domingo, 2 de febrero de 2014

¿DONDE VAS, MINISTERIO FISCAL?

Las relaciones entre abogados, jueces, fiscales y otros de los denominados "operadores juridicos" suelen tener sus fricciones. Las mismas se sustentan sobre la falta de empatía entre los mismos, dicho de otro modo, no solemos ponernos en la piel y situación de los otros profesionales con los que intervenimos. He de decir que como ampliación a lo que escribí en su día sobre aspectos positivos del uso de tuiter aquí el uso de esa red social me ha servido para interrelacionarme de otra manera con jueces y fiscales que por allí transitan, mejorar mi empatía con ellos, y entenderlos mejor. Algo que considero positivo.

Entre esas personas con las que tengo el gusto de relacionarme está el Sr. Frago. Un caso exclusivo. El único fiscal expulsado de la carrera en toda la historia de este régimen que hay quien llama democrático. Expulsión anulada por la Audiencia Nacional por dos razones esenciales. La primera que a juicio de la Audiencia Nacional el fiscal Sr. Frago no cometió las sanciones por las cuales se le sanciona. La segunda que el procedimiento seguido contra él se ha seguido generandole indefensión.

Puedes leer la sentencia aqui

Como el Sr. Frago me cae bien y además considero que es un excelente profesional (y para ello no hay más que ver la calidad de su blog de derecho penal En ocasiones veo reos); y para evitar que se diga que lo que aquí escribo es subjetivo, voy a acudir a lo que en derecho penal, y por tanto también extensivo al derecho sancionador, se llama prueba indiciaria, según la cual cogeremos una serie de elementos aislados, indicios, que unidos en una apreciación lógica nos llevará a una conclusión. La apreciación lógica y la conclusión la dejo para el lector. al que considero suficientemente inteligente.

Si partimos del hecho de que ha sido el único sancionado con expulsión de la carrera en 35 años, la mayoría de la gente acudirá al prejuicio de pensar que algo habrá hecho. Yo como primer elemento indiciario querría señalar precisamente este, el hecho de que es el único en todo este tiempo. ¿Acaso la Fiscalía es un reducto de próceres y virtuosos funcionarios sin mácula alguna? ¿en todo este tiempo ningún otro Fiscal ha realizado comportamientos que merezcan tal sanción? Porque jueces ha habido unos cuantos expulsados solo en los últimos años.

Segundo dato objetivo. La sentencia que anula la sanción y expresa sin género de dudas que no se han cometido los hechos por los que es sancionado.

Suficientes elementos indiciarios, a pesar de ser solo dos, para dejar la reflexión en la mente del lector.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece unas obligaciones y funciones esenciales para los miembros del mismo, de respeto y defensa de la legalidad y de los derechos constitucionales y fundamentales. Por eso es mucho más grave que los mismos, y sobre todo en el ejercicio de sus funciones, no respeten los mismos, que si lo hace cualquier otro ciudadano.

Actualmente los fiscales están en medio de un proceso electoral para elegir a sus representantes al Consejo Fiscal, el mismo órgano que se pasó por la entrepierna en el caso Frago los derechos por los que deben velar. Y claro, el caso Frago es reciente y escuece. Lean este comunicado de la Asociación de Fiscales que a mi personalmente me parece repugnante. Lo pueden leer aquí pero extracto lo particular en relación a este caso.

Somos conscientes de que el informe favorable emitido por el Consejo Fiscal para la separación de la carrera de un compañero en el marco de un expediente disciplinario ha sido objeto de mucha controversia. Desde el respeto que merecen todas las resoluciones judiciales, no podemos compartir una decisión que supone desconocer algunos principios básicos del funcionamiento del Ministerio Fiscal. En todo caso, la sentencia deja claro que no se ha producido indefensión material alguna en la tramitación del expediente, y que la actuación del Consejo fue ajustada a la normativa vigente. Lamentablemente, el carácter reservado de esta materia nos impide ofrecer más información sobre los hechos que se nos sometieron a nuestra consideración y que eran verdaderamente insólitos. Nosotros mantendremos ese compromiso de confidencialidad, aunque ello nos impida rebatir las insidias que se han transmitido por algunos que actúan como “pescadores en río revuelto”

Lo primero que sorprende es esa nueva aplicación del "sostenella y no enmendalla" ante una grave situación de vulneración de derechos como se produjo en este expediente. Es cierto que el Derecho admite discrepancias, pero veamos la literalidad de la sentencia donde a sensu contrario se expresa que SI QUE HA HABIDO INDEFENSION al recoger que se ha infringido el artículo 25 de la Constitución.

"Aunque ello es suficiente para estimar el presente recurso, debe hacerse referencia a una infracción de procedimiento que, dada la vulneración del artículo 25 de la Constitución Española cometida por la resolución recurrida, no deja de tener una trascendencia en el derecho fundamental del recurrente a no sufrir indefensión. Nos referimos a la intervención del Ministerio Fiscal en el procedimiento
administrativo disciplinario de que fue objeto el recurrente".

Pero lo que verdaderamente me epata es el inciso final, cuando estos "señores" indican que hay otros hechos que les generaron escándalo pero de los que no pueden hablar por respetar la confidencialidad.

A mi esto me recuerda a esos corros de viejas de los pueblos malmetiendo y generando infamias. Mira, no te lo puedo contar, pero como te lo contara, es que no te puedes imaginar. Y ala. A imaginar. Lo peor claro. Desde la más profunda cobardía del que no tiene honestidad ni valor para decir las cosas y afrontar las consecuencias.

Dicen en el comunicado que el carácter reservado impide ofrecer más información sobre los hechos. Voy a a tratar de explicar esta barbaridad. En derecho sancionador se examinan unos hechos que son recogidos en el acuerdo de iniciación para el conocimiento del expedientado y para que pueda proponer prueba sobre ellos. Y finaliza con una resolución en la que se recogen unos hechos, se expresa que infracciones suponen y la sanción impuesta. Es decir, que esos hechos son de CONOCIMIENTO PUBLICO y no secretos. Y tan públicos son que están en la propia sentencia.

Ahora estos "señores" para justificarse vienen a decir que menudo elemento el Sr. Frago, que vale, que lo sancionaron por unas cosas, pero es que había otras que no lo pueden contar, pero ya sabes, sacrificaba al primogénito de los vecinos y volaba en escoba los días de luna llena. Pero que no lo pueden contar.

Es decir, que lo que se entiende de ese comunicado, es que a la hora de sancionar al Sr. Frago parece ser que tuvieron en consideración otros hechos, que no están en el expediente y por eso no nos pueden contar. Unas acusaciones sobre las cuales el Sr. Frago, como NO ERAN PARTE FORMAL DEL EXPEDIENTE no conocería ni se pudo defender. Unos hechos distintos a los que fue sancionado pero por lo que parece, pesaron en la decisión de sancionarlo y en la sanción que le pusieron. Lo que en Derecho se llama "desviación de poder". ¿Es esto lo que nos quieren decir los fiscales que han firmado ese comunicado?

No voy a hablar de la "inteligencia" que indica dejar por escrito en ese comunicado lo que han puesto. Ni de la desvergüenza propia de quien se lanza al terreno de generar incertidumbres y suposiciones. Hay cosas peores. Si lo que se trasluce detrás de esas palabras, no digo que lo haya, es una desviación de poder, la cuestión es tan grave que incluso debería analizarse si lo ocurrido es una prevaricación.

Y no olvidemos que estos señores han estado en el Consejo Fiscal.

Como decía al principio, a través de la interrelación en tuiter había mejorado mi apreciación con respecto al Ministerio Fiscal, al tratar con, no los voy a nombrar, fiscales esforzados, tratando de hacer su labor con pocos medios, sin ser escuchados por sus superiores, dedicando muchas horas a un trabajo en el que creen y que tratan de realizar con la mayor calidad al margen de cuestiones políticas internas.

Sin embargo, observar  personajes como los firmantes de ese comunicado, que validan una España negra de la delación, el rumor y la insidia, de la caza de brujas y de la Inquisición; y pensar que son ellos quienes puedan regir los destinos de una institución fundamental para velar por los derechos fundamentales, solo generan la denigración de la consideración que tengo hacia el Ministerio Fiscal.

Y ganas de vomitar.

1 comentario:

  1. Hola, no me extenderé mucho.
    Al parecer los garantes del derecho conculcan derechos.
    Al parecer los garantes del derecho emiten comunicados tendenciosos desprestigiando a quién ha ganando utilizando las armas del estado de Derecho en el lugar adecuado.
    Reflexión, si eso se lo hacen a un compañero, què nos podrían hacer al resto?

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