domingo, 30 de julio de 2017

EL PROBLEMA DE LEXNET

Lexnet se ha hecho viral estos días. Por alguna extraña razón, un sistema que estamos sufriendo la mayoría de los abogados (luego explicaré el por qué no todos, que no deja de ser otra parte del problema) desde enero de 2016 y los procuradores unos años más, ha llegado a ser conocido por mucha más gente que no se dedica a la práctica del Derecho.

La detección de un fallo de seguridad en el mismo fue difundida por medios de conunicación y de este modo se tomó conciencia de una parte del problema de lexnet, dado que el problema de Lexnet en sí no es otro que su existencia tal y como ha sido concebido. Algo, que no todos acaban de entender.

Un mes después del comienzo de su uso obligado para los abogados escribí esta entrada donde ya recogía desde la práctica CATORCE sinsentidos de lexnet, no solo no se han solucionado los mismos sino que de ese tiempo a esta parte podría añadir alguno más a la lista. No parece lógico que año y medio después y habiendo enterrado una millonada de euros, dichos problemas persistan, de ahí que el problema es, insisto, de concepto y diseño.

Voy a tratar de resumir algunas cuestiones:

* El sistema falla más que una escopeta de feria, lo cual si fuera una escopeta de feria tira que te va, habrás palmado tres euros. Pero estamos hablando del ejercicio de derechos. De este modo, un ciiudadano puede ser expulsado porque por fallos del sistema no se haya podido presentar a tiempo una medida cautelarisima urgente esa misma mañana.
* El problema de seguridad detectado (era fácil que un usuario pudiera acceder al buzon de otro usuario y de este modo tener conocimiento de la información de los autos judiciales allí existente o incluso suplantar y actuar por el otro) ya se detectó accidentalmente al principio del uso de lexnet. Hubo abogados que accidentalmente y sin saber cómo, accedían a otros buzones. Si esto se sabía y si era tan fácil de detectar, ¿como es que nadie lo detectó y si nadie lo detectó a nadie le importó?
* La brecha de seguridad y por tanto el diseño de Lexnet afecta a aspectos claves de los procesos judiciales y del ejercicio de la abogacía. A saber, entre otros: atenta contra  la privacidad e intimidad de las personas (cualquier usuario puede acceder a esa información de manera indebida) y sobre todo atenta al secreto profesional.
* En mi opinión, como profesionales, no podemos tener términos medios con estas cuestiones que afectan a esos principios del proceso y del ejercicio profesional. Debemos exigir siempre un sistema seguro. No un sistema un poquito seguro, o un poquito mejor que el anterior. No caben términos medios. Y esta es mi discrepancia esencial (entre la pluralidad de las mismas) con la que parece ser la posición del Consejo General de la Abogacía Española.
* El deficiente funcionamiento del sistema se hace evidente cuando detectada la brecha de seguridad se manifiesta que se ha arreglado en pocas horas el jueves, para al día siguiente (viernes) hacer una parada como no se había producido nunca en el momento en que mayor colapso y perjuicio se podía ocasionar a los usuarios. ¿Se debe esta anormal paralización en tiempo, horas en que se produce e inmediatez de la misma con el interés que pareció despertarse en grupos de hackers tras la difusión por medios de comunicación el jueves?
* Un sistema que ha costado más de siete millones de euros, podría estar asociado a la ejecución del sistema con lo que en el sector informático se denominan "cárnicas" mediante subcontrataciones continuas. Una forma más de corrupción y del llamado capitalismo de amiguetes. Como ciudadano pido a los partidos políticos que investiguen las contrataciones y adjudicaciones de Lexnet.
* Me sorprende también que parezca que se quiere minimizar el problema de seguridad hablando de que al fin y al cabo es seguro pues el error de seguridad no puede ser usado por terceros sino por usuarios. ¿Acaso nadie ha pensado en la pluralidad y controversia de intereses de los usuarios? ¿Cómo podemos aceptar como abogados que exista la posibilidad (como parece evidenciarse del error detectado sin que se haya hecho una auditoría que descarte este riesgo) de que un usuario policía pueda acceder a los escritos pidiendo prueba del abogado defensor o al resultado de la citada prueba?
* El sistema ha recibido críticas de todo tipo de usuarios: jueces, secretarios judiciales, funcionarios, abogados, procuradores (de base) y hace unos meses la propia Fiscal General del Estado pidió su inmediata paralización. Si todos los usuarios reproducen las mismas quejas, ¿por qué no se paraliza de inmediato?
* ¿que tipo de proyecto de digitalización de la justicia implica que Lexnet no se use en todo el territorio español?
* Por último y aunque no menos importante, se ha denunciado que el hecho de que Lexnet dependa del ministerio de Justicia y no del Consejo General del Poder judicial atenta contra la independencia del poder judicial. Es cierto, que la división de poderes está en estado crítico en la democracia española y es bastante endeble (poco cotrol parlamentario del ejecutivo y CGPJ politizado en la elección de sus miembros) pero es preciso tener en cuenta y reflexionar, no solo como el Gobierno vía lexnet tiene fácil acceso a todos los procedimientos judiciales sino lo que es menos visible pero más importante, la minería de datos que genera todo ese sistema. Falta una adecuada reflexión sobre esta cuestión.

