martes, 6 de octubre de 2015

GRAVE DIARREA LEGISLATIVA EN EL BOE

Llevamos una larga temporada sufriendo una inconcebible práctica legislativa por el actual gobierno. Si durante los últimos años sufrimos el abuso del uso de los decretos leyes aprobados en consejo de ministros del viernes y publicados en el BOE en el sábado, en estos últimos meses se ha producido cual carga de caballería clásica un arreón legislativo de poco tino y menos sentido. Es tal el aluvión de reformas que la inmensa mayoría de los juristas con los que tengo trato manifiestan sentirse superados. Respecto al abuso de los decretos leyes no lo digo solo yo, sino incluso un tribunal notablemente politizado y en caída libre de desprestigio como el Tribunal Constitucional lo indica en su reciente sentencia sobre la privatización del registro civil por este medio. No solo eso, tras esta sentencia el BOE del pasado sábado publicaba un decreto - ley que regulaba las comisiones de los cajeros bancarios. Para quien no es jurista debo recordar que el decreto ley hurta la capacidad legislativa al Parlamento, se la arroga el gobierno y por ello solo está justificado en casos de urgente necesidad. ¿que urgente necesidad hay para regular las comisiones bancarias? Es cierto que el Parlamento como tal en el sistema de partidos actual poca labor tiene pero al menos no le quitemos a la oposición el control parlamentario en la redacción normativa.

Así llevamos días en que prácticamente día sí y día también se produce una reforma legal en el BOE. Lo grave de estas reformas no es solo su frecuencia, sino que afectan a todas las leyes. Es más. Nos podemos encontrar con que hoy se reforme la ley de enjuiciamiento civil y así se nos avise en el título pero no se nos avise que en sus disposiciones adicionales se reformen de cinco a diez leyes más, Y que la semana que viene, en la reforma de otra ley, estas cinco o diez leyes ya reformadas se vuelvan a reformar. El caos que genera y la sensación de tener un gobierno que legisla precipitadamente y sin criterio es tremendo. Los compañeros que llevan concursal han visto como han perdido la cuenta de las reformas en su materia, una de las leyes más modificadas.

Se agrava con el hecho de que la denominada vacatio legis, es decir, el plazo establecido para que una ley entre en vigor es en la práctica inexistente. Así algo racional para que de tiempo a juristas y ciudadanos de conocer la norma antes de la entrada en vigor no existe. La mayoría de dichas normas establecen su entrada en vigor al día siguiente. ¿Como vamos a leer y estudiar, entender en su conjunto y entorno normativo, una ley si entra en vigor al día siguiente? Incluso ha habido casos en los cuales se ha acordado que la ley entrara en vigor en el mismo día de su publicación en el BOE. ¿Y si se publica a las 9:00 que ocurre con las horas anteriores que son del mismo día? De locos.

¿Que clase de imagen se da de este país de cara al exterior? ¿Nos imaginamos lo que deben pensar inversores y emprendedores extranjeros? Cuando uno se plantea montar un negocio ha de realizar un análisis DAFO y entre otras cosas estudiar el marco normativo para su negocio y que seguridad le genera. Si no hay seguridad entendida como estabilidad normativa la inversión es arriesgada. 

Esta práctica que algunos ya anticipamos y avisamos sin que se nos hiciera mucho caso, obedece a una imperiosa necesidad del gobierno de aprobar todas estas reformas antes de las elecciones. Entre las reformas hay graves leyes como la conocida ley mordaza o la modificación del Código Penal. Es tal el nivel y volumen de la reforma que no alcanzo a ver en perspectiva que se busca con todo esto. Pero es indudable que esta práctica supone un atropello y abuso del ciudadano y que solo puede darse por un gobierno para quienes las personas nada suponen ni importan.

Una última nota aclaratoria. En tuiter hoy se está generando una confusión al confundir una importante reforma la de la prescripción de las acciones personales que pasa de 15 a 5 años con la prescripción de delitos en particular de delitos fiscales. La confusión entre el ámbito penal y civil deriva de tuits incorrectos y malos técnicamente, pero sobre todo de confundir la responsabilidad civil ex delicto derivada de delito con la prescripcion de los delitos. La prescripción de los delitos viene fijada en el Código Penal y no se ha reformado hoy. Pero cuando cometes un delito y generas un perjuicio hay un plazo para ejercitar y reclamar esa responsabilidad. Ese sí es el plazo que se ha reformado, pues jurisprudencialmente se entendía que era el fijado en el 1964 del Código Civil y sí ha pasado de 15 a 5 años.

Nota.- No soy el único que utiliza el término de diarrea para referirse a la producción normativa. También el abogado y profesor Luis Cazorla en su aconsejable blog sobre derecho mercantil

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