dificultad y si bien lo salva de una manera técnica correcta he de decir que no me convence al cien por cien y voy a tratar de explicar por qué. No digo que en este caso el Tribunal se haya visto influenciado. Digo que el análisis en abstracto para este y otros casos no me convence desde la indicada perspectiva de abogado de la defensa.

La dificultad inicial y esencial es cómo objetivar que se ha producido esa influencia pues claro, no podemos objetivarla directamente de que haya una determinada intensidad de comunicación pública o en la exposición de los sujetos a un procedimiento penal como culpables. En este sentido parte de un elemento inadecuado cual es la propia manifestación del Tribunal de no sentirse influenciado lo cual es absurdo pues evidentemente no iba a reconocer tal presión e influencia en una sentencia condenatoria.

Después se desvía a otras particularidades que nada tienen que ver, salida tangencial que me parece elusiva y sospechosa de no ir al grano, hablando sobre la publicidad de los juicios y la libertad de información, cuando esta no es la cuestión esencial del problema pues no podemos en el mundo actual pretender que los casos sometidos a juicio no sean conocidos ni sometidos a un debate social cada vez más amplio con el uso de las redes sociales.

Excluido lo anterior, según el Tribunal Supremo la única manera de objetivar si ha habido influencia es acudir a la motivación de la sentencia. Si la motivación aparece como razonada, razonable y suficiente, deberemos descartar la existencia de presiones, diciendonos:  

"la imparcialidad no sólo se afirma cuando el desenlace del proceso se distancia de un estado de opinión preexistente. La eventual coincidencia no tiene por qué ser la prueba de un menoscabo de la imparcialidad. Lo decisivo, al fin y al cabo, es el alcance de la motivación exteriorizada por el Tribunal y su conexión con los elementos de convicción ofrecidos por las distintas fuentes de prueba."



Pero claro, esto en teoría es correcto, pero los que actuamos en la práctica sabemos que como digo coloquialmente muchas sentencias (no voy a decir todas) se construyen de atrás hacia delante. Es decir, que no se hace como nos enseñaban en la Facultad de Derecho una subsunción lógica por la cual se analizan los hechos, se ve si encajan en la norma y se aplica la norma. Lo que se hace es finalizar el juicio con una percepción de culpabilidad o de inocencia, con una percepción del juez de qué es lo que ha ocurrido y a partir de ahí construir los argumentos que justifican la misma con los elementos probatorios que se tienen. Con lo cual la motivación depende de la mayor o menor presencia de esos elementos probatorios y de la habilidad del juez para realizar una sentencia resistente a un posterior recurso.

Evidentemente si estamos ante un juicio mediático donde una persona es presentada como culpable y la motivación es prácticamente inexistente o paradójica estaremos ante una evidencia de la posible presión, O no. Pues no tiene por qué ser el único motivo de esa mala o deficiente motivación.

Fuera del esta manera (análisis de la motivación) el Tribunal Supremo desestima el recurso porque nada se acredita de manera objetiva. Este escenario según el Tribunal Supremo conduce a que deberá ser quien plantee la existencia de esa presión quien la pruebe más allá de probar la propia existencia del juicio mediático, pero ¿como vamos a probar de manera objetiva algo tan subjetivo, que alguien se ha podido ver influido o no influido?

Esto enlaza con la noticia de la prohibición en Francia del uso de software de análisis de resoluciones judiciales. El germen parece ser el desarrollo de un software que trataba de detectar sesgos (racistas) en las decisiones judiciales tomadas en el sector vecino. Lo cual da para un interesante debate dado que todos absolutamente todos nos vemos afectados por sesgos y lo importante es saberlo. Y quien toma decisiones de calado y repercusión para terceros, con más razón, precisamente para optimizar su toma de decisiones. ¿Sería positivo un software de este tipo que hiciera una comparativa de resolución de casos similares que no han tenido trascendencia mediática con los que sí que lo han tenido?