Hasta aquí una entrada que solo sirve hacer un resumen y centrar el problema de Lexnet.

Respecto a lo que pase mañana, creo que el Ministerio tenía un importante dilema que resolver, las deficiencias no han sido subsanadas (insisto que en mi opinión son estructurales) y ahora la atención mediática hace que no sea tan fácil pasar de puntillas con parches y que solo se quejen los usuarios y no hacerles caso. Si mañana se prorroga la suspensión se evidenciará que el problema es grave y habrá una masa enfurecida de procuradores (mientras el sistema de presentación sigue suspendido los plazos procesales no), mientras que abrir el sistema´sin solucionar los problemas de seguridad habiendo pirañas (crackers) atentos es una decisión muy arriesgada (¿se imaginan un #CatalaLeaks difundiendose jugosos documentos de procedimientos judiciales mediáticos?).


Procuradores el lunes si Lexnet no funciona



Naturalmente lo anterior, son mis conjeturas desde mi intuición. Mañana saldremos de dudas y veremos  el tipo de Ministro que es Rafael Catalá.

Algunas noticias de estos días:



Y aquí un post que explica técnicamente de manera completa y entendible el problema de seguridad de Lexnet, por el amigo Sergio Carrasco


martes, 18 de julio de 2017

¿ESTAMOS ANTE EL PRIMER CASO DE COMMODITY JUDICIAL?

El debate sobre los commodities en los servicios jurídicos no es nuevo. Aquí enlazo una entrada de hace tres años donde se recoge el mismo relacionado con el denominado low cost y la automatización de procesos.

¿Qué es un servicio jurídico commodity? Aquel que se refiere a un servicio genérico y estandarizado con inapreciables diferencias entre ellos y donde no se busca un valor añadido.

De unos meses a esta parte muchos abogados y otros profesionales del derecho nos hemos mostrado contrarios a la creación de unos juzgados especializados en cláusulas abusivas bancarias. Los motivos para su crítica con variados y coincidentes entendiendo que es un sistema innecesario, que va a generar (ya se ha producido en el primer mes de funcionamiento) un colapso y que además es un sistema perjudicial para el consumidor. En esta entrada resumo el por qué pienso esto y hay otros blogs con argumentaciones parecidas.

Esta semana reflexionaba desde una perspectiva distinta y creo que efectivamente estamos ante la primera experiencia de commodity judicial y voy a explicar por qué:

- Se han "creado" juzgados provinciales, uno por cada provincia. Esto reduce el número de juzgados a 51 (si no me equivoco). Un número sensiblemente inferior al total de juzgados de primera instancia con competencias civiles que hay en todo el territorio español.

