Sin lugar a dudas, dentro de aquellos supuestos que más dificultosos me resultan como abogado están los relacionados con el acoso laboral o mobbing. Precisamente de ello habla también este artículo de el País aunque más centrado en el ámbito del derecho penal que no en la vertiente laboral del mismo.
Y es que dentro de la respuesta legal contra el acoso laboral, nos encontramos con diferentes procedimientos relacionados con una situación de acoso laboral. Por un lado, lo normal es que el acoso laboral genere una situación de incapacidad temporal (en los casos más graves incluso puede dar lugar a una incapacidad permanente), y como todo caso relacionado con incapacidad podremos acabar discutiendo en juicio tanto la existencia de la misma, como la determinación de dicha contingencia como accidente de trabajo precisamente por estar íntimamente relacionada al desarrollo y ejecución del trabajo.
A su vez, como situación de vulneración de derechos y de ocasión de daños, podremos discutir la misma en la jurisdicción social. Y en ocasiones, la habitual dificultad de prueba de estas situaciones nos puede llevar (paradójicamente) a utilizar la vía penal por el delito de acoso laboral del artículo 173.1 párrafo segundo del Código Penal:
"Con la misma pena serán castigados los que, en el ámbito de cualquier relación laboral o funcionarial y prevaliéndose de su relación de superioridad, realicen contra otro de forma reiterada actos hostiles o humillantes que, sin llegar a constituir trato degradante, supongan grave acoso contra la víctima."
Y digo paradójicamente porque una de las dificultades de perseguir el acoso es probar el mismo. Hay que tener en cuenta que el acoso se da en un entorno hostil para el trabajador en el que habitualmente carece de apoyos, pues si tuviera apoyos sería más difícil que se diera el acoso. Como suelo decir a mis clientes que sufren la desgracia de vivir estas situaciones, es más fácil unirse al acosador que defender al acosado, y el acosado ve como nadie le ayuda en su trabajo y menos aún en juicio llegado el caso, por lo que una de las pruebas esenciales de nuestros procedimientos judiciales, los testigos, suelen declarar a favor del acosador.
La mencionada dificultad de prueba hace que cuando una víctima de acoso acuda a mi despacho, primero trate de identificar si verdaderamente estamos ante una situación de acoso o de mobbing. Como suelo decirles para que se me entienda claramente, tener a un jefe hjjoputa y desagradable no es lo mismo que tener una situación de acoso en el trabajo.
Identificada la situación de acoso o mobbing, es muy importante empatizar con la víctima de esa situación, que esta en un momento muy delicado personal en el que lleva bastante tiempo, pues siempre pasa un buen tiempo hasta que la víctima decide hacer algo cuyo primer paso es informarse, frecuentemente tras iniciar una baja laboral.
Quizás lo más difícil de estos supuestos es hacerles entender que viene un largo proceso por delante. Cuando alguien tiene un problema y tras tiempo sufriendolo quiere actuar, quiere una solución a su problema y la quiere ya. Es algo que es fácil de entender pero es algo que no se va a dar. Es necesario hacer una planificación estratégica y habitualmente comenzar por dar un espacio de seguridad a la víctima (baja laboral) y desde ahí ir viendo como conseguir la prueba de acoso. La propia situación de incapacidad temporal también se convertirá en una prueba objetiva llegado el caso y muy probablemente sea necesario una pericial psicológica, para lo cual también va a ser importante que el padecimiento se haya sufrido durante bastante tiempo.
Después, articulada la consecución de prueba se iniciarán los procedimientos judiciales que nos van a llevar más de un año hasta que se llegue a juicio. Y durante todo ese tiempo, si no se está en situación de incapacidad temporal, se va a tener que estar en el entorno hostil donde se produce el acoso. Como digo, no es algo fácil en absoluto y como abogado es muy duro dado que son procesos complejos, donde tienes que diseñar una buena estrategia que analizar y revisar constantemente.
Muchas veces, pues el mobbing tiene ese objetivo, a veces se encuentra la "solución" en una salida rápida de la empresa, bien negociada o porque se tiene la suerte de encontrar otro trabajo. Suele ser la mejor solución en todos los sentidos (coste - beneficio) pero queda un regusto se insatisfacción dado que al fin y al cabo, lo que quiere el acosador es que te vayas de la empresa.
En cualquier caso, el abogado debe más que nunca atender a la situación emocional de su cliente, hacer que le sienta como un apoyo y afinar en la búsqueda de soluciones legales luchando en desventaja contra el acosador.
Nada fácil, como digo
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