martes, 27 de diciembre de 2011

LA JUSTICIA ES IGUAL PARA TODOS

Es indudable que este año quien le escribe los discursos de Navidad al Rey de España ha tenido que hilar más fino. En años pasados simplemente deberia dejar caer una serie de topicazos cual surtido navideño de turrones y alguna novedad acomodada a la actualidad, para que no  nos supiera a rancio, en un discurso que por poca competencia audiovisual que tuviera era seguido de aquellas maneras, es decir, sin prestarle mucha atención e interés, y siempre contando con el corro de palmeros via partidos politicos señalando al dia siguiente lo acertado del mismo.


Este año, la realidad se imponía al surtido de tópicos, con las escandalosas noticias informando día sí y día también sobre las andanzas de su yerno Urdangarín, así que quien más quien menos que pasara por delante del televisor iba a estar atento a las palabras, más que otros años, y como leia en un acertado tuit tanto si hablaba de Urdangarín como si no lo hacia, mal. Así que como digo al principio, la cuestión era hilar fino.


Tan fino hubo que hilar que la frase en cuestión fue "la justicia es igual para todos". Lo apropiado hubiera sido decir que la ley es igual para todos, lo que encaja con el principio de legalidad, y no tanto utilizar el término justicia que puede llevarnos a pensar que se refiere al valor constitucional de la justicia, como la libertad o la igualdad, que no era el caso. Pero claro, que alguien que la Constitución define como "irresponsable" hable de que la ley es igual para todos, hubiera provocado la chanza cuando no la indignación por el sarcasmo.


Así que la fórmula elegida, tuvo que ser esa, que la Administración de justicia (y no la Justicia como valor superior del ordenamiento jurídico) es igual para todos. Lo cual no deja de ser criticable, pues la justicia no es igual para todos. No son iguales las armas con las que se enfrenta el ciudadano a la Administracion en el orden contencioso. No es tampoco la misma capacidad de medios la que se da en el orden social en trance de olvidar el principio pro operario. Indiscutible es que no es la misma igualdad la que se da en un pleito civil, claramente desequilibrado por el poderío económico de las partes. Pero aun menos lo es en el orden jurisdiccional penal, pues ya el propio código penal es más eficaz persiguiendo determinadas conductas frente a otras que ofrecen mayores vías de escape (como lo son casualmente los delitos de cuello blanco y aquellos que habitualmente se unen a la corrupción) y como ya señalaba en otra entrada.


En definitiva lo verdaderamente navideño del mensaje es la fantasía del mismo aunque siempre habrá crédulos que creerán en esa igualdad.

jueves, 22 de diciembre de 2011

¿AJUSTES EN JUSTICIA?

Hace pocos días escribía esta entrada. En ella criticaba las manifestaciones de jueces decanos en relación a unas consideraciones de los mismos que yo entendía que suponían una traba en el ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva que se recoge en la constitución en su artículo 24. La crítica era dura, es mi manera de ser.


Hoy se celebraba en el Colegio de Abogados de Zaragoza el cóctel de Navidad, al que nuevamente he sido invitado. A la salida del mismo coincidia con el juez decano de Zaragoza, una persona encantadora en todos los sentidos y que afablemente me ha saludado y no he dejado desaprovechar la ocasión (nuevamente traicionado por mi esencia) para decirle cortesmente que no me habían gustado nada esas manifestaciones de los jueces decanos a las que hacía referencia en esa entrada.


Como es natural no voy a contar la literalidad de lo hablado, pero sí en resumen, dejar constancia de que la intención por parte de los jueces, con esas propuestas, no es la de limitar el acceso a la justicia, sino que sus propuestas parten de la buena fe y de un elogiable intento de mejora del funcionamiento de la justicia para agilizar los procedimientos. Su intención no es otra que permitirles a los jueces garantizar que se haga justicia en un plazo digamos razonable.


Eso no quiere decir que esté de acuerdo con lo expresado, pero sí que le sugería que si tal era su intención, había existido un déficit de comunicación.


