viernes, 30 de mayo de 2014

FORO DE LA GOBERNANZA DE INTERNET EN ZARAGOZA

Estos dos días he asistido al Foro de la Gobernanza de internet aprovechando que se ha celebrado en mi ciudad Zaragoza.

Hablar de gobernanza en internet es hablar de como se regula la misma, que poderes hay, quien manda o determina. Internet tiene un elemento técnico sin el cual no existiría, en cuyo desarrollo intervienen empresas con unos determinados intereses. Además es usado por un importante porcentaje de la  población mundial y es atendido con interés por los Estados.

El elemento técnico es muy importante pues la tecnología es la que va a permitir que se puede y que no se puede hacer. Y por tanto que se hace o que no se hace. Y esto determina la importancia de las decisiones que se toman en el ámbito tecnológico y las repercusiones de las mismas.

El gran reto es por tanto buscar un equilibrio en estos parámetros y como señalaba Suso Balaeto atender al papel de la sociedad civil y no sólo a los intereses de los estados y de las corporaciones mercantiles.

Hay que tener en cuenta que el uso de internet trasciende el sistema de relaciones que hasta ahora hemos conocido superando unas fronteras que ya de por si estaban superadas tanto en el ámbito político (organizaciones internacionales) como en el económico.

Internet genera oportunidades de mejora de las sociedades, como es la sociedad del conocimiento que potencia la comunicación, fomenta aprendizaje, desarrolla la inteligencia, favorece la cohesión, planteamientos colaborativos, etc.

Es claro como he hablado en otras entradas de este blog la necesidad de mejorar el sistema de participación cuidadana como mejora del sistema democrático. A su vez las TIC posibilitan modificar el sistema de toma de decisiones. Pero como vamos a ver este cambio de modelo si quien ostenta el poder no quiere cambiarlo? Mi pregunta es: que tiene que pasar para que se produzca este cambio político?

Además de estas cuestiones se han tocado otros temas en este Foro de Gobernanza de Internet en Zaragoza. Se ha hablado del papel de ICANN y he participado en seminarios sobre menores e internet, vigilancia y privacidad (donde he tenido la labor de moderar la intervención a través de redes sociales gracias a la confianza de la organización y del moderador de la mesa Leandro Núñez) y sobre innovación y emprendimiento.

Intentare escribir en otras entradas mi reflexión personal sobre cada una de esas sesiones.

miércoles, 28 de mayo de 2014

ABOGADOS QUE NO DEFIENDEN SUS DERECHOS

Ayer, martes 27, hubo una concentración convocada por la asociación libre de abogados de zaragoza contra reformas legislativas que afectan a derechos y libertades, como la reforma de la ley de seguridad ciudadana, la reforma del código penal, la reforma de la ley de justicia gratuita, la reforma del poder judicial, así como las tasas judiciales.

Hay que entender todas las reformas legislativas del gobierno en este ámbito como un conjunto, plasmación de un plan dirigido a debilitar la Justicia, que no olvidemos que es el tercer poder del Estado. El gobierno quiere una Justicia ineficiente, no independiente y sin medios. Inaccesible para los ciudadanos.

Estas reformas por tanto afectan al conjunto de los ciudadanos y en particular a los profesionales del derecho. Los profesionales del derecho somos plenamente conscientes de esto pero no tanto los ciudadanos, que no alcanzar a ver la peligrosidad de estas medidas, y los abogados y otros juristas no acabamos de comunicar a los ciudadanos dicha peligrosidad y afección a sus derechos.

Claro que como vamos a hacer esa labor cuando lo que se demuestra día a día y en días como hoy, es la indolencia de nuestro colectivo, de los abogados. Incapaces de salir a la calle a luchar contra normas como las tasas judiciales que les afectan directamente. Y no solo eso, ¿que clase de abogado es el que es incapaz de coger la bandera de la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos?

La asistencia ha sido escasa, pero el acto, como todos estos actos ha sido gratificante. Es enormemente positivo el compartir acciones con otros compañeros que sientes que son como tú: batalladores, combativos, que anteponen el sentimiento de justicia a sus intereses personales.

