sábado, 21 de septiembre de 2013

EL REPROCHE SOCIAL COMO COMPLEMENTO DE LAS SENTENCIAS

Una sentencia es el fin del proceso, pero pocas veces el fin de los problemas que se pretenden resolver en el mismo. Hoy me soliviantaba con la lectura de una sentencia del TSJ de Aragón por la que se imponía una condena por acoso sexual en el ambito laboral a una empresa de esta comunidad. El relato factico del comportamiento del administrador y otros para con una trabajadora es ciertamente repugnante.

Como profesional conocedor de las dificultades intrínsecas para un trabajador sometido a situaciones de acoso (sexual, mobbing, etc.) me alegro por el resultado satisfactorio para la misma al darle la razón. Tener que soportar esos comportamientos, muchas veces sin que la víctima tenga el apoyo de sus compañeros, aguantar por la inestabilidad laboral y lo que se valora tener un contrato de trabajo, decidir acudir a un juicio, contratar un profesional y por lo tanto destinar recursos económicos para ello, probar esas conductas en un juicio donde el trabajador acude en posición de desigualdad, y sobre todo tener la fuerza para llegar hasta el final.

Pero aparte del fallo condenatorio una exigua cantidad económica de 6000 euros de indemnización (en este caso) por daños morales. Que supone esto para la empresa? Poco. El dinero siempre escuece pero es difícil que más allá de ello el proceso conduzca a una reflexión de la empresa dirigida a reconocer lo incorrecto de esa conducta, modificarla o erradicarla. En este caso además uno de los despreciables acosadores es el administrador de la misma.

En muchas situaciones el proceso, como digo, resuelve poco. Falta al mismo un complemento de acción comunitaria. Como ciudadanos deberíamos ser firmes accionantes contra empresas que una vez detectada estas vergonzosas conductas no las modifiquen ni erradiquen, y tenemos el arma del boicot, de dejar de consumir. De ejercer un reproche social, hacia quienes, insisto debiendo no actúan.

No me gusta una sociedad de individuos complacientes con estas conductas. Hace años defendí los intereses de un trabajador sometido a acoso laboral. Naturalmente decidí no comprar en dicha empresa, importante de esta comunidad. Cuando conocidos míos conocían esta decisión personal y la motivación de la misma, lo habitualmente era que se sorprendieran, porque además dicha decisión me generaba incomodidad.

El acoso es repugnante, pero la complacencia y el mirar para otro lado ...

jueves, 19 de septiembre de 2013

LA PERSECUCION PENAL DE LA PIRATERIA

Me ha costado ponerle título a la entrada, y no he querido ser reiterativo y titularlo REPUGNANTES ESTRATEGIAS PENALES porque ya lo hice ayer en esta otra entrada. Pero viene a ser parecido. Mi TL de tuiter se empezaba a soliviantar con este "articulo" de Gonzalez Macho, presidente de la Academia de Cine, en el Pais, muy relacionado con esta otra noticia sobre el proyecto de modificación del Código Penal y la persecución de determinadas conductas (habrá que ver el texto definitivo) con penas de prisión.

Lo que me molesta de ese artículo es la cobardía del mismo. Bajo intolerables (por lo que esconde) eufemismos, realmente lo que se está pidiendo, en una campaña a la que se prestan también los medios de comunicación como el País, es lo que se viene a decir matar moscas con cañonazos, y acudir a la sanción penal, hablando incluso la ultima redacción del proyecto de penas de hasta seis años de prisión. Seis años de prisión que se dice pronto.

Cualquiera con conctacto con el sistema penal, sabe que este sistema no soluciona nada. El sistema penal no tiene como misión arreglar cosas o solucionar problemas. Tiene como misión castigar, amedrentar. Y lo que está haciendo la industria por boca de González Macho (eso sí con indisimulada cobardía) es en vez de afrontar su incompetencia para hacer frente a la realidad de la situación y adoptar soluciones como industria cultural, propuestas atractivas para el potencial consumidor y sobre todo novedosas; lo que hacen es pedir elevadas penas de prisión y la persecución de conductas, no lo olvidemos, con recursos públicos (la administración de justicia), en un momento en que se limita a los ciudadanos el acceso a los tribunales y el ejercicio de derechos (vea esta otra entrada entre otras muchas que he escrito en este blog).