Es sano, positivo y no lo voy a negar, da ánimos a los que somos satélites de la Justicia, ver que desde diferentes estamentos, la judicatura y la abogacía, se coincide en determinadas diagnosis e identificamos concretos problemas. También aventuro que una reflexión conjunta ofrecería soluciones de consenso. Al menos, para algunas cosas. Sí puedo contar cosas que yo he dicho, en particular la inconveniencia de la falta de unidad de los diferentes colectivos relacionados con la justicia: jueces, secretarios judiciales, fiscales, abogados, etc.. Soy un firme convencido de la potencialidad de un frente común y todas las conclusiones positivas que arrojaría la expresada reflexión conjunta.


Este agradable minidebate que he mantenido coincide casualmente con la jura de un nuevo ministro de Justicia, alguien que defino como un verdadero animal politico, pero que sin embargo su trayectoria politica nada tiene que ver con la Administracion de Justicia. Razón suficiente, para intentar avanzar en lo que expreso.


Y siendo las fechas que son y totalmente convencido de no hacer otra entrada en días. Feliz Navidad y gracias por asomarte a este blog.

martes, 20 de diciembre de 2011

LAS COMUNICACIONES CON LETRADO: GRABACIONES Y ENTREVISTAS RESERVADAS

La Comisión Jurídica Asesora del Consejo General de la Abogacía ha elaborado un  informe, sobre la intervención judicial de las comunicaciones entre los abogados y sus clientes y sus consecuencias sobre el derecho a la defensa en el proceso penal, y en particular en un caso, el caso Anonymous donde se han incorporado a los autos conversaciones entre letrado y cliente en las que se exponen, entre otras consideraciones, la estrategia de defensa.


Sus conclusiones recogen entre otros aspectos que la confidencialidad y el secreto de las comunicaciones entre un abogado y su cliente forman parte del núcleo del derecho de defensa consagrado en el artículo 24.2 CE y que de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente solamente podrá ser acordada con carácter excepcional, cuando se altera la naturaleza de la comunicación por existir indicios fundados de que el letrado esté colaborando con su cliente en la comisión del delito.


La gravedad de este concreto supuesto es que existen indicios de que la intervención de las comunicaciones entre abogado y cliente fue mantenida de forma voluntaria, a sabiendas de que estaba interviniendo información protegida, lo que debería determinar la imposibilidad de considerar como prueba el contenido de dichas grabaciones.


Es inquietante que se tenga que incidir en que en todo caso, las comunicaciones entre abogado y cliente no pueden constituir una prueba válida, pues la aportación de las mismas, por su contenido, determinaría un daño irreparable al derecho de defensa de la persona cuyas comunicaciones resulten intervenidas.


Aunque no se trata de supuestos en los cuales se produzca una grabación, no sorprende la ligereza de esta medida (como evidencian casos como el que da pie a esta entrada) cuando en la práctica de las asistencias por parte de los letrados, tanto en comisaría como en los juzgados de guardia, es rara la ocasión en que las entrevistas reservadas se practican en lugares adecuados que garanticen precisamente la privacidad de la conversación. La propia inadecuación del lugar en el que se practican, no habilitado al efecto, también puede incidir en que el detenido o imputado, no establezca la adecuada relación de confianza con su abogado, que en muchas ocasiones es la primera vez en la que conversa con él. y que no fluyendo adecuadamente dicha comunicación por generar esas normales reservas en el cliente, su defensa se resienta y posteriormente se vea perjudicado.


Estas situaciones se deberían corregir cara el futuro pues tan importante es ser firmes como abogados ante las grabaciones de las conversaciones como que las entrevistas reservadas se practiquen en modo, manera y lugar adecuado. Lo cual insisto, no sucede en la práctica

sábado, 17 de diciembre de 2011

TURNO DE OFICIO: PELIGROSA IGNORANCIA Y DESIDIA

Hoy es noticia en los periódicos de Aragón (aqui y aqui) la firma del Gobierno de Aragón con los Colegios de Abogados y Procuradores de la Comunidad Autónoma del convenio relativo a la prestación de la asistencia jurídica gratuita.

