sábado, 14 de enero de 2012

LA SENTENCIA DE MARTA DEL CASTILLO: LA VALORACION DE HECHOS

La sentencia en cuestión ha tardado en ser redactada, pero la notable extensión de la misma, y sobre todo, el intenso esfuerzo de explicar el camino recorrido por el tribunal para poder desbrozar entre tanta declaración discrepante y la ausencia esencial de otros datos objetivos que pudieran ser analizados, y el más importante, la ausencia de un cadáver, justifica la tardanza.

Al reflexionar sobre ello, no he podido dejar de pensar, en el reciente debate sobre la agilización de la justicia. Creo que es un buen ejemplo de que lo importante, es tener una buenas prácticas y prefiero una sentencia que incumpla los plazos legales para su redacción si es porque el juez ha hecho un esfuerzo del calibre del realizado en esta, independientemente de que se esté o no se esté de acuerdo. Claro que igual el nuevo ministro de Justicia no opina lo mismo y prohíbe la claridad expositiva en aras de la agilidad. Vista la claridad de ideas demostrada por el mismo, todo podría ser.

La critica es previsible. ¿se hubiera hecho tal esfuerzo y se hubieran dedicado tantas páginas a explicar por qué el tribunal entiende que lo sucedido fue así, si no se tratara de una caso tan seguido mediáticamente y con tanta repercusión social? En mi opinión no. Así que lo deseable es que independientemente de lo mediático del caso, la explicación sea clara, sobre todo para el ciudadano enjuiciado.

Y es que esa es otra de las cosas que destacan de dicho esfuerzo argumentativo su claridad. Es evidente que la intención del ponente ha sido huir de farragosos párrafos, de retoricas palabras o de locuciones latinas. Interpola extractos de sentencias y lo más importante, extracta las diferentes declaraciones de los acusados y resume las de los testigos. Todo para facilitar la comprensión. He leído muchas sentencias penales. Algunas incluso más largas, como las de la Audiencia Nacional en materia de terrorismo. Las he leído profesionalmente, prestando atención a sus detalles. Y puedo decir, que nunca he leído una como esta, con dicha claridad expositiva, prácticamente diciéndole al lector cada paso seguido por el juez para llegar a una conclusión. Es lo que en la facultad nos explicaban como el silogismo jurídico. Sé que no es así, tampoco en este caso, pero casi, casi, es la primera vez que en una sentencia, veo reflejado dicho silogismo jurídico.

Y por último, con el objeto de no alargar cada entrada sobre este tema, la estrella de la “resolución” del caso. Como si fueramos detectives nos adentramos en una y otra declaración. Aquí se dijo esto. Aquí lo otro. ¿Cuál ha sido la llave maestra utilizada por el tribunal? La geolocalización de los móviles. Ha sido gracias a las lecturas posicionales de los móviles de los acusados, como el tribunal ha ido descartando las versiones que eran falsas en contraste con dicho dato objetivo y ha podido quedarse con una versión que cuadra con las mismas, hasta el punto de llegar a determinar el momento en que pudieron deshacerse del cuerpo, precisamente, por conocer a través de este sistema (y de un flujo de llamadas, todo hay que decirlo) junto a otras declaraciones contrastadas, qué tiempo pasó Carcaño en la vivienda donde se cometió el asesinato. Hasta tal punto, que inexcusablemente, ha llevado a la absolución de otros. Algunos de ellos, como el hermano del homicida deben su absolución sin duda, a los avances tecnológicos.

Como abogado, una muestra más de la importancia que debemos darle a las nuevas tecnologías, en nuestro trabajo.

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