- Los nuevos juzgados no son tales, sino que a juzgados ya existentes se han adscrito jueces en prácticas recién salidos de la escuela judicial. Con todo el respeto a los mismos, su valor añadido es inferior al de jueces con más años de experiencia

- Los citados jueces en prácticas han recibido un curso homogeneizador de criterios por parte del Consejo General del Poder Judicial, lo cual elimina o suprime las diferencias entre ellos.

- Los jueces en prácticas están en un periodo que es sujeto a evaluación con lo cual se reducen las probabilidades de que un juez que se sabe pendiente de una evaluación por quien le ha sugerido unos criterios homogeneizadores se separe de los mismos.

- Se van a ventilar numerosos procedimientos que corren el riesgo de ser entendidos como muy similares y caer en la tentación de respuestas cuasi automatizadas a los mismos (según información del Tribunal Superior de Justicia de Valencia el juzgado de Valencia encargado de estos temas va a celebrar 60 juicios a la semana).


Con lo anterior podemos hablar de un servicio estandarizado, no diferenciado y de escaso valor añadido, con lo que en mi opinión estariamos ante el primer commodity judicial en nuestro país.

La pregunta que lanzo a continuación es ¿es este el tipo de administracion de justicia que queremos en nuestro país? ¿estamos ante un modelo escalable y trasladable a otras materias o casos? ¿nos acerca a un sistema de resolución automatizada en los juzgados?

¿Qué opinas?

domingo, 2 de julio de 2017

RETOS LEGALES DE LA ECONOMIA COLABORATIVA

Para la Comisión de la Unión Europea hay cinco cuestiones claves para la economía colaborativa la cual es vista con buenos ojos como economia innovadora y por lo tanto como esperanza de que genere efectos positivos:


  1. Que haya las menores limitaciones de acceso posible, refiriendose a licencias y autorizaciones. Esto nos puede recordar alguna de las batallas actuales en el sector del trasponrte como la existente entre taxis y Uber y Cabify
  2. Responsabilidad de las plataformas colaborativas por los servicios prestados.
  3. Protección de los consumidores
  4. El marco de las relaciones laborales. ¿cuando hay una relación laboral y cuando una comercial? En el ámbito de la Unión Europea esto compete a las legislaciones nacionales.
  5. Fiscalidad

Cualquier proyecto empresarial que se incardine en este sector (startups) debe contar con un preciso asesoramiento legal que atienda especialmente a estos factores. No es algo exclusivo de las startups, todo proyecto empresarial debe contar con un adecuado asesoramiento legal, pero en este caso en particular y dadas las controversias que surgen en la actualidad y rechazos por parte de algunos sectores donde se compite, es de mayor importancia. También porque un erróneo enfoque legal afectará a los núneros del proyecto, a su presupuesto, si no hemos tenido en cuenta los costes y las inversiones necesarias para cumplir con la legalidad existente

Observo un importante conflicto en la actualidad entre unos modelos de negocio diseñados sin la intención de cumplir el marco legal (o con un mal o inexistente asesoramiento al respecto), así por ejemplo negocios que son intermediación pero que la realmente la relación que tienen con sus dependientes no es comercial sino laboral pues su forma de relacionarse denota todos los caracteres de una relación laboral (como las obligaciones inherentes salariales, seguridad social, etc.) junto a nuna normativa que muy probablemente debe ser adaptada a estos nueva realidad de negocio y que se traduce en una idea equivocada de que no hay una legalidad aplicable. La legalidad existe, otra cosa es que esos modelos de negocio la incumplan o que si la cumplen no sean rentables, caso este último en el que la culpa es de quien diseña el negocio no de la legalidad. 

Se eleva alguna voz pretendiendo eliminar o dejar al margen a estos nuevos modelos de las obligaciones legales que existen para el resto de las empresas con la excusa de su carácter emergente, o de la necesidad de que sean rentables. Como digo una cosa es que muy probablemente haya que adaptar la normativa (por ejemplo la normativa deontologica sobre captación de clientes por abogados y los marketplaces que están surgiendo) pues es conveniente qeu se trata de una normativa agil y que facilite y no obstruya (y eso es lo que pide la Comision Europea) y otra muy distinta es que esas reformas legales pasen por la privación o reducción de derechos de las partes más débiles de la ecuación: consumidores y prestadores de servicios (trabajadores) de esas plataformas.