Cuando un sector económico tiene que acudir a argumentos simplificados como el "todo gratis" para definir una situación que afecta a su sector, lo que hace es engañar y sobre todo autoengañarse, lo que es peor. Muchos usuarios de internet no estamos por el todo gratis, pero si por otros modelos de explotación y de uso. Sin embargo, el sector se enroca en una indebida protección penal que resulta además discriminatoria con otros sectores. Las cosas no se solucionan, insisto, metiendo a la gente en prisión.

La industria cultural y al fin y al cabo del entretenimiento debería leer esto otro sobre las cifras de negocio previstas para el juego GTA V y sacar conclusiones sobre precio, sobre ventas, sobre horas de entretenimiento y por qué no le afecta en igual medida la piratería.

miércoles, 18 de septiembre de 2013

REPUGNANTES ESTRATEGIAS PENALES

Una parte importante de mi labor profesional está relacionada con el ejercicio de la acusación particular en procedimientos penales. Esto implica que entiendo como una estrategia correcta la utilización de acciones penales cuando procede. Sin embargo no ha podido repugnarme más la lectura esta mañana de una noticia por la cual tenía conocimiento de que el Ayuntamiento de Madrid, entiendo más correcto la Empresa Municipal de la Vivienda a la que le presupongo personalidad jurídica, amenaza (esa es la palabra correcta) con querellarse (deduzco que penalmente) contra quienes relacionen el desgraciado desahucio de una usuaria de un piso de dicha Empresa al saber que iba a ser desalojada del mismo.

Ya disculpara el lector tanta hipótesis y conjetura. Los periodistas, y más de un tiempo a esta parte, salvo honrosas excepciones saben de derecho lo que yo conozco del cultivo de la remolacha; y a estos cualquier político les gana en el decir burradas jurídicas. De lo que pone en la noticia a la realidad habrá diferencia, pero hay algo en lo que no hay divergencia: en la amenaza a la PAH y a cualquiera que reproche lo ocurrido (de ahí también el cuidado con el que escribo esto, que ya me juego suficientes querellas de normal como para añadir una más).

Me ha recordado lo que escribí hace dos años en este blog, que además no se como acabaría aquello. El supuesto fáctico es distinto, pero coinciden en una cosa, la vergonzosa utilización de las vías penales para silenciar la crítica. Así que la conclusión final de aquella entrada vale perfectamente para esto.

Me avergüenza que los políticos anden metiendose querellas unos a otros, y que utilicen la vía penal como una estrategia más de sus lamentables acciones políticas. Pero bueno, al fin y al cabo son de la casta y si cae alguno con fuego amigo no lo voy a llorar. Pero me parece que llegamos superamos limites y llegamos a posiciones claramente dictatoriales, cuando se pretende coaccionar las quejas, protestas y reproches de los ciudadanos, como ocurre en este caso con la PAH; y más cuando se hace abusando de una posición dominante, la de la administración, sea directa o como empresa publica; abusando de una mayor capacidad económica que encima deriva de fondos públicos; y me averguenza que un representante o designado político no tenga otra capacidad o alternativa para manejarse que la amenaza mafiosa.

Como los matones de barrio. Los mierdas.

Ups. Igual me he ganado una querella.

martes, 17 de septiembre de 2013

DE LA TRASCENDENCIA DE LA GESTION PUBLICA

Es un debate recurrente y ciertamente de actualidad en los presentes momentos la consideración sobre cual la mejor opción a la hora de prestar servicios de interés general, si la prestación a través de gestión pública o sistemas en los cuales interviene en mayor o menor medida la iniciativa privada. En este sentido, la compañera Eva Cañizares publicó este artículo defendiendo la expresa gestión indirecta o externalización. Personalmente la felicité por su calidad aunque manifesté mi discrepancia sobre el fondo y por ello he sido invitado a redactar este modesto texto.