A expensas de que por parte de los expresados colegios se informe a los colegiados del contenido concreto de dicho convenio (¿lo harán?) y arriesgándonos a opinar en base a lo informado en ambas noticias vemos nuevamente la generosidad de nuestros representantes, sin que la misma haya sido consultada a los prestadores del servicio, el resto de letrados.

La “generosidad” (me resisto a utilizar otro calificativo) implica una vez más, y ya van años así, la renuncia en la práctica a una mejora en las indemnizaciones que percibimos los letrados del servicio por prestarlo, y ya expresé en otra entrada de este blog, que se trata tanto de una cuestión económica como de dignificación de los letrados que prestamos el servicio. No solo eso, una de las noticias expresa que algunas de las indemnizaciones fijadas ha sido reducida en su cuantía, mientras otras han subido eso sí. Habrá que ver cuando tengamos la adecuada información (¿la tendremos? ¿alguien la pedirá?) si salimos ganando o perdiendo. Mi natural ser realista me hace pensar que saldremos perdiendo. ¿hacemos apuestas?

Cierto es que la situación económica es la que hay, mala. Pero precisamente al tener la situación económica que tenemos, esto supone un previsible mayor número de usuarios del servicio, con lo cual nuevamente reitero que mejorar las condiciones de los letrados es mejorar el servicio que se les va prestar, y así mismo, dicha situación económica también afecta a los propios letrados integrantes del servicio. Razones ambas para (no voy a hacer metáforas con la altura de los pantalones) ser más exigentes en la mejora de las indemnizaciones a abonar.

Por otra parte, llevo meses mostrando pública preocupación porque la Administración vincule el pago de la indemnización a la concesión efectiva de la justicia gratuita. Para que sea adecuadamente entendido, (para más información aqui, se debe tramitar un expediente en el que acreditar que no se superan los ingresos establecidos para la concesión de la justicia gratuita. Hay casos en que por desidia del solicitante no se concede la justicia gratuita. En otros casos se superan dichos ingresos. ¿Qué supondría no abonar efectivamente las indemnizaciones en estos casos? Pues que a las propias cargas que ya asumimos, incorporaríamos numerosos supuestos de impagos, que en la práctica serían incobrables, sobrecargándonos todavía más en la prestación del servicio. Los abogados integrantes adelantan no solo su trabajo y conocimiento, adelantan costes estructurales como su propio despacho, costes de explotación (medios, luz, etc.) y todo ello para ser indecentemente indemnizados, con notable retraso.

Pero no es todo esto lo que me ha motivado a escribir esta entrada. Lo ha sido leer aberrantes comentarios a la noticia en la edición web del Heraldo de Aragón. La mayoría de los que hay a estas horas claman por un mayor recorte identificando la asistencia jurídica gratuita con la prestación de servicios para delincuentes y para una concreta etnia. Me asusta ver que la sociedad no entiende la importancia del servicio de asistencia jurídica gratuita, de la intervención de un letrado en un procedimiento, del derecho constitucional a la defensa, del papel solidario y con conciencia social del abogado que voluntariamente presta el servicio y que eso se hace para una pluralidad de personas que objetivamente tienen derecho (aquellos con ingresos familiares inferiores a 1065 euros al mes) y en una pluralidad de procedimientos (civiles, laborales, contenciosos y sí, también penales).

Lo peor no es ya la carga en la prestación de este servicio sino el profundo desconocimiento por parte de la sociedad del papel que prestamos. Y nuevamente, la respuesta por parte de los Colegios profesionales, es el mutismo y la inacción. Si no somos capaces de comunicar todo esto, somos también responsables de este tipo de respuestas. 

martes, 13 de diciembre de 2011

TU TAMBIEN, JUSTICIA?