Cuanto antes se inicie este proceso de adaptación mucho mejor para todos y sobre todo acompañado de los efectivos medios para cumplir y hacer cumplir la ley también para generar en los usuarios la idea e impresión de que existe una normativa que hay que cumplir (no considero nada positivo que en un sector se extienda la idea de que no hay normas o normativa y se puede hacer lo que se quiera).

Estamos a tiempo, pues parece que en la actualidad ni siquiera podemos hablar de una economía colaborativa como tal (como ya escribía en este blog hace dos años) siendo los modelos más importantes que vemos servicios de intermediación (vease el conflicto actual con deliveroo) que poco arriesgan y mucho aprietan y que pretenden tener una posición tan etérea que les haga no ser responsables de nada.


TURNO DE VICIO

Entre algunas de las razones por las que me mantengo en el turno de oficio (un servicio no valorado ni por la administración, ni por los colegios para quienes lo prestamos, ni muchas veces por los propios usuarios del mismo) es porque es una ventana (sobre todo las guardias de asistencia al detenido) de acceso y contacto a una parte de la realidad social que pasaría desapercibida en nuestras vidas de no ser por ese contacto y que es absolutamente desconocida para la generalidad de nosotros.

Estamos acostumbrados a pensar que la realidad es la que conocemos en nuestro entorno y donde nos movemos y desde luego es un pensamiento cómodo, pues conocer otras situaciones desgraciadas debería suponernos una al menos pequeña incomodidad si no somos unos sociopatas.

En el caso de las guardias de asistencia al detenido se acrecienta ese contacto y se siente con mayor intensidad los efectos de esa adicción en sentirse abogado (o como matizaba ayer en una conversación, a sentir una manera de ser abogado, pues hay muchas maneras distintas).

En una guardia te topas con personas con notables dificultades sociales y falta de recursos al respecto, con situaciones que superan a las familiar como hijos con serios problemas mentales y de conducta y madres desesperadas que creen que poner una denuncia les va a ayudar, desconocedoras de que el sistema penal no ayuda sino que sanciona y que no salvo en situaciones muy excepcionales no se producen internamientos psiquiátricos.

Te topas también con un sistema impersonalizado y muy automatizado, donde son pocos los resquicios para la visión personal del caso concreto. Policías que no quieren ver más allá de hacer un atestado y poner al detenido a disposición judicial. Juzgados que quieren despachar a los detenidos cuanto antes. Medidas de alejamiento que se adoptan sin mayor reflexión que el hecho de vamos a acordarla por si acaso no vaya a ser que pase algo y salgamos en los periódicos.

Así se da la paradoja de que actualmente en mi ciudad una buena medida, pasar los detenidos a disposición judicial también por las tardes y de este modo reducir el tiempo de detención de los detenidos, está generando molestias en los juzgados de guardia por la carga de trabajo que supone por las tardes. En vez de ver lo positivo de cumplir con el mandato constitucional de que la detención dure el mínimo tiempo imprescindible. 

Y mientras vas de puesto de guardia civil a otra comisaría, al juzgado, a otra comisaría y así sucesivamente, viendo como se alargan tus teóricas e infrapagadas 24 horas de guardia ves como es fácil que te dejes atrapar por esa rueda, que pienses que solo acabe cuanto antes, que seas una pieza más de esa gigantesca picadora de carne, que en unos días te olvidarás de la problemática de real más allá del asunto de la dentención, pues tu trabajo se limita a evitar que el sistema penal los machaque o a minimizar los daños.

Y que toda esa mierda seguirá fuera de tu vista hasta la próxima guardia. Y que seguirás en tu tdía a día con esas cosas que para ti son tan importantes.