En un día especialmente agitado de trabajo, sin prácticamente tiempo para poder hacer todas las tareas, eun semana apretada, con montañas de trabajo pendientes, he podido sacar 15 minutos para dar la cara por la defensa de los derechos y libertades. Que ningún abogado me diga que no ha venido por que no ha podido. No ha venido porque no ha querido. Por indolentes.

Aún así, insisto, ha sido gratificante. Y el espíritu de todos los asistentes se ha visto reforzado. Hemos salido con ganas de más.

Y haremos más

lunes, 26 de mayo de 2014

¿PODEMOS CAMBIAR EL SISTEMA ELECTORAL?

Permitaseme el juego de palabras. Desde luego la noticia de hoy tras las elecciones al Parlamento Europeo es la irrupción de PODEMOS. En Aragón por ejemplo ha sido la tercera fuerza más votada.

Como dije en esta entrada sobre el bipartidismo mi intención no es hacer un análisis político, básicamente porque soy un nefasto analista político. A un amigo que lleva desde hace tiempo en la iniciativa de PODEMOS (podemos tiene más de esos cuatro meses de vida que le dan esos "periodistas" que escriben de lo que no saben) tanto por mi propia convicción como por mi tendencia al vacile le indicaba que no iban a sacar ni un eurodiputado. Error mayúsculo, y vaya por adelantado mi enhorabuena.

¿Puede afectar este resultado al sistema electoral? Debería. Estas son las razones:

* En mi opinión el voto a PODEMOS está claramente influenciado por el 15-M ese movimiento que muchos han querido dar por muerto y al que se ha querido denostar desde los medios de comunicación. No olvidemos que los medios de comunicación en nuestro país no pueden catalogarse de independientes y la prueba la tenemos en esos sondeos publicados en los días previos a estas elecciones que no daban ni un eurodiputado a PODEMOS. Lector te voy a contar un secreto, los sondeos publicados por los medios se manipulan. Interesaba que el voto a opciones políticas distintas a partidos con representación electoral previa, fueran entendidos como residuales, porque eso tendría un efecto disuasorio del voto hacia ellos. Ya sabes, el concepto del "voto útil". Como digo ha podido recoger mucho 15-M que no deja de ser un desencanto hacia las estructuras, hacia los partidos tradicionales, hacia el propio sistema político.

* Afecta al bipartidismo. De una doble manera, tanto en los resultados, por primera vez inferiores al 50% de los votos, como por demostrar una opción distinta a la clásica. Es cierto que las elecciones europeas tienen unas características propias y que en unas generales con sistema d'hondt el reparto les favorecerá. Aun así, no deberían confiarse. Ninguno de ellos puede sentirse ganador. Ni siquiera el Partido Popular.

* Afecta a partidos fuera del bipartidismo. Que no se engañen, todo resultado distinto a superar a un partido bipartidista o acercarse notablemente en numero de diputados a los mismos, es un fracaso. Y es un fracaso porque todo el voto de PODEMOS o de otras opciones nuevas debería haber ido a ellos. Quien ha votado a PODEMOS también ha mandado un claro mensaje a estos partidos, sobre todo a Izquierda Unida, que se ha visto superada en muchos sitios. No se confía en el sistema de partidos y a los partidos "de siempre" se les identifca con los males de los partidos del bipartidismo.

* Afecta a los movimientos sociales, claramente dispersos, atomizados, anclados en unas maneras de actuar ya superadas. Los ciudadanos quieren participar en procesos de cambio, pero están cansados de concentraciones y otras acciones convocadas por grupos claramente minoritarios. Han encontrado una opción y han apostado mayoritariamente por ella. Los ciudadanos comprometidos con el cambio entienden que el cambio pasa por la unión y no por la dispersión.

* Se enmarca en una clara orientación a nivel europeo de un voto de desencantados con el sistema. Podemos no tiene nada que ver con Le Pen, ni con Syriza, pero la razón del voto, en mi opinión es la misma. Es un voto que indica desafección con el sistema y se vota a una opción no vinculada al sistema. En cada país con unas características distintas.




Todo ello conduce como conclusión a que ha de ser el propio sistema democrático el que integre el descontento con el sistema democrático. Y ello pasa por un acto de valentía política, inicial, cual es la reforma de la ley electoral. Para evitar disensiones y no generar ciudadanos excluidos, con el actual panorama (el gráfico que pongo arriba es demoledor) se ha de revitalizar el sistema democrático generando en los ciudadanos verdaderas posibilidades de participar, de sentirse representados, de ejercer democracia de manera constante y no solo depositando un voto en una urna. Y ello insisto, pasaría por la reforma de la ley electoral.

Lo lamentable es que esa llave sigue en manos del bipartidismo, y en sus filas, no aparecen políticos con sentido de estado, ni con grandeza personal, sino una corte de arribistas, que pelean por cargos públicos y de baja calidad política. Incapaces de tal acto por el interés colectivo.

El siguiente paso? Las elecciones locales. Si PODEMOS sabe trabajar estructuras locales y no pierde el tiempo, lo más probable (recuerda que como analista político soy pésimo) es que mejoren sus resultados electorales. Mayor presencia y atención de los medios junto a ser considerados como una verdadera opción de cambio, conducirían a ello. Eso sí, seguro que asistimos a unas campañas orquestadas de demonización del movimiento, como ya pasó con el 15-M, pues han dejado de ser una simpática anécdota.

domingo, 25 de mayo de 2014

FACEBOOK

Ayer me hice una cuenta en Facebook.

Facebook nunca me ha gustado, o mejor dicho nunca me ha gustado el uso que se hace de él. La gente tiene poca conciencia de privacidad, exponen su vida privada, fotografías incluso de menores y esas situaciones de sobreexposición suelen generar más problemas que ventajas o beneficios.

¿cuales son las razones para haberme abierto una cuenta en Facebook? Estrictamente profesionales:

* Comunicación. Entiendo que la comunicación es algo esencial y que como profesionales hemos de hacer constantemente. Si hablamos de comunicación en redes sociales y a pesar de tener un buen posicionamiento en Tuiter, lo cierto es que hay un buen número de personas del entorno, familiares, amigos, clientes y potenciales clientes que usan facebook. Si no estás en Facebook no puedes utilizar ese canal de comunicación.

* Marketing de contenidos. Como digo Facebook puede ser una buena herramienta para complementar y dirigir visitas al blog y a la futura página web. 

* Investigación. Acostumbro a investigar a través de internet a toda persona relacionada con un procedimiento en el que intervengo como profesional: partes, testigos, abogados contrarios, etc. Probablemente Facebook es el sitio de donde mayor información se pueda sacar.


Siempre he destacado al hablar de las redes sociales, que en las redes sociales o internet "no hay que estar" como equivocadamente se dice, sino que estarás si te ayuda a conseguir algún objetivo determinado. Por eso, debía superar mis prejuicios hacía facebook y definir previamente a abrir mi cuenta cuales eran mis objetivos con dicha cuenta.

¿Se te ocurre algún uso profesional más?

Puedes buscarme en facebook como Alfredo Herranz Asin. Aceptaré tu solicitud de amistad.

Puedes ver la cuenta aquí

sábado, 24 de mayo de 2014

EL ANTEPROYECTO DE LA LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA. ALGO MAS QUE UNA REFORMA

La doctrina constitucional distingue entre la seguridad pública que puede definirse como aquella actividad dirigida a la protección de personas y bienes y al mantenimiento de la seguridad ciudadana (artículo 104.1 CE), además de comprender otras funciones como las de protección civil (STC 148/2000); mientras que la seguridad ciudadana -constitucionalizada en el artículo 104 CE como misión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado- es el estado en el cual los ciudadanos gozan de una situación de tranquilidad y estabilidad que les permite ejercer de forma libre y responsable los derechos y las libertades reconocidos constitucionalmente. Esto incide en el denominado principio de proporcionalidad, dado que si las medidas de seguridad ciudadana están dirigidas a garantizar el ejercicio de derechos y libertades, entonces solo podrán afectar a los mismos en tanto en cuanto sean proporcionales a los fines que persigue.