No hay día que no me sobresalte con los nuevos tiempos que nos acechan, privatización de servicios públicos, la educación, la sanidad. Y ahora, la Justicia también atacada.


Estos últimos días se tropieza uno con abiertas propuestas que me generan escalofríos. El otro día se difunde que en una reunión de jueces decanos acuedan proponer una tasa disuasoria para lo que definen como demandas absurdas. Y digo yo, ¿qué será una demanda absurda? Porque dudo mucho que al ciudadano que decide por el motivo que sea acudir a los tribunales a pedir justicia, su propósito le parezca absurdo de por sí.


Todavía choca más con la peregrina argumentación que expresan, pues hablan de querellas que se retiran a la semana de su presentación y colapsan los juzgados (sic). Y en mi humilde opinión, si un profesional manifiesta sentirse colapsado por querellas que se retiran a la semana es que reconoce que se ahoga en un vaso de agua, y con tal argumentación no deja de dejar en evidencia su eficacia como gestor. Y que esto lo digan quienes representan a jueces, algunos de ellos propensos a dejar en mal lugar en sus sentencias las argumentaciones de los abogados tratandolos de tontos desconocedores del derecho, pues no deja de tener su cosa. Menuda calidad argumental.


Pero no se vayan todavía, que aun hay más. Hoy me enteraba a través de twitter de esto, a raiz de lo cual he tenido un minidebate limitado por los 140 caracteres. Aqui ya se nos enseña la patita, y dando otro ejemplo de elevada calidad argumental, se nos habla del colapso generado por denuncias sin autor conocido. Esas, para ti lector, que no lo sabes, que son inmediatamente archivadas precisamente alegando dicha causa, no tener autor conocido. Es decir, expedientes de cuatro folios. Archivadas antes, que esas querellas retiradas a la semana.


Cualquiera diría que tales asuntos entran a paletadas en los juzgados. No lo diré yo, porque no es así. Pero dudo mucho que las que entren lleguen a colapsar nada, y si algún juzgado se colapsa, será porque el sistema como tal, no está adaptado a tal realidad. Eso es como si el médico, incapaz de curar con su ciencia, maldijera a la enfermedad y no a su competencia.


Pero digo que enseñan la patita, porque de lo que se trata es de justificar un doble nivel de la justicia, una justicia para los temas importantes y la otra para los no importantes, volviendo a retomar la figura de los juzgados de distrito.


Lo primero que habremos de debatir es como medimos la importancia. ¿nuevamente por la cuantía del procedimiento? ¿solo es importante aquello que se discute de elevado valor económico? Porque también hay cosas, no evaluadas económicamente, que tienen mucha trascendencia para el ciudadano.


Ya lo he dicho muchas veces. ¿para cuando una administración de Justicia empatizada con los problemas reales del ciudadano? ¿por qué somos incapaces de tener una administración de justicia que sea un eficaz medio y sistema de cobro contra los deudores? ¿por qué no ha funcionado debidamente el procedimiento monitorio? Pues porque en mi humilde opinión, la administración de justicia nunca ha entendido lo importante que para el sector económico es que se fuera diligente con este tipo de procedimientos, despreciandolos por el simplismo de los mismos. ¿cómo si no puede ser que prácticamente cada juzgado de primera instancia tenga un criterio distinto en su tramitación? ¿que no haya habido una tramitación práctica idéntica en cada juzgado? ¿que para un ciudadano que pretendiera llevar por sí mismo el procedimiento sin necesidad de profesionales, le suponga una tremenda pérdida de tiempo, en notificaciones, subsanaciones, etc.?


¿Y esto lo solucionamos con una justicia de distrito? ¿Dicho de otro modo, apuestan los jueces por alejar lo "importante" y acercar lo "nimio"? ¿Pero no debería ser al revés? ¿No debería haber mayor cercanía en la decisión de lo importante? El criterio de acercamiento de la justicia, no debería depender de este tipo de cuestiones. La Justicia debe ser cercana siempre. Y sobre todo en aquello que el ciudadano considera más importante.