Partiendo su artículo de la sensibilización ante la “privatización” de la sanidad pública, me voy a centrar esencialmente también en este campo, el de la Salud. Como otros servicios públicos, debemos tener en cuenta que hay un expreso mandato constitucional en relación a derechos constitucionales, y en este caso concreto el artículo 43.2 “Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.” La constitución encomienda al sector público de manera esencial y fundamental la gestión de los servicios que afectan a derechos constitucionales. Esto implica en mi opinión, que sistemas de gestión que desplacen sensiblemente la prestación de los mismos hacia el sector privado, serían inconstitucionales, pues precisamente se pondría en riesgo el efectivo ejercicio y garantía de los expresados derechos constitucionales.

Es cierto que el concepto de servicio público se ha ido relativizando, esencialmente en lo relativo a la vinculación o reserva al ámbito público, siendo cada vez más frecuente la intervención en mayor o menor grado de la actividad privada. Sin embargo, y sin querer satanizar a la misma, partiendo de que la actividad privada ha de tener como objeto en una economía de mercado la rentabilidad y los beneficios, resulta inquietante una excesiva injerencia cuando entran en juego derechos constitucionales. Se me dirá que a tal efecto el Estado traducirá las expresadas cautelas en sistemas de control para evitar vulneración de derechos, y ahí radica precisamente el problema, la ineficacia de los controles por dos razones fundamentales, aunque hay otras: por un lado un sector publico adelgazado es ineficaz en un control- inspección previo y preventivo; por el otro un control a posteriori va a radicar sobre la parte más débil, el ciudadano, que deberá impulsar a su coste procesos, juicios, etc. ante una vulneración de derechos, en mayor medida con las tasas judiciales.

Mi experiencia profesional hace que, en el campo relacionado con la Salud, haga una mención necesaria a las Mutuas como entidades gestoras de la Seguridad Social. A pesar de que las mismas carecen teóricamente de “ánimo de lucro” quienes trabajamos en esta materia conocemos decisiones aberrantes que se sustentan directamente sobre criterios económicos, que afectan al expresado derecho a la salud, y que obligan a trabajadores en extrema situación de debilidad e indefensión (salud mermada, ingresos reducidos, en muchas ocasiones en depresión u otra grave enfermedad) a un rosario de procedimientos, reclamaciones previas, juicios, para luchar por sus derechos.

Es cierto que más que una materia jurídica, es una materia ideológica. Pero quienes creemos en la gestión pública, sobre todo en ámbitos de especial afección de derechos, no defendemos una gestión inmovilista sino una revisión de la misma, incorporando a la gestión pública aspectos de gestión propios de la consultoría de empresa, buscando eficacia, eficiencia, optimizando los recursos, con mayor flexibilidad y profesionalidad en la toma de decisiones, huyendo de aspectos habitualmente asociados a la funcionarización; pero pensando siempre en un sistema de plena garantía de derechos constitucionales. Pues de nada sirve reconocer un derecho si el ciudadano no puede ejercerlo en condiciones.


Ese es el gran reto hacia el que debería encaminarse una reforma de la administración. Introducir las modificaciones normativas precisas, para que la gestión pública pudiera operar con arreglo a los mencionados principios de eficacia y eficiencia. Algo a lo que no se ha atrevido ningún Gobierno.

NOTA.- Artículo que me fue publicado en lpemprende

viernes, 6 de septiembre de 2013

LA AUDIENCIA NACIONAL SE PRONUNCIA SOBRE INCONSTITUCIONALIDAD DE LAS TASAS JUDICIALES EN EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Extracto argumentos del Auto de 6 de septiembre de 2013 de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional que plantea cuestión de inconstitucionalidad en relación a determinados artículos de la ley de tasas.

Conforme a la regulación de las tasas judiciales si presentada la demanda no consta liquidada la tasa judicial correspondiente, se dará un plazo de 10 días para acreditar su liquidación y de no ser así, se tendrá por no presentado este escrito. Acudir a los tribunales contenciosos exige el cumplimiento del plazo establecido, normalmente dos meses, y por tanto si no se tiene por presentada la demanda, el plazo se cumpliría y ya no se podría acudir a los mismos, con lo que el perjuicio para el ciudadano es evidente, y así lo recoge la Audiencia Nacional.

