martes, 15 de mayo de 2018

NEGOCIACION DE BAREMOS DEL TURNO DE OFICIO

Anda el patio de los abogados del turno de oficio revuelto y descontento (los procuradores deberían estarlo por más razones, pues perciben auténticas miserias, pero no los veo revueltos ni exteriorizando su descontento) entre otras razones porque las retribuciones (indemnizaciones es la palabra técnicamente correcta) son como digo míseras y parece muy probable que en pocos días el ministro Catalá anuncie una actualización de dichos baremos que llamará a la engañifa pues con toda probabilidad no supondrá recuperar la actualización de cantidades desde que fueron congeladas años ha. El problema de partida es que ya entonces eran una mierda (se me permita la expresión) con lo cual si actualizas una mierda, lo que acabas teniendo es una mierda actualizada.

Quien dice Catalá, ministro de Justicia, dice otras Comunidades Autónomas pues en el despiporre autonómico de la atribución de competencias hay lo que se llama un territorio ministerio (dependiente del Ministerio de Justicia) y otras Comunidades Autónomas lo que hace que cada uno de esos territorios tenga unos baremos de retribuciones distintas y la sensación de enfado por agravio comparativo entre unos profesionales y otros según donde presten un mismo servicio (turno de oficio), pero esto es otra cuestión en la que no voy a entrar.

En lo que quiero entrar en esta entrada es en manifestar públicamente lo que considero que es un error de nuestros representantes en las negociaciones de los baremos con las Administraciones. Y si no es como yo digo, que me den la información al respecto y gustosamente, me retractaré de lo aquí indicado.

Cambiemos el escenario, y usted amable lector, imaginese yendo a comprar un coche. ¿Se acercaría al concesionario más cercano y compraría el primer coche que le entrara por el ojo y pagaría el precio que le indicara el vendedor? Apuesto a que la mayoría me contestará que no, que visitará varios concesionarios y varias marcas para tener como referencia cual es el margen de precios y poder tomar la decisión y negociar un precio con el vendedor.

Otro escenario, es víctima o abogado de una víctima de accidente de tráfico. ¿se sentaría en la mesa de la compañía de seguros y aceptaría la oferta que le hicieran? Seguro que también me contestan que no, que harían un estudio previo conforme a los baremos de accidente de tráfico para calcular cuales son las cifras correctas desde las cuales realizar una negociación con la compañía.

Entonces ahora me pregunto yo. ¿Cómo estamos negociando los baremos del turno de oficio?

Uno de los grandes déficits de los despachos de abogados es la incorporación de conocimientos de gestión empresarial a su actividad y lo vemos entre otras cosas, a la hora de fijar los precios. En mi opinión, para negociar correctamente los baremos se deberían de tener en cuenta, entre otras cuestiones, las siguientes:

a) los costes repercutidos, pues los precios han de tener en cuenta los costes de estructura necesarios para el desarrollo de esa actividad. Deberían estimarse unos costes / hora de gastos de despacho (despacho, luz, material, etc.)

b) debería hacerse una estimación de las horas dedicadas a un asunto medio, lo que debería incluir segmentar esos asuntos: no es lo mismo un asunto de familia (divorcio), que un despido, o que un ordinario civil o que un procedimiento administrativo de extranjería.

c) las horas (tiempo) de tareas burocráticas asociadas al turno de oficio, rellenar documentación, buscar la justificación, acreditación, etc.

d) retraso en el cobro. Desde que se inicia un procedimiento hasta su cobro (dependiendo de cada territorio aquí también tendremos que tener diferencias) pasa un tiempo que también ha de ser traducido en una contraprestación económica, pues lo que se está haciendo es financiar un servicio a la administración.

Así, que seguro dejandome algún extremo a evaluar, pues yo no soy quien tiene la responsabilidad de negociar estas cosas nos saldría una fórmula tal que así:

Costes hora + precio hora + financiación por retraso

Siendo las horas como digo, estudiadas previamente y segmentadas en una clasificación de asuntos y sumadas a las de tareas burocráticas.

Y luego solo queda determinar lo que entendemos por un precio hora digno, precio hora que a la hora de fijarse tendrá que tener en cuenta aspectos como el valor del trabajo que desempeñamos, nuestro conocimiento y profesionalidad, la responsabilidad inherente, etc. Que entiendo que no ha de ser el precio de mercado y que se puede ser flexible en esto. Y aplicando ese precio hora a la ecuación anterior tendremos una referencia de baremos a negociar.

Luego se les dice a los abogados, mire, usted va a cobrar a este precio neto / hora. Y luego ya cada cual, libremente y por su motivación y circunstancias decidirá integrar el turno o no integrarlo, pero habida cuenta que hay lugares donde hay compañeros que están prestando el turno obligados (sí, obligados) y que desde el Consejo General de la Abogacía Española se aplaudió con las orejas (yo creo que el día que se tire un cuesco el ministro la ovación será de órdago) la reforma de la ley de justicia gratuita que supone que legalmente estamos obligados a prestarlo, por lo menos que se haga con retribuciones dignas.

Y es que además, en una negociación si tú explicas de donde te sacas los números que pides, es más fácil obtener una respuesta positiva, que todo hay que decirlo.

Y ojo, que puedo estar equivocado y que haya sistemas mejores para la determinación de esos objetivos de negociación, pero por lo visto o aprendido parece que suelen reducirse esas negociaciones a objetivos de incremento porcentual, con lo que vuelvo a lo que decía al inicio. Si incrementas porcentualmente una mierda, lo que acabas teniendo es una mierda más grande.



El post está escrito desde la crítica (que tanto molesta y sus consecuencias tiene para este humilde autor del blog, pues es más fácil cargar hacia abajo que hacia arriba), pero desde la crítica constructiva a ver si sirve para mejorar el sistema y las negociaciones

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