Dicho todo esto, como aviso a navegantes indignados, no creo que esta sentencia se deba a la presión popular ni mucho menos, pero sí que como digo anteriormente se abren vías para reflexionar sobre la toma de decisiones y si al fin y al cabo en otros ámbitos (sanidad, economía, etc.) se toman decisiones de trascendencia con ayuda de software analítico, el sector legal, con las debidas cautelas, no debería quedar al margen de estos avances.

sábado, 6 de julio de 2019

ENCUENTRO DE PEQUEÑOS DESPACHOS QUE PIENSAN EN GRANDE

El pasado 26 de junio asistí en Madrid al Primer encuentro de pequeños despachos que piensan en grande, organizado por el despacho Velez - Urbina y Thomson Reuters con el programa que puedes ver aquí . Recibí un email invitandome a asistir y me decanté por hacerlo, algunos temas ya los he escuchado en otras ocasiones aunque siempre se aprende escuchando a Jorge Morell de legaltechies . Además, la experiencia de realizar pequeños encuentros entre profesionales en Espacio Pangea Abogados siempre ha sido gratificante y productiva. Así que en unas semanas de atroz carga de trabajo reservé un día para mi y asistí, y como es habitual en este blog voy a compartir lo más interesante que se dijo que básicamente fue la intervención de Jorge Morell.

Jorge tiene la capacidad (porque sabe de lo que habla) de sintentizar (no todo el mundo que sabe lo sabe hacer) en los aspectos más importantes de su exposición que tuvo cuatro partes al hablar de las oportunidades que genera la legaltech.

Inició partiendo de una reflexión muy necesaria, mencionando la ley de amara según la cual tendemos a sobrestimar el efecto de la tecnología a corto plazo y subestimamos el efecto a largo plazo. Y esto ocurre actualmente con temas interesantes como blockchain o la legaltech. Es algo sobre lo que debemos reflexionar.

Las oportunidades que genera la legaltech las clasificó en cuatro apartados:

a) el más por menos. La sociedad actual reclama hacer más trabajo legal por menos dinero y la tecnología nos permite satisfacer esto. También nos genera la oportunidad de nuevas formas de precio y nuevos modos de trabajar

b) liberalización del sector. Como ya he escrito en alguna ocasión en el blog, la legaltech genera que los servicios legales van a ser prestados por más agentes que los abogados. Los efectos de esa liberalización se ven también en avances en el uso de la publicidad, la entrada en el sector legal de sociedades de inversión y una mayor flexibilidad para prestar servicios. Oportunidades serán nuevos modelos de negocio, de colaboración entre despachos o de visibilidad.

c) cambio demográfico. La generación millennial y Z introducen novedades. Son clientes menos fieles. Las oportunidades específicas que generan son nuevos mercados no interesados en el profesional habitual y abogados más comprometidos con una idea/mensaje.

d) la tecnología. Jorge destacó el software o servicios online que reducen o eliminan la necesidad de acudir al abogado o para elegir el abogado; tecnología que permite acelerar la gestión de las tareas: y la existencia de nuevos empleos.

Por lo demás debo felicitar al despacho organizador, me sentí muy bien acogido y tratado y me parece que tienen ideas interesantes.

Esta foto me la pasa por Linkedin Felipe Herrera de A definitivas y legaltechies con Veronica y Jorge y la pongo porque el fotografo es tan bueno que me veo hasta guapo

En el networking posterior, de alto nivel y buena organización pude aprovechar para desvirtualizar a los chicos de legaltechies y a definitivas y a hablar con Jorge Morell a quien le expuse una idea un poco loca que se me ocurrió dentro del proceso de transformación que va a sufrir Espacio Pangea Abogados (y del cual contaré puntualmente) con la suerte de ver que le parecía buena idea. Lo cual siempre indica que es el camino correcto. Ya veremos

En definitiva un día provechoso.