La Audiencia Nacional siguiendo sentencia previa del Tribunal Consitucional dictada en analisis de las anteriores tasas judiciales (no las impuestas por el abominable ministro de justicia Gallardon) expresa que el establecimiento de tasas judiciales, no es de por sí inconstitucional. Pero sí lo si el pago de las mismas o mejor dicho la falta de pago de las mismas, constituye una traba de acceso a los tribunales y por tanto del ejercicio de derechos.

La Sala afirma que las tasas judiciales persiguen reducir la litigiosidad, y por tanto el acceso a los tribunales, y dado que en las mismas no se atiende a la capacidad economica del sujeto, siendo las mismas para todos independientemente de la misma, solo se permitiría el acceso a la justicia de las personas con suficiente capacidad económica "lo que supondría una manifiesta desigualdad en el acceso a la jurisdicción".

Afirma también que con base a las estadísticas del propio Consejo del Poder Judicial, desde la entrada en vigor de las tasas judiciales "se ha reducido de manera considerable, llamativa y preocupante el número de recursos interpuestos por los ciudadanos, pudiendose deducir que la implantación del pago previo de la tasas y de las consecuencias de su falta de pago, han impedido e impiden que aquellas personas que necesiten acceder a los tribunales de justicia, no puedan hacerlo, o decidan soportar las consecuencias de actos y actuaciones de la Administración sin el refrendo del sistema natural del control jurisdiccional, establecido en la Constitucion, artículo 106"

Muy importante es el pronunciamiento que realiza sobre determinadas materias al hablar la Audiencia Nacional de "una potestad de disposicion indirecta del ejercicio del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva". Expresa crudamente su convencimiento de que la Administracion puede utilizar medios a su alcance para dictar resoluciones que hagan pensar al ciudadano que es menos gravoso para él, acatarlas y cumplirlas, que recurrirlas (por ejemplo sanciones).

Creo que pocas veces he visto pronunciarse a un tribunal con tal brutalidad jurídica contra una norma y expresar tan claramente su crítica a la creación de un sistema judicial propio de dictaduras como pretende Gallardón.

Lo unico que puedo añadir es Gallardón dimisión. Gallardón, vete a tomar por culo.

jueves, 5 de septiembre de 2013

LA NECESARIA ACCION JUDICIAL CONTRA LOS RECORTES SOCIALES

Hace ya tiempo que tenía pensada escribir esta entrada y hoy me da pie la siguiente noticia que recoge como nuevamente se acuerda una medida cautelar en la Comunidad de Madrid que suspende la "privatización" en el ámbito sanitario.

Claro que para que esto ocurra, un juez ha de pronunciarse en tal sentido. Y para ello, es requisito que previamente alguien se lo pida, es decir, que acuda a los tribunales.

Desde que comenzó la infausta campaña politica de recortes sociales que afectan a derechos fundamentales y esenciales para el desarrollo de nuestra sociedad como colectivo y de sus integrantes de manera individual, al atacar ámbitos como la educación, sanidad, justicia, etc., hubo uno pronta respuesta ciudadana con mayor o menor intensidad a lo largo del tiempo, organizandose incluso las conocidas "mareas" que por colores, actuan en el ámbito de cada uno de estos sectores atacados.

Defino la actual situación de la sociedad como de shock. Quien no ha visto ese documental de la 2 a la hora de la siesta en el que el ñu o la gacela es atrapado por un depredador y es devorado mientras permanece vivo, incapaz de moverse ni de defenderse, en shock. Esta es la situación de la sociedad shock, inerme mientras sus derechos son devorados, para no regresar.

Alguien estará pensando que soy incoherente al expresar esta idea y hablar de la existencia de protestas. En mi opinión, ante una situación totalmente novedosa, se ha dado una respuesta clásica: manifestaciones, pitos, pancartas, movilizaciones, huelgas; cuya efectividad, seamos sinceros, ha sido nula. O escasa. Este tipo de movilizaciones se han visto ineficaces ante un gobierno títere, que no responde ni piensa responder ante los ciudadanos y por eso le dan igual las protestas y no va a reaccionar ante ellas, más allá de algún episodio de represión coercitiva con procedimientos sancionadores, de la que ya he hablado en otras entradas.

