jueves, 10 de mayo de 2012

LA GESTION TERRITORIAL DEL TURNO DE OFICIO

Lo que hace unos días hablabamos unos compañeros se va perfilando en el horizonte. Parece ser pretensión del Ministro de Justicia Gallardon el que las competencias relacionadas con el turno de oficio volvieran al Ministerio y fueran abandonadas por las Comunidades Autonomas. Hoy aparece una noticia que así lo indica. Pero algunas cosas que aparecen en dicha noticia, y que al parecer reflejan lo que piensa la administración, estan desvirtuadas y no se acomodan a la realidad.

En primer lugar, no me gusta que se asocien palabras como "abusos" y "fraude" al servicio del turno de oficio. ¿a qué se están refiriendo? No deja de ser la misma estrategia tantas veces vista y conocida por repetida, de desprestigiar un determinado servicio para justificar cualquier aberrante medida sobre él. Y no por no ser conocida y repetida no deja de surtir efecto en una masa social que se caracteriza por la ausencia de pensamiento crítico y por no analizar lo que se le dice.

Desde luego no hay abusos ni fraude por parte de los letrados del turno, que somos los financiadores directos e indirectos del sistema. Ponemos los medios, el esfuerzo, el trabajo, adelantamos gastos para percibir una mísera indemnización mucho tiempo después. Llama la atención que la noticia tenga poco rigor, y se exprese que los letrados del turno cobramos por "cada trámite judicial", lo cual es falso en mayor medida cuando hay numerosos trámites o intervenciones, por las cuales no se cobra cantidad alguna.

Tampoco hay fraude en el solicitante. El nivel de exigencia documental, la cantidad de requisitos que han de acreditar para ver si se superan los mínimos de renta establecidos, así como otras cuestiones, elimina de raiz el poder hablar de fraudes en los mismos. Quien ve la solicitud denegada está obligado al pago de la intervencion de los profesionales. Y si no paga, no genera fraude alguno a la Administración, si no a abogado y procurador en su caso que han intervenido con toda su profesionalidad.

Se disfraza la perdida competencial de una pretendida unificación de la gestion del sistema. ¿que gestión? la económica sin duda, mientras se habla de un nuevo modelo que evite abusos, nuevamente. Sin pudor alguno se lanza la idea de eliminar la intervención letrada de oficio en determinados asuntos que consideran de poca importancia, por lo que remito a lo que ya he dicho en otras entradas de este blog (aqui, aqui y aquí). Nada se concreta, no veo propuestas de mejora de la eficiencia, ni de eficacia. Y lo más importante, como tantas otras veces, no preguntan a quienes tantas mejoras podriamos aportar, los letrados del turno. Como efecto positivo se podrían igualar las retribuciones de todos los letrados, pero ya sabemos como se hará, ¿verdad? a la baja. Más aún.

No nos engañemos, alejar la administración de la prestación del servicio, en mi opinión, es un error. Tenemos un claro ejemplo en Aragón con la propuesta de modificación de los partidos judiciales, efectuada desde el desconocimiento de la realidad geográfica de la Comunidad. Podremos defender mejor nuestros derechos colectivos (si es que alguna vez nos da por defenderlos) si quien toma la decisiones está cerca, y no está en Madrid.

Casualmente, andamos algunos letrados del turno de oficio en Zaragoza preocupados por la previsible situación en la cual no se paguen las indemnizaciones de aquellos expedientes que sean rechazados por la administración. Esto supondría que un importante porcentaje de asuntos no fueran pagados, viendose obligado el letrado a realizar su intervención profesional sin garantía de cobro alguno. En vez de articular sistemas adecuados por los cuales aquellas personas que no tengan derecho a la justicia gratuita sufraguen la intervención profesional, la administración parece optar por la solución más facil, no pagar la indemnización y dejar literalmente sobre las espaldas de los letrados el coste de tal intervención. Como si no cargaramos ya con pocas cosas.

Muchos compañeros hablan de renuncias y al parecer ya se han producido en algun sitio, pero olvidan los compañeros la literalidad de la ley de justicia gratuita que en su artículo 22 establece la obligación de los Colegios de garantizar la prestación continuada. En resumen, que estamos obligados a prestarlo sin garantía de cobro alguno, o aunque no se nos pague.

Efectivamente hay que cambiar el modelo, pero no a peor. Si no a mejor. Y ya estamos tardando en dar respuesta colectiva. Nuevamente.


No hay comentarios:

Publicar un comentario