lunes, 26 de diciembre de 2016

TENDENCIAS LEGALES PARA 2017

En estas fechas se publicarán muchos artículos con el mismo título y se listarán o harán rankings enumerando ámbitos o sectores de prestación de servicios legales que según el autor del artículo serán aquellos de mayor incremento de demanda durante el año 2017.

En mi opinión las tendencias legales del 2017 que son ya actuales tienen poco de legales. Creo que la demanda innovadora no va a ir por definir servicios jurídicos sino por el cómo se prestan los mismos y en particular porque los citados servicios jurídicos vayan complementados de servicios no jurídicos.

No se trata de una situación actual, sino que el mercado y no sólo el de las empresas sino también el de los particulares demanda desde hace ya un tiempo algo más que la mera prestación estricta de servicios jurídicos. El cliente quiere una nueva manera de relacionarse con el abogado, quiere también facilidad no solo de contacto sino de comunicación con el mismo, sentir que hablan en el mismo idioma; el cliente quiere también facilidad en la ejecución, posibilismo frente a no una respuesta llena de obstáculos o dificultades para alcanzar lo que el cliente quiere y eso pasa porque el cliente sienta que el abogado conoce y siente como suyos los objetivos del cliente. Y esto lleva necesariamente a huir del rol tradicional del abogado - cliente y a ofertar servicios complementarios y añadidos al legal.

Esto supone mucho más que tener la web más moderna, el logo de mejor diseño, estar en todas las redes sociales o venderse con una falsa etiqueta del inexistente 3.0. Supone un cambio de entender el ejercicio de la profesión por un lado y de conocer las demandas y necesidades del cliente.

Sin entender estos aspectos, asimilarlos e incorporarlos a nuestra actividad profesional y ponerlos en práctica no servirá de nada ampliar el catálogo de servicios de nuestro despacho. Bueno, sí. Servirá para vender lo que no somos, quedar en evidencia a no más tardar y afectar negativamente a nuestra reputación.

Entrada publicada en la tribuna de Alfredo Herranz en Law and Trends

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