Lo cierto es que el análisis del anteproyecto indica entre otras cosas una habitual desproporción entre las competencias habilitadas para el poder ejecutivo y las fuerzas y cuerpos de seguridad, generando situaciones que van a afectar al libre ejercicio por los ciudadanos de sus derechos y libertades, sin el expresado cumplimiento del principio de proporcionalidad y lo que es más grave, sin un adecuado control de las mismas, dado que para cuando se produzca dicho control jurisdiccional el mismo será tardío y parcial, pues se verá afecto por otras medidas y reformas realizadas por este gobierno como son las tasas judiciales (restrictivas del acceso de los ciudadanos a dicho control jurisdiccional) así como la reforma de la ley orgánica del poder judicial que afecta a la independencia judicial.

Hay modificaciones preocupantes, como la ampliación de habilitación a los cuerpos y fuerzas de seguridad de medidas que afecten a la libertad de circulación de los ciudadanos, como los controles preventivos o la posibilidad de ampliar la retención a grupos completos de ciudadanos, incluso en supuestos en los cuales no se vaya a cometer un delito o ni siquiera se haya cometido una infracción administrativa, sino que a juicio de las fuerzas actuantes, entiendan que previsible e hipotéticamente pudiera ser cometida en un futuro tal infracción administrativa.

La redacción legal abusa no ya de conceptos jurídicos indeterminados, sino de lo que yo llamo meros “conceptos indeterminados”, como cuando habilita los expresados controles preventivos a “en supuestos de alteración real o previsible de la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia” no es ya que se entienda por una alteración previsible, sino que el propio concepto de pacífica convivencia es absolutamente subjetivo, y precisamente se habilita a las fuerzas y cuerpos y de seguridad a esa primaria interpretación de difícil control posterior. ¿Cómo va a saber un ciudadano en estas situaciones si un policía se está extralimitando de sus funciones?.



En el ámbito sancionador se efectúa una peligrosa extensión de la autoría como cuando al referirse a manifestaciones extiende la responsabilidad a “así como quienes de hecho las presidan, dirijan o ejerzan actos semejantes, o quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las mismas, por las manifestaciones orales o escritas que en ellas se difundan, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos, pueda determinarse razonablemente que son directores o inspiradores de aquéllas” lo cual evidencia una inseguridad jurídica para los ciudadanos.

No es lo único llamativo de la reforma. La misma aprovecha para tipificar nuevas conductas de protesta ciudadana que hasta el momento no se habían podido criminalizar, como las acciones propias de Greenpeace de escalamiento o los escraches u ocupaciones simbólicas en actos de protesta de oficinas o dependencias. Del mismo modo las acciones de convocatoria o de manifestaciones a través de las redes sociales, son vistas como algo a controlar desde la perspectiva sancionadora. No es casual por tanto esta reforma y una de las razones esgrimidas para la misma es precisamente atender a las nuevas formas de protesta ciudadana.

La reforma genera una excesiva habilitación al poder ejecutivo y a los cuerpos y fuerzas de seguridad, de invadir y coartar el ejercicio de derechos y libertades ciudadanas. Esto es algo que ha sido señalado por el propio Consejo General del Poder Judicial en su informe sobre el anteproyecto, y como indicaba anteriormente, ha de ser puesto en relación con las otras reformas indicadas, pudiendo afirmar en su conjunto, que avanza en un desequilibrio de los poderes clásicos. Si hace unos años Alfonso Guerra señalaba que Montesquieu había muerto, ahora se está profanando su cadáver.

Este tipo de reformas supone vaciar en la práctica el ejercicio de derechos y libertades fundamentales, viéndose atacados por dotar de la posibilidad de ejercicio de medidas excesivas al poder ejecutivo sin respetar el mencionado principio de proporcionalidad, desde una falta de concreción legal y excesiva posibilidad de arbitrariedad en el actuar de las fuerzas y cuerpos de seguridad, con un reiterado enfoque preventivo que genera falta de seguridad jurídica para el ciudadano con el peligro de un ineficiente y tardío en todo caso control jurisdiccional.


Los juristas no podemos permanecer estáticos ante esto. 