Tristemente un nuevo ejemplo de alejamiento de la Administración de Justicia de la realidad de los problemas de los ciudadanos. Una nueva muestra de que ambos, tienen diferentes visiones y perspectivas. Y llegados a este punto, ¿y los Colegios de Abogados qué? ¿otra vez en el limbo? ¿dicen algo? 

lunes, 12 de diciembre de 2011

EL PACTO PRESUPUESTARIO DE LA ZONA EURO

Los países que forman la Unión Europea afrontan tiempos difíciles en lo económico, cada uno con sus particularidades y en mayor o menor medida, pero como elemento común es observa un retroceso en la políticas sociales, justificado en lo económico, lo cual afecta a un buen número de derechos de los ciudadanos.

Según Habermas, En una democracia liberal, los ciudadanos deben de ser leales y sentirse identificados no con una identidad cultural común, sino con unos principios constitucionales que garanticen plenamente sus derechos y libertades

Si analizamos precisamente ese desarrollo de la construcción de la Unión europea, la misma no puede realizarse a espaldas de los ciudadanos, por tal sentido se construye la ciudadanía europea, y los sucesivos tratados lo que hacen es ampliar el catálogo de derechos y libertades de los ciudadanos como ciudadanos de la unión europea, llegando incluso en el Tratado de Niza a proclamarse una Carta de los Derechos Fundamentales de los ciudadanos de la Unión Europea.

Sin embargo, en estos últimos tiempos poco o nada se habla de dicha construcción europea que como indico solo puede serlo construyendo una ciudadanía. Cierto es que existe una importante vinculación con la economía, pero en el Acuerdo nada se habla directa o indirectamente de la ciudadanía poniendo el acento exclusivamente en la política económica.

Todo un síntoma de los tiempos y hacia donde vamos. Por cierto, ¿alguien nos pregunta si queremos recorrer este camino?

viernes, 9 de diciembre de 2011

URDANGARIN Y LA IGUALDAD ANTE LA LEY

Leo hoy, en el Periodico de Aragón, una noticia de esas que te dejan mal cuerpo. En resumen, una persona desesperada por su situación económica, parado de larga duración, sin ayudas, intenta un robo a un cajero, además sin ningún tipo de posibilidad de que prospere.


A pesar de cierto atisbo de comprensión de su comunidad, derivado de su precaria situacion económica, el peso del código penal caerá sobre él, una tentativa de robo con fuerza, que atendiendo a dicha tentativa y si carece de antecedentes penales podría evitar su ingreso en prisión aplicando la suspensión de la condena, si así lo quiere el tribunal sentenciador.


A la vez, estos días los periódicos y televisiones nos ofrecen las más variadas noticias sobre las andanzas de Urdangarín, yerno del rey, en lo que parece un sistemático expolio de dinero público sin que en estos momentos ni siquiera haya sido imputado.


Sin querer vulnerar la presunción de inocencia de ambas personas, se trataría de dos tipos de comportamientos delictivos radicalmente diferentes, tanto por la motivación de cada uno de ellos, como por el tipo de delito, así como por el perjuicio ocasionado por cada uno de ellos. Sin embargo, y sin aplicar presunción alguna a la Administración de Justicia, aventuro dos resultados muy diferentes en uno y otro caso.


El código Civil en su artículo 3 establece la necesidad de considerar la realidad social a la hora de interpretar las leyes. Esta simple comparativa nos indica el muy desigual trato que realiza tanto el Código Penal como el propio sistema penal a diferentes actores delicitivos, de qué manera se aplica estrictamente y con pocas posibilidades de librarse de una condena en lo que yo llamo delitos clásicos y qué raras, por escasas, son las condenas a los denominados delincuentes de cuello blanco (por no hablar de vergonzantes indultos, como el reciente al banquero Saenz )


En tiempos como los actuales, y sin que ello signifique justificar la decisión de cometer un acto delictivo, todavía queda más clara la lejanía del sistema de esa desesperante realidad social actual.

viernes, 2 de diciembre de 2011

UN GOBIERNO EN FUCIONES NO PUEDE APROBAR LA LEY SINDE

Ante la previsible aprobación dentro de unas horas de la polémica Ley Sinde, los periodistas, bloggers, usuarios, profesionales y creadores de Internet seguimos manifestando -como hicimos en el Manifiesto del 2 de diciembre de 2009- nuestra firme oposición a una norma que incluye modificaciones legislativas que afectan al libre ejercicio de las libertades de expresión, información y el derecho de acceso a la cultura a través de Internet. En principio no parece de recibo que un Gobierno en funciones adopte esta decisión en su último o uno de sus últimos Consejos de Ministros. Sería doblemente grave que se confirmaran las presiones ejercidas por EEUU, a través de su embajada en Madrid, como revelaron los cables de Wikileaks. En todo caso insistimos en estos razonamientos:
1.- Los derechos de autor no pueden situarse por encima de los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a la privacidad, a la seguridad, a la presunción de inocencia, a la tutela judicial efectiva y a la libertad de expresión.
2.- La suspensión de derechos fundamentales es y debe seguir siendo competencia exclusiva del poder judicial. Ni un cierre sin sentencia. Este anteproyecto, en contra de lo establecido en el artículo 20.5 de la Constitución, pone en manos de un órgano no judicial -un organismo dependiente del Ministerio de Cultura-, la potestad de impedir a los ciudadanos españoles el acceso a cualquier página web.
3.- La nueva legislación creará inseguridad jurídica en todo el sector tecnológico español, perjudicando uno de los pocos campos de desarrollo y futuro de nuestra economía, entorpeciendo la creación de empresas, introduciendo trabas a la libre competencia y ralentizando su proyección internacional.
4.- La nueva legislación propuesta amenaza a los nuevos creadores y entorpece la creación cultural. Con Internet y los sucesivos avances tecnológicos se ha democratizado extraordinariamente la creación y emisión de contenidos de todo tipo, que ya no provienen prevalentemente de las industrias culturales tradicionales, sino de multitud de fuentes diferentes.
5.- Los autores, como todos los trabajadores, tienen derecho a vivir de su trabajo con nuevas ideas creativas, modelos de negocio y actividades asociadas a sus creaciones. Intentar sostener con cambios legislativos a una industria obsoleta que no sabe adaptarse a este nuevo entorno no es ni justo ni realista. Si su modelo de negocio se basaba en el control de las copias de las obras y en Internet no es posible sin vulnerar derechos fundamentales, deberían buscar otro modelo.
6.- Consideramos que las industrias culturales necesitan para sobrevivir alternativas modernas, eficaces, creíbles y asequibles y que se adecuen a los nuevos usos sociales, en lugar de limitaciones tan desproporcionadas como ineficaces para el fin que dicen perseguir.
7.- Internet debe funcionar de forma libre y sin interferencias políticas auspiciadas por sectores que pretenden perpetuar obsoletos modelos de negocio e imposibilitar que el saber humano siga siendo libre.
8.- Exigimos que el Gobierno garantice por ley la neutralidad de la Red en España, ante cualquier presión que pueda producirse, como marco para el desarrollo de una economía sostenible y realista de cara al futuro.
9.- Proponemos una verdadera reforma del derecho de propiedad intelectual orientada a su fin: devolver a la sociedad el conocimiento, promover el dominio público y limitar los abusos de las entidades gestoras.
10.- En democracia las leyes y sus modificaciones deben aprobarse tras el oportuno debate público y habiendo consultado previamente a todas las partes implicadas. No es de recibo que se realicen cambios legislativos que afectan a derechos fundamentales en una ley no orgánica y que versa sobre otra materia.
Pásalo. Publícalo.