Hace ya tiempo que en petit comité, cuando he tenido ocasión de topar con algún miembro representativo de dichas mareas, le he expuesto mi opinión de que, no digo que no se hagan movilizaciones, pero que la verdadera lucha efectiva contra los recortes ha de ser trasladada a los tribunales. Recurriendo toda la normativa posible que sustente dichos recortes, siempre y cuando haya pie para ello. Y solicitando la suspensión cuatelar.

Nunca he creido excesivamente en el sistema judicial, pero de un tiempo a esta parte he tenido la oportunidad de ver que o bien estaba equivocado o bien está cambiando la mentalidad de cada vez más jueces, siendo conscientes de su verdadero papel en esta situación, cual es la de defender los derechos de los ciudadanos.

No solo eso, ante un gobierno títere, insisto, que no va a retroceder ni modificar ni un ápice (solo hay que ver la vergonzosa reforma de la normativa en materia de ejecuciones hipotecarias, incumpliendo lo establecido por la sentencia del TEDH) y cuyas modificaciones legislativas buscan proteger al sector financiero, el mismo al cual están destinando los millones de euros que se recortan de servicios publicos que afectan a derechos fundamentales; el unico camino contra la norma injusta, insisto, dentro de los cauces del Estado de Derecho, es acudir a los tribunales.

Esta idea no acaba de cuajar, a pesar de que como la expresada noticia, la realidad es clara y se impone. Solo se han conseguido medidas efectivas contra los recortes en los tribunales. ¿por qué esa reticencia a ello? Romper dinámicas de protesta cuesta, y creo que es papel en este momento de los abogados comprometidos el hacer ver a las mareas, a los colectivos afectados, la viabilidad de esta via. No solo de hacerselo ver, de apoyar y ayudar en esta vía.

Confio en que aunque sea reducido, un grupo de abogados está dispuesto a implicarse en esto. #AK47


Nota.- Sobre el tema de las "privatizaciones" enlazo este articulo que me han publicado en Lawyerpress.

martes, 3 de septiembre de 2013

EL SAOJI: METAFORA DE LA PRIVATIZACION DEL TURNO DE OFICIO

El SAOJI ha sido el Servicio de Asesoramiento y Orientación Juridica para Inmigrantes. A principios de los años 90 un grupo de abogados sensibilizados con la situación de extranjería promovieron la prestación de un servicio de asesoramiento a los mismos. Después, se consiguió una financiación publica por parte del gobierno de Aragón, funcionando desde entonces como SAOJI. El SAOJI fue pionero en esta cuestión y su excelente labor y ejemplo, contagió a otros colegios de abogados implantandose progresivamente servicios similares. Al SAOJI pertenecí durante 10-12 años, ya no recuerdo exactamente, la memoria no perdona. Sigo teniendo excelente relación con muchos de sus integrantes y con quienes han sido sus coordinadoras. Incluso tenían la deferencia de invitarme a sus cenas a pesar de no seguir en el servicio. Ahora, el SAOJI está en trance de desaparecer. ¿que le ha llevado a esta situación y que lecciones podemos aprender para el turno de oficio?.

Hace seis años (esa memoria) con el anterior gobierno de Aragón (psoecialista) se empezó a reducir la dotación económica de este servicio. La administración firmaba un convenio con el Colegio de Abogados y retribuía el servicio con una cantidad, que al igual que sucede con el turno de oficio, era ínfima e indigna. A pesar de ello, como digo, la administración planteó una rebaja de la misma. No eran estos tiempos de crisis, faltaba poco eso sí, pero la respuesta por parte de mi Colegio de Abogados fue inadecuada en mi opinión. Así se lo hice saber en su día. La postura de mi Colegio de Abogados era que había que aceptar la rebaja, dado que si no se aceptaba, el servicio corría el riesgo de no ser conveniado, de que se sacara a concurso y que entonces ya no se prestara por el Colegio de Abogados. Mi respuesta fue la siguiente: el SAOJI no era otra cosa que el grupo de abogados y la posición del Colegio significaba ceder el SAOJI a la administración. Si teníamos miedo de que nos lo "quitaran" en la práctica ya nos lo habían quitado. La fuerza y la importancia, el valor del SAOJI, era el grupo de abogados, que con su experiencia y profesionalidad lo prestigiaba (lo prestigiabamos). Y lo que debíamos hacer era buscar financiación complementaria o alternativa a la pública, por ejemplo, a través de fundaciones. No me hicieron caso, y aceptaron la rebaja.