Artículo publicado en lawyerpress

domingo, 18 de mayo de 2014

ELECCIONES EUROPEAS, DEMOCRACIA Y BIPARTIDISMO

Me preocupa el elevado porcentaje de abstención que reflejan las encuestas de cara a estas elecciones europeas, un porcentaje cercano al 60%. Naturalmente es una opción política libre respetable como cualquier otra, pero en ocasiones como esta, puede estar partiendo de premisas equivocadas, esencialmente que estas elecciones son irrelevantes.

Mucha gente piensa que no hay trascendencia en las decisiones de la Unión Europea. Nada más lejos de la realidad. Son muchas las normas que emanan de las instituciones de la Unión Europea y que son adaptadas en nuestra normativa, es decir, que nuestra normativa está muy condicionada por las decisiones tomadas en dicho plano. Del mismo modo, cada vez tiene mayor repercusión las decisiones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Es importante lo que se decide en plano europeo. Y hablo solo desde el plano jurídico. En el plano económico lo vemos desde hace unos años.

Pero hay una importante cuestión política. Si algo se ha destapado claramente es la crisis de nuestro sistema de partidos políticos, siendo cada vez más las voces que claman por un sistema de mayor representatividad y que no favorezca el bipartidismo. Los males del bipartidismo son evidentes, y lo que conocemos es solo la punta del iceberg: desde la corrupción a atender a otros intereses que no son los de los ciudadanos. Como efecto colateral una desgana y desinterés de los ciudadanos por la política, el enturbamiento de la misma, y por tanto la desafección generalizada. Ello supone un grave peligro para un sistema democrático.

La llave de la modificación de este sistema de representación está en los mayores beneficiados por el mismo, por lo que es altamente improbable que decidan cambiarlo. Debemos ser los ciudadanos los que demos el empujón definitivo y no entienden otro mensaje que el de las urnas.

Por eso es muy importante que en estas elecciones haya una buena participación y que no se vote a quienes representan el bipartidismo. Elijamos las opciones que mejor nos representan, o si alguien quiere seguir el denominado voto "util" que vote a uno de los dos partidos no mayoritarios bipartidistas con mejores expectativas de voto.

Si uno de esos partidos bipartidistas no fuera uno de los dos partidos más votados, entendería perfectamente el mensaje.

La abstención en este caso, favorece y ayuda al bipartidismo. Y lo saben. Vaya si lo saben.

sábado, 17 de mayo de 2014

POR QUE NO ME GUSTA EL DERECHO AL OLVIDO

Esta semana ha sido dictada y hecho publica la Sentencia del TJUE en el caso Costeja que ha venido a ser conocida como la sentencia del "derecho al olvido" en el caso Google. Abogados, algunos de ellos amigos, que saben más del tema que yo, han realizado diversos análisis de la misma, que intentaré recopilar más abajo. Mi intención no es reiterar dicho análisis sino explicar como digo en el título de esta entrada, la razón de que no me guste el denominado derecho al olvido.

Recordemos el supuesto, un señor el demandante Costeja observa como al ser realizada una búsqueda en google los resultados que sobre su nombre aparecen resultan perjudiciales para el mismo, pretendiendo la desaparición de dichos resultados de búsqueda.

Previamente a las consideraciones que voy a efectuar, debo precisar que efectivamente cada día es más importante que gestionemos nuestra reputación en internet y que la misma se puede ver afectada por la información que en el mismo, y sustancialmente en los buscadores, aparece sobre nosotros, siendo importante una labor activa por nuestra parte para controlar en la medida de lo posible la imagen que sobre nosotros aparece en internet.

En relación al denominado derecho al olvido y la citada sentencia. Leamos el parágrafo 80

80 A este respecto, debe señalarse, en primer lugar, que, como se ha afirmado en los apartados 36 a 38 de la presente sentencia, un tratamiento de datos personales como el controvertido en el litigio principal, efectuado por el gestor de un motor de búsqueda, puede afectar significativamente a los derechos fundamentales de respeto de la vida privada y de protección de datos personales cuando la búsqueda realizada sirviéndose de ese motor de búsqueda se lleva a cabo a partir del nombre de una persona física, toda vez que dicho tratamiento permite a cualquier internauta obtener mediante la lista de resultados una visión estructurada de la información relativa a esta persona que puede hallarse en Internet, que afecta potencialmente a una multitud de aspectos de su vida privada, que, sin dicho motor, no se habrían interconectado o sólo podrían haberlo sido muy difícilmente y que le permite de este modo establecer un perfil más o menos detallado de la persona de que se trate. Además, el efecto de la injerencia en dichos derechos del interesado se multiplica debido al importante papel que desempeñan Internet y los motores de búsqueda en la sociedad moderna, que confieren a la información contenida en tal lista de resultados carácter ubicuo (véase, en este sentido, la sentencia eDate Advertising y otros, C‑509/09 y C‑161/10, EU:C:2011:685, apartado 45). 


Destaco de la misma, cómo el TJUE da una importante trascendencia a la información que es posible obtener en INTERNET, dotandole de mayor importancia o relevancia a la que se pueda obtener por otros medios, tanto por la facilidad de la obtención de la misma, como por un efecto multiplicador. Es decir, que es más fácil obtener la información y que dicha información llega a más gente. Es algo que se repite por ejemplo en el parágrafo 87.

Bien, debemos atender también que cuando hablamos de derecho al olvido, no hablamos de datos inveraces, o falsos, o injuriosos o calumniosos, claramente atentorios contra el honor y que en muchos casos incluso serán constitutivos de delito; sino que estamos hablando de como se recoge en la sentencia "eliminar de la lista de resultados obtenida como consecuencia de una búsqueda efectuada a partir de su nombre vínculos a páginas web, publicadas legalmente por terceros y que contienen datos e información verídicos relativos a su persona, debido a que estos datos e información pueden perjudicarle o que desee que estos datos e información se «olviden» tras un determinado lapso de tiempo". Es decir:

  1. Datos e información VERIDICOS
  2. Que sean potencialmente PERJUDICIALES
  3. O que la persona DESEE que se OLVIDEN transcurrido un LAPSO DE TIEMPO

Bien. Todos tenemos un pasado y lo hemos tenido siempre con independencia de la existencia de internet y de la existencia de datos o información nuestros en internet. Y hemos debido gestionarlo o acarrearlo. Dar relevancia a ese pasado frente a la figura de la persona en su individualidad y en el momento presente, es dar cancha a aspectos que debemos erradicar de nuestras conductas, como son los prejuicios, como son las evaluaciones indebidas sobre la persona. Como es negar oportunidades personales. El pasado no debe ser un lastrre y como tal no debemos convertirlo en un lastre. Nos debe importar poco el pasado de las personas. Lo que nos debe importar es el pasado en sí. Y sobre eso deberíamos ser educados y sustentar nuestro aprendizaje.

Conceder el derecho al olvido, supone reforzar este tipo de conductas. Darles carta de naturaleza. Normalizarlas. Como consideramos normal juzgar a una persona por su pasado, en vez de atacar esa conducta, o de denunciar la discriminación que pueda suponer según los casos; lo que hacemos es reforzarla y darle unas herramientas a la víctima de esas conductas para pueda camuflar u ocultar como mejor pueda su pasado. Pero el pasado siempre está ahí y siempre estará. Aunque consigamos "borrarlo" de internet, siempre podrá aparecer. Menos fácilmente, sí. Pero no de una manera imposible.

Por eso no me gusta el derecho al olvido. Porque legitima conductas inadecuadas. La de juzgar a las personas por su pasado. La de sustentar nuestras decisiones en prejuicios.

Se me podrá decir con razón, que lo que planteo no deja de ser un desideratum, un deseo de algo distinto a lo que pasa en la realidad, y que debemos atender a la realidad existente. Naturalmente. Por eso no niego el "derecho al olvido". Digo simplemente que no me gusta.

Quizás habría que revisar la denominada ventana de Johari, añadiendo a sus extremos: como nos vemos, como nos ven, como creemos que nos ven, la siguiente "que aparece en internet sobre nosotros".



Nota.- El listado de análisis de la sentencia del Caso Costeja, o Google y el derecho al olvido a que hacía referencia antes: