El año 2020 amenaza con estar revuelto con este tipo de litigiosidad. Creo que puedo afirmar que se van a incrementar el número de demandas interpuestas por los denominados Fondos Buitre, pero a ¿qué me refiero con esto?
RECLAMACIONES DE FONDOS BUITRE
Durante los últimos años, entidades financieras, empresas, etc. han estado vendiendo paquetes de deuda a este tipo de empresas que denominamos Fondos Buitre. De este modo, estas entidades se deshacían de créditos que en esos años no tenían intención de reclamar, probablemente porque no se iban a cobrar (años de la crisis) y cuya gestión les hacía invertir dinero y recursos y por tanto no les salían rentables. Estos paquetes de deuda implican desde deudas de pequeña cantidad a deudas de gran cantidad.
Estas empresas compradoras han esperado el momento que entienden oportuno para efectuar esas reclamaciones judiciales. Y parece que ese momento ha llegado. Ya no estamos hablando de esas cartas que se reciben amenazando con demandas judiciales o de la insistencia en llamadas para gestionar el cobro. El paso que se está dando es acudir a los juzgados y muchas personas están recibiendo demandas por deudas que pensaban ya olvidadas.
PELIGROS DE ESTAS RECLAMACIONES
Como explicaba en esta otra entrada sobre las
demandas interpuestas por limite 24 horas (una empresa de estas características) estas reclamaciones generan una gran inseguridad y falta de defensa al deudor que se ve abocado a defenderse en un procedimiento judicial y que podemos sintetizar en las siguientes
1. DESCONOCIMIENTO DE COMO DEFENDERSE, se recibe una demanda de una empresa que no conocemos y por una deuda que no identificamos. Si leemos la demanda sí que veremos cual es la empresa origen con la que se tuvo la deuda (Vivus u otro prestamista de microcreditos, Prosegur u otra empresa de servicios, etc) pero no reconoceremos la deuda reclamada que no será la que nosotros recordamos.
2 FALTA DE RESPUESTA O DE DINERO PARA DEFENDERSE, pues no sabemos donde asesorarnos, acudir a un abogado es un coste que pensamos que no nos podemos permitir y menos aún contratarlo. Quien recibe estas demandas suele estar en una mala situación económica.
3 NO SE APORTAN LOS CONTRATOS con lo cual se dificulta deliberadamente el control de la existencia de cláusulas abusivas o la posible existencia de una prescripción de la dedua (la prescripción implica que existen unos plazos para reclamar las cantidades adeudadas y si se superan no se pueden reclamar)
4. NO SE APORTA INFORMACION SOBRE EL IMPORTE DE LA DEUDA. Se reclama una cantidad sin explicar como se ha llegado a esos importes, que intereses han sido aplicados, etc.
COMO DESACTIVAR ESOS PELIGROS
Encontrará mucha información en internet, quizás demasiada y habitualmente será difícil de entender o de seleccionar cual es la aplicable a su caso. Lo conveniente siempre es asesorarse con un profesional, aquí entreremos en el punto más complicado, los costes.
Según el importe reclamado y su situación económica podrá solicitar un abogado de oficio. Y es que ante un ataque siempre hay que defenderse y no dejar que le defiendan otros (y esto tiene que ver con lo que voy a explicar a continuación). Así que siempre ha de contar con un abogado.
Los riesgos 3 y 4 podrían desaparecer si los juzgados hicieran generalmente bien su trabajo, pues el juez tiene la obligación de controlar las cláusulas abusivas de oficio o de desestimar aquellas demandas que no estén suficientemente acompañadas de documentación. Pero esto no siempre no ocurre. Y no defenderse puede llevar a una resolución judicial o una sentencia, que con posterioridad le lleve a una ejecución y a un embargo.
Lo que nos lleva a la decisión de coste oportunidad o a la situación personal de muchas personas. Lo digo porque muchas personas se ponen en contacto conmigo a raiz de las reclamaciones de limite 24 horas y a pesar de haber diseñado un sistema económico y a un precio muy reducido, observo que en ocasiones es un obstáculo para muchas familias. Aún así insisto, es mejor intentar defenderse y apurar estas líneas de defensa (en el caso de que sea posible plantearlas) que no hacerlo.
¿SIRVE DE ALGO DEFENDERSE?
Como digo hay que estudiar cada caso, pero sí existen posibilidades de evitar que esa demanda prospere:
- Falta de acreditación de la deuda, por no aportar todos los documentos obligados
- Claúsulas abusivas y defensa del consumidor
- Reclamación de deudas que ya no se pueden reclamar por haber pasado el tiempo para ello, prescripción
- Otros argumentos del caso
Es decir, que sí nos encontraremos en supuestos donde esa deuda, aunque fuera originariamente real, ya no se puede reclamar o la empresa reclamante perderá el juicio.
Mientras se den estas reclamaciones, siempre debemos estar activos, contactar con un abogado y ver la viabilidad de una oposición a la reclamación o que dicha oposición nos pueda interesar. Un profesional te lo indicará y re hará un presupuesto de los costes. Importante, contacta en cuanto te llegue una reclamación judicial, los plazos son cortos y de apurarlos dificultamos la posibilidad de defendernos.
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