A esta rebaja, siguió otra, y otra, así anualmente. Al anterior discurso se añadía por parte de mi Colegio, que claro, que estabamos en crisis y que era normal que se redujera el importe económico. A lo cual, nuevamente yo respondía, lo que ha había dicho al principio, y que no fueran ignorantes. Que no se trataba de una crisis económica cíclica. Que todo lo que ahora retrocedieramos en derechos no lo ibamos a recuperar. Y claro, ahora la posibilidad de financiación alternativa era más compleja, pero había que intentarlo. Pero nuevamente tampoco me hicieron caso, ni se promovieron ni realizaron contactos para buscar esa otra financiación.. El SAOJI pasó de dar un servicio diario a solo tres días entre semana. Para la misma o mayor demanda.

Hace dos años cambia el gobierno, y entra el partido populachero. Como criterio político decide eliminar los convenios y que se saquen, este también, a concurso. Ya toma cuerpo la amenaza de la privatización, esa que mencionaba dos párrafos más arriba. No voy a entrar en las cuestiones sobre el concurso, que fueron candentes en mi Colegio y también me obligaron a otra posición, pero ese es otro tema. De los de contar tomando cervezas. Pero el concurso acaba concediendo el servicio al Colegio de Abogados, con importes económicos reducidos y un incremento de obligaciones. Se firma un contrato por un año que finalizaba el anterior semestre. Para este último semestre se hace un nuevo concurso.

El lector más avezado se está imaginando el resultado. Efectivamente, las condiciones en este último concurso varían sensiblemente facilitando la concurrencia y salta la sorpresa, el servicio no es adjudicado al Colegio de Abogados. Mañana trataremos el tema en Comisión del turno y esta semana hay reunión de los integrantes del servicio.

¿Que hay que hacer en mi opinión? La única solución en estos momentos, a la jugarreta del Gobierno de Aragón pasa por volver a los orígenes del SAOJI. Como decía al principio fue un grupo de abogados, SIN FINANCIACION PUBLICA, poniendo desinteresadamente su esfuerzo, quienes lo constituyeron y quienes lo prestaban. Hay que continuar con la prestación del servicio, porque de no hacerse así, el SAOJI como tal desaparecerá y será sustituido por un servicio apropiado por la Administración.

Que lecciones podemos aprender para el turno de oficio:
* que no podemos desplazar el punto de equilibrio a la administración. El turno de oficio y los servicios relacionados con el mismo, somos los abogados. La pieza esencial sobre la que pivota son los abogados. El elemento de especial valor, son los abogados. No es la Administracion. SOMOS LOS ABOGADOS.
* que no se puede depender de la financiación pública, porque eso significa dar el poder a la administración y que esta sea quien decida en definitiva la financiación, siendo las negociaciones con la misma puros paripes, porque nunca hemos adoptado posturas de fuerza y determinación en las negociaciones (salvo excepciones en estos últimos años, como cuando en Bizkaia cerraron el SOJ).
* que hay que vender el valor de la prestación del servicio por abogados del turno de oficio, por su calidad, compromiso, eficacia y profesionalidad.
* que no hay que aceptar cualquier condición económica que imponga la Administración.
* que estar continuamente con el mantra de que como no aceptemos las condiciones de la Administración este será privatizado, supone una muerte anunciada. La Administración decidirá la privatización cuando le interese y no valorará lo que se haya hecho por los Colegios y los abogados durante los últimos años.

Todos esos puntos los llevamos incumpliendo desde hace años, y recorremos como ovejas al matadero, el camino de la temida privatización del turno de oficio.

Para más información sobre la cuestión, la circular a mi respecto del Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza.