jueves, 20 de febrero de 2014

LIBROS JURIDICOS

Aviso a navegantes: voy a tratar el tema desde una perspectiva polémica o cuando menos minoritaria; y ello en un momento de cierta inestabilidad emocional. Ello genera el peligro de acabar enfadando a medio patio jurídico de los que andan por la blogosfera, tuiter y otros sitios 2.0.

Como decía en esta otra entrada del blog, me gusta debatir con otros amigos tuiteros algunas cuestiones que rodean nuestra profesión. Así, sé de auténticos amantes de libros jurídicos como @luisabeledo o @apariciosan (que buscan constantemente mejorar su bibilioteca particular) y con los que discrepo habitualmente de esta cuestión.

Dios o el hombre espacial (elijan a su gusto) me libre de expresar que los libros, o el papel en general (revistas, artículos, etc.), no sirven para nada. A los jurídicos me refiero. Me gusta leer y tengo libros de todo tipo para todo tipo de ocasiones, incluso algunos específicos para cuando estoy defecando y que son del nivel de lo que expulso.

De hecho soy asiduo lector de blogs jurídicos, que si bien no son papel, sí que comparten el dejar reflexiones de carácter jurídico al alcance de lectores. Y me sirven para aprender. Por eso lo hago.

¿Donde está el debate pues? Mi opinión a diferencia de la expresada por ejemplo en el blog de Luis Abeledo es la mayor o menor utilidad práctica que les confiero a la mayoría de los libros en el desarrollo de mi actividad como profesional. La utilidad que les otorgo es poca o prácticamente nula, por las razones que voy a expresar.

A modo introductorio recomiendo la lectura de esta entrada del blog de Jesus Alfaro, aunque la misma se circunscriba a un tipo muy concreto de publicaciones jurídicas.

Cuando como abogados nos enfrentamos a un tema nuevo, o mejor dicho, cuando me enfrento a un tema nuevo sigo el siguiente proceso tras el análisis jurídico del mismo y la determinación de los objetivos y estrategias a seguir:

1. La experiencia. Afronto la cuestión desde el conocimiento previo que me otorga mi experiencia profesional.

2. Jurisprudencia. Hago un estudio jurisprudencial de la cuestión. No me limito a la búsqueda de sentencias favorables. Quiero leer también las desfarovables. Estoy atento tanto a la posición judicial en la materia como a cómo se han planteado los casos, qué estrategias han resultado satisfactorias y cuales erróneas. Cual ha sido la posición de cada una de las partes. Qué prueba se ha utilizado.

Cuando después de dicho examen encuentro lagunas o aspectos que entiendo que preciso consolidar, es cuando acudo a la biblioteca. Propia (limitada) o la del Colegio de Abogados. Esto conduce a que cuando acudo al "papel" jurídico lo hago en relación a cuestiones muy concretas que por su particularidad o especialidad no he logrado satisfacer mi conocimiento de otro modo.

También puede ocurrir que me enfrente a un reto nuevo del que no tengo un gran conocimiento y precise una visión global de conjunto. En cuyo caso acudiré directamente a la ayuda de un libro.

Mi experiencia como indico ha sido poco satisfactoria en el uso de los mismos.

* Excesiva dogmática. Y por lo tanto poca resolución práctica. Muchos libros jurídicos rebosan aquellas dogmáticas con las que nos saturaban en la Facultad, posiciones de un catedrático y de otro. Grandes disquisiciones sobre la naturaleza jurídica, etc.; las cuales de poco ayudan en el enfoque del caso concreto. Salvo excepciones. 

* Tesis doctorales. La mayoría de los libros que han caído en mis manos derivan de tesis doctorales. ¿De que me sirven a mi páginas y páginas introductorias sobre el derecho comparado, lo que hace alemania, la institucion moldava del siglo xv, etc.?

* Autores. No suelen estar escritos por abogados. Sin que ello suponga un demérito para otro tipo de autores, probablemente de mayor sabiduría y conocimientos jurídicos, todo deriva en el mismo déficit que señalo reiteradamente. La falta de enfoque práctico.

* información que puedo encontrar por otros medios. En un libro no quiero encontrar una recopilación de sentencias, pues es algo que puedo hacer con una base de datos. Para tener un fast food ya tenemos los mementos que nos pueden servir para adornar debidamente una demanda o para una primer aproximación rápida a una determinada cuestión, cuando no tenemos tiempo para la debida profundización.


La triste realidad es que ha sido excepcional la vez en que acudiendo con una muy concreta duda sobre una cuestión jurídica, ha habido un libro que me la haya sabido resolver. ¿Reproducen los libros jurídicos unos enfoques de tiempos pretéritos que actualmente han sido superados en la sociedad de la información?

Insisto, para todos esos que han llegado hasta aquí con los ojos desorbitados, que ya fueron avisados. Que si es lector habitual de este blog sabe que lo que encontrará en lógica son posiciones poco comunes (un amigo abogado dice que soy un estrafalario). Y que por ahí arriba he centrado el enfoque, el uso como abogado para mi ejercicio como abogado.

Si por ejemplo quiero hacer un examen prolijo de una cuestión, escribir un libro sobre el mismo, etc., muchos de esos libros que descarto quizás tengan una mayor utilidad. Pero no es lo habitual en el ejercicio de la abogacía, donde como indicaba anteriormente, necesitamos aclarar una duda que no hemos resuelto de otra manera o con otro tipo de estudios o desde nuestra propia experiencia. O que afrontando un tema o sector nuevo, necesitamos una visión global, comprensiva y digerible de los conceptos jurídicos que para nosotros son novedosos. Al fin y al cabo tenemos una licenciatura, y una menor o mayor base jurídica. ya hemos estudiado la naturaleza jurídica, las instituciones y todos esos conceptos farragosos. Ya hable aqui de la diferencia entre lo enseñado en la universidad y la práctica.

Donde sí que he encontrado utilidad es en los artículos jurídicos. Por que por definición suelen acercarse a cuestiones más concretas o problemáticas que nos encontramos en la práctica y suelen ser escritos por autores que se han encontrado con ellos, y fruto dela reflexión y el estudio a que dichos problemas les sometieron. Aunque algunos pecan de lo expresado para los hermanos mayores.

Quizás por eso como digo, me gustan, sigo y leo, los blogs jurídicos

3 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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    1. Muchas gracias a ti. Si sigues mis consejos tus lectores lo agradeceran :)

      Y mandales un libro a Emilio Aparicio y a Luis Abeledo de mi parte :)

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    2. Bueno, solo a Emilio Aparicio que Luis Abeledo no ha hecho RT :)

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